Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (15/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de febrero de 2023 El Peruano / eslabonamientos productivos; y, facilita el aprovechamiento de oportunidades para la formación de ejes de desarrollo y corredores económicos, la ampliación de mercados y la exportación. A su vez, el artículo 13° preceptúa que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas; el inciso a) del artículo 15°, señala que son atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; asimismo, el artículo 34° prevé que los gobiernos regionales crearán mecanismos para promover la inversión privada nacional y extranjera dirigidos a lograr el crecimiento económico regional conforme a ley; Que, los artículos II y IV del Título Preliminar del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 012-2019-GRH-CR, modi fi cado por Ordenanza Regional N° 022-2020-GRH- CR, disponen que, “El Consejo Regional, es el órgano representativo del departamento de Huánuco, encargado de realizar las funciones normativas, fi scalizadoras y de control político y constituye el máximo órgano deliberativo”; y “La función normativa del Consejo Regional, se ejerce mediante la aprobación, derogación, modi fi cación e interpretación de normas de carácter regional, que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia del Gobierno Regional”; Que, el artículo 2° de la Política Nacional de Competitividad y Productividad, aprobada con el Decreto Supremo N° 345-2018-EF, señala que, la Política Nacional de Competitividad y Productividad es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes poderes del estado, organismos constitucionales autónomos y de los diferentes niveles de gobierno; asimismo, el artículo 6° indica que, la Política Nacional de Competitividad y Productividad cuenta con un Plan Nacional de Competitividad y Productividad que desarrolla los objetivos y lineamientos de la Política Nacional de Competitividad y Productividad, precisando las metas, indicadores, acciones, plazos y entidades responsables para su implementación; Que, con Decreto Supremo N° 237-2019-EF, se aprobó el Plan Nacional de Competitividad y Productividad 2019 - 2030, a través del cual se ha establecido como medida de política la institucionalización de las Agencias Regionales de Desarrollo (ARD) en tanto se constituyen en espacios de coordinación liderados por los Gobiernos Regionales, cuya fi nalidad es potenciar la economía regional y el capital social de los territorios en base a las prioridades y necesidades de cada región; Que, el 29 de abril de 2022 se publicó en el Diario O fi cial El Peruano, la Ley N° 31460, Ley para el Fortalecimiento de las Cadenas Productivas del Café y del Cacao, cuyo objeto es el de fortalecer las cadenas productivas del café y el cacao con la fi nalidad de mejorar la productividad, competitividad y sostenibilidad de estos recursos, en el marco de la Ley 28846, Ley para el Fortalecimiento de las Cadenas Productivas y Conglomerados, y del Plan Nacional de Acción del Café Peruano 2019-2030, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 010-2019-MINAGRI. Asimismo, el artículo 4° respecto al Fortalecimiento de las cadenas de valor del café y el cacao, señala que: (…). 4.2 dispone que los gobiernos regionales en cuyos departamentos se cultive café o cacao prioricen la conformación de agencias regionales de desarrollo como mecanismos de coordinación y articulación intersectorial e intergubernamental para impulsar las cadenas de valor de estos recursos, en cumplimiento de los objetivos establecidos en los planes nacionales y regionales del café y del cacao, y potenciar la economía en dichos departamentos; 4.3 Se autoriza a los gobiernos regionales a crear, construir e implementar institutos regionales del café o del cacao, según sus necesidades y en coordinación con el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec), dedicados a la investigación cientí fi ca, innovación tecnológica y transferencia de tecnología en la producción, industrialización, comercialización, capacitación y gestión de la cadena productiva del café y del cacao, para mejorar su productividad, competitividad y sostenibilidad, en cumplimiento de los objetivos establecidos en los planes nacionales y regionales de dichos recursos, priorizando su creación como asociaciones público-privadas en el marco del Decreto Legislativo 1362, Decreto Legislativo que Regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, procurando la participación de las universidades; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 500-2020-GRH/GR, se conformó el Comité Directivo encargado de promover e impulsar la creación de la Agencia Regional de Desarrollo Huánuco; Que, a través de la Resolución Ejecutiva Regional N° 611-2021-GH-GR, se aprueba el documento denominado “Reglamento de Organización y Funciones del Comité Directivo Impulsor de la Creación de la Agencia Regional de Desarrollo Huánuco”; Que, con Informe Técnico N° 000004-2022-GRH/ GRDE del 24 de mayo de 2022, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, comunica que el Comité Directivo Impulsor de la creación de la Agencia Regional de Desarrollo Huánuco (en lo sucesivo, ARD – Huánuco), ha cumplido con formular la propuesta de creación de la ARD – Huánuco como plataforma de consulta, plani fi cación y oferta de servicios, para la innovación, el desarrollo tecnológico, el asesoramiento técnico y la inversión pública y privada y organización en las cadenas de valor priorizadas, en sus etapas de producción, transformación y comercialización. Asimismo, recomienda la formalización de la ARD – Huánuco, a través de resolución ejecutiva regional; Que, en atención a lo establecido en el artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Huánuco, con Informe N° 0475-2022-GRH/GRAJ del 27 de mayo de 2022, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, solicitó la evaluación técnica de la Sub Gerencia de Modernización y Transformación Digital con respecto a lo solicitado por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico; Que, mediante Informe N° 278-2022-GRH-GRPPAT/ SGMTD del 16 de junio de 2022, la Sub Gerencia de Modernización y Transformación Digital, remite el Informe Técnico N° 025-2022-GRH-GRPPAT/SGMTTD-GACB, en el cual se recomienda aprobar mediante Ordenanza Regional la Creación de la ARD – Huánuco, así como la conformación de su Consejo Directivo; Que, según Informe N° 0557-2022-GRH/GRAJ del 28 de junio de 2022, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, reiteró su solicitud de evaluación técnica por parte de la Sub Gerencia de Modernización y Transformación Digital, a fi n de que determine la forma en que se viabilizará la creación de la ARD-Huánuco, para lo cual debía precisar el tipo de unidad de organización (órgano, unidad orgánica, unidad funcional, entidad sin personería jurídica, etc.), así como determinar el procedimiento respectivo para su creación, requisitos que debía reunir, incluyendo el dispositivo bajo el cual se deberá formalizar su creación; Que, con Informe N° 304-2022-GRH-GRPPAT/ SGMTD del 08 de julio de 2022, la Sub Gerencia de Modernización y Transformación Digital, remite el Informe Técnico N° 028-2022-GRH-GRPPAT/SGMTD-GACB del 07 de julio de 2022, en donde se concluye que en Huánuco como una unidad orgánica no resulta viable la formalización de la ARD permanente, por cuanto la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, solo establece como espacios de coordinación al Consejo de Coordinación Regional y a las Juntas de Coordinación Interregional, sugiriendo aprobar mediante ordenanza regional la creación de la ARD - Huánuco, como comité así como la conformación del Consejo Directivo; Que, según el Informe N° 367-2022-GRH-GRPPAT- SGPE de fecha 10 de agosto de 2022, la Sub Gerencia de Planeamiento Estratégico, remite el Informe N° 031-2022-GRH/GRPPAT/SGPE/IEPMJ de fecha 08 de agosto de 2022, conteniendo su opinión sobre la creación de la ARD-Huánuco y su concordancia con el Plan Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030; Que, mediante Informe Técnico N° 000008-2022- GRH/GRDE de fecha 07 de septiembre de 2022, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, reformula