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33 NORMAS LEGALES Sábado 8 de julio de 2023 El Peruano / VISTO: El Memorando N° 091-2023-INACAL/PE de la Presidencia Ejecutiva; la Nota N° 096-2023-INACAL/GG de la Gerencia General; la Nota N° 013-2023-INACAL/SCD del Secretario del Consejo Directivo; el Informe N° 091-2023-INACAL/OA-RRHH del Equipo Funcional de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración; la Nota N° 146-2023-INACAL/OA de la O fi cina de Administración; el Informe N° 147-2023-INACAL/OAJ y la Nota N° 073-2023-INACAL/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad – INACAL es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además, constituye Pliego Presupuestal y es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, el literal b) del artículo 14 de la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, establece como una de las funciones del Consejo Directivo, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, o a quienes hagan sus veces, así como a los jefes de los órganos de administración interna; esta disposición es concordante con lo señalado en el literal b) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE; Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Calidad; Que, mediante acuerdo adoptado en la Sesión N° 14-2023, el Consejo Directivo designó a la señora Rosa Aljobín Tejada, como Jefa de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Calidad; Con las visaciones de la Gerencia General, de la Ofi cina de Administración y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y, el Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad – INACAL; SE RESUELVE: Artículo Único.- Formalizar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad, en la Sesión N° 14-2023, mediante el cual se designó a la señora Rosa Aljobín Tejada, como Jefa de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Nacional de Calidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR JOSÉ BERNABÉ PÉREZ Presidente Ejecutivo Instituto Nacional de Calidad 2194111-1RELACIONES EXTERIORES Designan a funcionario diplomático como Secretario General de la Sección Nacional Peruana de la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS) y como Representante Alterno del Ministerio de Relaciones Exteriores ante dicho organismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0480-2023-RE Lima, 6 de julio de 2023VISTOS:La Hoja de Trámite (GAC) N° 2601 del Despacho Viceministerial, de 27 de junio de 2023; el Memorándum (DSL) N° DSL00605/2023 de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, de 26 de junio de 2023; y, el Memorándum (OAP) N° 01906/2023 de la Ofi cina de Administración de Personal, de 28 de junio de 2023; CONSIDERANDO:Que, la Comisión Permanente del Pací fi co Sur (en adelante, “CPPS”) es una organización internacional de carácter regional y de cooperación, establecida mediante el “Convenio para la Organización de la Comisión Permanente de la Conferencia Sobre Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Paci fi co Sur”, suscrito en la ciudad de Santiago, República de Chile, el 18 de agosto de 1952; Que, la CPPS tiene por misión facilitar, fortalecer y articular entre sus Estados miembros, la cooperación y coordinación política, técnica y cientí fi ca para la conservación y uso sostenible del océano y sus recursos, en bene fi cio de sus pueblos. Asimismo, tiene como visión ser la alianza estratégica en el Pací fi co Sudeste que asegure la sostenibilidad del océano, para el bienestar integral de sus pueblos; Que, el Perú es un Estado Miembro fundador de la Comisión Permanente del Pací fi co Sur; Que, en virtud del literal h), del artículo 75, del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante el Decreto Supremo 135-2010-RE, le corresponde a la Dirección de Asuntos Marítimos ejercer la Secretaría General de la Sección Nacional Peruana de la CPPS; Que, mediante la Resolución Viceministerial N° 0296- 2023-RE, se designó al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Carlos Gerardo Briceño Salazar, como Director de Asuntos Marítimos, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, a partir del 22 de mayo del 2023; Que, en virtud a lo dispuesto en los numerales 7.1 y 17.1 de los artículos 7 y 17, respectivamente, del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, se puede disponer en el mismo acto de administración, que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros, y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto, el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; y, De conformidad con la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2021-RE, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;