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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2023 (08/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 118

118 NORMAS LEGALES Sábado 8 de julio de 2023 El Peruano / N° ACTIVIDAD FECHA HORARIO 17Juramentación de los representantes de la Sociedad Civil y Entrega de CredencialesMiércoles 12 de julio Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano; y, a la Subgerencia de Tecnología de la Información la publicación del mismo en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Luis. Registre, publíquese, comuníquese y cúmplase. RICARDO ROBERT PEREZ CASTRO Alcalde 2193747-1 Delegan en el Gerente de Planeamiento Estratégico y Presupuesto la facultad de formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego Anual RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 0031-2023-MDSL-A San Luis, 6 de enero de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTOS:El Informe Nº 0002-2023-MDSL/GPEP de la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, el Informe Legal Nº 003-2023-MDSL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 044-2023-GM-MDSL de la Gerencia Municipal, sobre Delegación de Facultades para la Formalización de las Modi fi catorias Presupuestales en el Nivel Funcional Programático Notas de Tipo 003 (Créditos Presupuestales y Anulaciones Internas). CONSIDERANDO:Que, el artículo del II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972- señala que los gobiernos locales gozan de autonomía, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú, establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 47.1 del Artículo 47° de la DL Nº 1440, establece que son modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático los que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para los productos y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional y programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fi scal; Que, el numeral 47.2 del mismo Artículo de la Ley citada en el considerando anterior, establece que las modi fi caciones presupuestarías en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, indicando que el Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, la Directiva Nº 002-2021-EF/50.01 - Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada con R.D. Nº 022-2021-EF/50.01 establece en el Art. 29º “Son modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, las habilitaciones y anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) o en el Presupuesto Institucional Modi fi cado (PIM), según sea el caso, debiendo formalizarse mensualmente dentro de los diez (10) días calendario siguientes de vencido el respectivo mes, mediante Resolución de Alcaldía, a nivel de pliego, Categoría Presupuestal, Producto y/o Proyecto según corresponda, Actividad, Fuente de Financiamiento, Categoría de Gasto y Genérica del Gasto. Que, mediante Informe Nº 0002-2023-MDSL/GPEP, la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto solicita la delegación de facultades para la formalización de las modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático; notas de tipo 003 (créditos presupuestales y anulaciones internas) a la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto las atribuciones administrativas de competencia de Gerencia Municipal sobre la facultad de formalizar, mediante Resolución de Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto; de acuerdo a lo que establece en el numeral 47.2 del D.L. 1440 en el artículo 47, establece que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, indicando que el Titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que puede ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Informe Legal N° 003-2023-MDSL/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a delegar facultades para la formalización de las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, notas de tipo 003 (créditos presupuestales y anulaciones internas), al Gerente de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, propuesto por dicha gerencia, mediante Resolución del titular del pliego; Que, mediante Memorándum N° 044-2023-GM- MDSL, la Gerencia Municipal considera que, de acuerdo al Informe Legal, existe opinión favorable respecto a la delegación de facultades para la formalización de las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, notas de tipo 003 (créditos presupuestales y anulaciones internas); Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas de conformidad con lo establecido en el numeral 6 del artículo 20° que señala como atribución del Alcalde dictar resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas y de acuerdo con lo establecido el artículo 43° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, que señala que a través de las Resoluciones de Alcaldía se aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR en el Gerente de Planeamiento Estratégico y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de San Luis, la facultad de formalizar, mediante Resolución de Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, las modi fi caciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático del Pliego Anual, conforme y sujeto a la normatividad de la materia. Artículo Segundo.- DERÓGUESE Y/O DÉJESE sin efecto toda disposición administrativa que se oponga a la presente Resolución. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución a la Gerencia Municipal y demás unidades orgánicas competentes para el presente procedimiento. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Tecnología de la Información, la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad distrital de San Luis. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RICARDO ROBERT PEREZ CASTRO Alcalde 2193748-1