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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (15/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 83

83 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de febrero de 2023 El Peruano / por lo que la administración declarará que ha operado la sustracción de la materia respecto de los recursos impugnatorios presentados sobre la deuda involucrada, a partir del momento de efectuado el pago con el descuento respectivo. Los pagos efectuados con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente ordenanza, no serán materia de devolución o compensación alguna. Asimismo, los bene fi cios regulados en la presente ordenanza no serán aplicables a las solicitudes de compensación o canje de deudas tributarias. Artículo 9°. - VIGENCIA La presente ordenanza tendrá vigencia desde el día siguiente de su publicación hasta el 30 de junio del 2023. Artículo 10°. - PÉRDIDA DEL BENEFICIO El incumplimiento de las condiciones establecidas en la presente ordenanza, dará lugar a la pérdida del bene fi cio al que se hubiera acogido, dejándose sin efecto los descuentos efectuados, así como la suspensión del procedimiento coactivo correspondiente. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Los pagos o imputaciones realizados hasta antes de la entrada en vigencia de la presente ordenanza municipal, incluso sus intereses, son considerados válidos, sin derecho a devolución ni compensación. Segunda.- La vigencia de la presente ordenanza no suspende las exigencias contenidas en las órdenes de pago, las resoluciones de determinación, y los procedimientos de cobranza coactiva, generados por procesos de fi scalización y/o emisión masiva de las obligaciones tributarias, pudiendo el contribuyente acogerse a los bene fi cios establecidos en la presente ordenanza. Tercera.- El presente bene fi cio no será aplicable para procesos de compensación, transferencias, consolidación, y canjes de deudas sobre obligaciones tributarias. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Artículo Único.- Modifíquense los literales a), b) y el último párrafo del artículo 6° de la Ordenanza N° 552-2022/CDLO y su modi fi catoria Ordenanza N° 553-2022/ CDLO, que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Recolección de Residuos Sólidos, Barrido de Calles, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2023 en el distrito de Los Olivos, el cual queda redactado en los en los siguientes términos: “Artículo 6°. - Incentivos por pago puntual y pronto pago. El contribuyente podrá optar por realizar el pago de forma anual o según fechas de vencimiento señalado en el artículo 5°, para lo cual se establecerán los siguientes bene fi cios a manera de incentivo: a) Pago Anual FECHA DE CANCELACIÓN 28 DE FEBRERO DE 2023 CONTRIBUYENTESCONDICIÓN DEL DESCUENTO% DE DESCUENTO SOBRE LA DETERMINACIÓN ANUAL DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES No Tienen Deuda Anterior al año 2023Cancelación Total del Impuesto Predial 2023 (Anual) y de los doce meses (Anual) de los Arbitrios Municipales 202315% Tienen deuda anterior al año 202310% b) Pago Trimestral Descuento del 5% por pago puntual, sobre la determinación trimestral de los Arbitrios Municipales 2023, a condición de que se cancele dicho trimestre de los Arbitrios Municipales hasta la fecha de vencimiento trimestral respectivo, conjuntamente con el Impuesto Predial trimestral respectivo. Si se cancelara solo los 12 meses de los Arbitrios del ejercicio 2023 hasta el 28 de febrero, el contribuyente obtendrá un descuento del 4% del monto total que le corresponda pagar por arbitrios. En el caso del Pensionista o Adulto Mayor que cuenten con un valor de auto avalúo menor a 50 UIT, se considera que han cumplido con la condición del pago del Impuesto Predial para acogerse al pronto pago al realizar el pago del derecho de emisión 2023. En todas las modalidades de descuento por pronto pago de Arbitrios Municipales, detalladas, el bene fi cio se aplicará por anexo cancelado. (Predio declarado). DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Secretaria General, Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y Subgerencia de Imagen Institucional, conforme a sus atribuciones. Segunda.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y/o mejor aplicación de lo dispuesto en la presente ordenanza; así como para que eventualmente pueda prorrogar su vigencia. Tercera.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Imagen Institucional su difusión y Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones su publicación en el Portal Institucional www.munilosolivos.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LUIS FELIPE CASTILLO OLIVA Alcalde 2151118-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Ordenanza que establece las fechas de vencimiento del pago de arbitrios municipales 2023 e incentivo por pronto pago del Ejercicio 2023 ORDENANZA Nº 549/MDSMP San Martín de Porres, 13 de febrero de 2023EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen N°001-2023-CPPF-REG/MDSMP de fecha 09 de febrero de 2023 de la Comisión Permanente de Plani fi cación y Finanzas, el Dictamen N°001-2023- CPAJDEF- REG/MDSMP de fecha 09 de febrero de 2023 de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, Desarrollo Económico y Fiscalización, el Informe N°050-2023-GAJ/MDSMP de fecha 08 de febrero de 2023 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum N°184-2023-GAT-MDSMP de fecha 07 de febrero de 2023 de la Gerencia de Administración y Finanzas; el Informe N°009-2023-GAT-MDSMP de fecha 19 de enero de 2023 de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N°007-2023-SGRTYCD-GAT/MDSMP de fecha 18 de enero de 2023 de la Subgerencia de Recaudación Tributaria y Control de Deuda; sobre la “Ordenanza que establece las fechas de vencimiento de pago del Impuesto Predial