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117 NORMAS LEGALES Sábado 8 de julio de 2023 El Peruano / Disponen el embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito de Pachacámac DECRETO DE ALCALDÍA N° 009-2023-MDP/A Pachacámac, 28 de junio del 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC CONSIDERANDO:Que, el artículo 42 de la ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia de concejo municipal; Que, el 28 de julio próximo, se celebra el bicentésimo segundo aniversario de la proclamación de la Independencia del Perú, por lo que esta administración municipal se aúna a las celebraciones, promoviendo los valores cívicos y patrióticos en la comunidad distrital, incentivando la participación cívica de los vecinos, resaltando el respeto a los símbolos patrios; Estando a lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 20 y el artículo 42 de la ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1.- DISPONER el embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito de Pachacámac, a partir del día siguiente de la publicación del presente decreto, hasta el 31 de julio de 2023, con motivo de conmemorarse el bicentésimo segundo aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo 2.- EXHORTAR a la ciudadanía del Distrito de Pachacámac, la limpieza, arreglo y cuidado de las fachadas de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito, que lo requieran para su mejor presentación y ornato, previo a la colocación de la bandera nacional, conforme a lo dispuesto en el artículo precedente. Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente decreto en el Diario O fi cial El Peruano, y a la O fi cina de Gobierno Digital su publicación en el portal institucional de la municipalidad www.munipachacámac.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ENRIQUE V. CABRERA SULCA Alcalde 2193755-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Modifican el cronograma de elecciones de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD del Distrito de San Luis, aprobado por D.A. N° 004-2023-MDSL/A DECRETO DE ALCALDÍA N° 012-2023-MDSL/A San Luis, 4 de julio de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO:El Memorándum N° 1125-2023-GM-MDSL de la Gerencia Municipal, el Informe Legal N° 283-2023-MDSL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 080-2023-MDSL-SG de la Secretaria General, el Informe N° 237-2023-MDSL/SG-SGIIPV de la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala que la Autonomía establecida en la Constitución para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos, y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 102° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece la conformación del Consejo de Coordinación Local Distrital, el mismo que debe estar integrado por el Alcalde quien lo preside, los regidores y por los representantes de las organizaciones de Base, Asociaciones, Organizaciones de Productores, Gremios Empresariales, Juntas Vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 004-2023-MDSL/A de fecha 2 de marzo de 2023, se convocó al proceso de elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital - CCLD del Distrito de San Luis, para el periodo 2023- 2025, aprobándose en su Artículo Segundo el cronograma de elecciones de los referidos representantes; Que, mediante Informe N° 080-2023-MDSL-SG la Secretaria General hace suyo y remite a la Gerencia Municipal el Informe N° 237-2023-MDSL/SG-SGIIPV de la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal que informa que resulta necesario se modi fi quen los ítems N° 15, 16 y 17 del mencionado cronograma, a fi n de que se adecúen a lo establecido en la Ordenanza N° 216-MDSL- Reglamento de Conformación del Consejo de Coordinación Local del Distrito de San Luis, aprobada con fecha 26 de agosto de 2016; Que, mediante Informe Legal Nº 283-2023-MDSL- GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión concluyendo que resulta procedente la modi fi cación del mencionado Decreto de Alcaldía, en los términos antes señalados; Que, mediante Memorándum N° 1125-2023-GM- MDSL la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaria General a fi n de que se emita el Decreto de Alcaldía modi fi catorio del Decreto de Alcaldía N° 004-2023-MDSL/A; ESTANDO A LO EXPUESTO Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL INCISO 6) DEL ARTÍCULO 20º Y 42° DE LA LEY N° 27972 - LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR los ítems 15, 16 y 17 del cronograma de elecciones de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD del Distrito de San Luis, aprobado en el Artículo Segundo del Decreto de Alcaldía N° 004-2023-MDSL/A, los que quedan redactados como sigue: N° ACTIVIDAD FECHA HORARIO 15 Proclamación de resultadosMartes 04 de julio 16Informe del Comité Electoral al AlcaldeMiércoles 05 de julio