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131 NORMAS LEGALES Sábado 8 de julio de 2023 El Peruano / a) Denominación Exacta y Completa, la Duración y el Domicilio Legal de la Organización. b) Los Fines y Objetivos de la Organización.c) Los Bienes que integran el Patrimonio Social.d) Las Condiciones para la Admisión, Renuncia y Exclusión de sus Miembros. e) Los Derechos y Deberes de sus Miembros.f) La Forma de Elección de la Junta Directiva y del Órgano Electoral. g) La Constitución y Funcionamiento de la Asamblea General, del Órgano Directivo, del Órgano Electoral y de sus demás Órganos. h) El Periodo de Duración del Mandato del Órgano Directivo y el Procedimiento para su Renovación. i) Los Requisitos para la Modi fi cación del Estatuto. j) Las Normas para la Disolución y Liquidación de la Organización y Relativas al destino fi nal de sus Bienes. k) Los demás Pactos y Condiciones que se establezcan. Toda modi fi cación del Estatuto, deberá ser inscrita en los asientos secundarios de inscripción del Sistema de Información del RUOS. Artículo 30º.- FORMALIDADES DE LA ELECCIÓN DEL ÓRGANO DIRECTIVO El Órgano Directivo de la organización será elegido en el Acto de Constitución de la Organización o en Asamblea General posterior a la aprobación del estatuto, debiendo constar este hecho en el Libro de Actas, además dicha Acta constará: a) La Elección del Órgano Directivo de conformidad con el Estatuto. b) La Elección del Órgano Electoral.c) El nombre completo y exacto de las personas elegidas, sus documentos de identidad y el cargo a desempeñar. d) La fecha de inicio y término exactos del periodo de mandato del órgano directivo. Todo cambio total o parcial del Órgano Directivo deberá ser inscrito en los Asientos Secundarios de la inscripción del sistema de información del RUOS. Artículo 31º.- FORMALIDADES DE LA NÓMINA DE LOS MIEMBROS DEL ÓRGANO DIRECTIVO La Nómina de los Miembros del Órgano Directivo de la Organización Social, elegidos conforme a su Estatuto, estará transcrita en el Libro de Actas o en hojas sueltas insertadas en el Libro de Actas, debiendo adjuntarse copia del Acta de Elección correspondiente, autenticada por Fedatario Municipal o Legalizada por Notario Público. Dicha nómina contendrá los siguientes datos: a) Nombre completo y exacto de la Organización Social. b) Periodo de vigencia del órgano directivo y del Órgano Electoral, de conformidad con su Estatuto. c) Cargo Directivo, Nombres, Apellidos, Domicilio que fi gure dentro de la Organización, Documento de Identidad y Firma de los Miembros Elegidos. Artículo 32º.- FORMALIDADES DE LIBRO PADRÓN Y DE LA NÓMINA DE LOS MIEMBROS DE LA ORGANIZACIÓN SOCIAL Los miembros de la Organización se registran en el Libro Padrón o Libro de Registro de Miembros de la Organización, el cual deberá estar debidamente Abierto, Reconocido y Registrado por Notario Público. En el mismo constan, actualizados, los datos personales, actividad, domicilio y fecha de admisión de cada uno de miembros, con indicación de los que ejerzan cargos directivos o de representación y aquellos datos que la Organización consideren convenientes. La nómina de los miembros de la Organización deben ser ciudadanos que residan en el Distrito de San Antonio, así como no pertenecer, ni ocupar cargos en otra organización del mismo tipo, salvo renuncia por escrito al cargo con anticipación; es la relación transcrita, en el mismo orden del Libro Padrón o registro de miembros, la cual será presentada en original o copia simple. En caso de ser copia simple deberá estar autenticada por Fedatario de la Municipalidad. La nómina contendrá, como mínimo, los siguientes datos de los miembros: a) Nombre y Apellidos completos y exactos. b) Documento de Identidad con domicilio en el Distrito de San Antonio. c) Domicilio que fi gure dentro de la Organización. d) Firma. TÍTULO VIII DE LAS IMPUGNACIONES Artículo 33º.- RECURSO DE RECONSIDERACIÓN De presentarse impugnaciones contra las Resoluciones Municipales denegatorias de reconocimiento y registro o de inscripción de actos posteriores en el RUOS, la Gerencia de Desarrollo Económico y Social, teniendo en cuenta los documentos presentados, las Normas Internas de la Organización y la Legislación Vigente, resolverá sobre la Reconsideración planteada, conforme a los términos y disposiciones establecidas en el TUO de Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General y demás disposiciones legales vigentes. Artículo 34º.- RECURSO DE APELACIÓN La Resolución que emita la Gerencia de Desarrollo Económico y Social, podrá ser Apelada ante la Gerencia Municipal. Artículo 35º.- PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO En cualquier caso, agotada la vía administrativa, la organización social podrá iniciar el Proceso Contencioso Administrativo previsto en el TUO de Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Las Organizaciones Sociales deberán presentar todos los documentos señalados en el Artículo 20º de la presente Ordenanza al momento de modi fi car en forma total o parcial su inscripción en este registro. Segunda.- Las Organizaciones Sociales cuyos Órganos Directivos tengan Resolución con periodo indeterminado, quedarán sin efecto a partir de (30) treinta días calendarios de entrada en vigencia de la presente. Debiendo tramitar la renovación de la Junta Directiva conforme a la presente Ordenanza. Tercera.- El Reconocimiento y Registro de las Organizaciones Sociales de Base, en todos sus Niveles de Organización, se regulará conforme a lo establecido en la Ley Nº 25307 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2002-PCM y sus Modi fi catorias. Asimismo, el Decreto Supremo Nº 041-2010-PCM, que agrega un segundo párrafo al Art.9 del Reglamento de la Ley Nº 25307 (D.S. Nº 041-2002PCM). Cuarta.- El procedimiento de Reconocimiento y Registro de las Organizaciones Sociales, así como la renovación y complementación de Organizaciones Sociales, es gratuita y no tiene costo alguno en la Corporación Municipal. Quinta.- ENCARGAR a Secretaria General, Gestión Documentaria e Imagen la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano. Sexta.- ENCARGAR a la O fi cina de Informática su publicación del texto íntegro, en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Antonio. POR TANTO:Mando se Registre, Comunique, Publique y Cumpla.Dado en la Sede de la Municipalidad Distrital de San Antonio, a los 16 días del mes de junio del año 2,023. SANTOS EULOGIO VILLEGAS MAMANI Alcalde 2193391-1