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52 NORMAS LEGALES Domingo 9 de julio de 2023 El Peruano / Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial “El Peruano”, y a la O fi cina de Gobierno Digital la publicación de la misma, incluyendo su anexo, en el portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.Lima, 28 de junio de 2023RENZO ANDRÉS REGGIARDO BARRETO Teniente Alcalde 2194237-1 Aprueban rectificación en el Plano de Zonificación del distrito de La Molina aprobado mediante la Ordenanza Nº 1144 ORDENANZA N° 2557 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima; VISTOS: En sesión ordinaria de la fecha; el Dictamen N° 035-2023-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; En uso de las facultades señaladas en el artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Metropolitano de Lima, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA RECTIFICACIÓN DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE LA MOLINA, APROBADO POR ORDENANZA N° 1144 Artículo Primero.- APROBAR la recti fi cación del plano de zoni fi cación del distrito de La Molina, de Protección y Tratamiento Paisajista – PTP y Residencial de Densidad Muy Baja – RDMB a Residencial de Densidad Muy Baja – RDMB, del terreno denominado Área A-1 ubicado colindante al lote 20-A de la Urbanización La Pradera de La Molina del distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, conforme al grá fi co que, como Anexo, forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima incorporar en el Plano de Zoni fi cación de los Usos del Suelo del distrito de La Molina, la modi fi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente ordenanza al administrado, así como a la Municipalidad Distrital de La Molina. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial “El Peruano”, y a la O fi cina de Gobierno Digital su publicación, incluido su anexo, en el portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.Lima, 28 de junio de 2023RENZO ANDRES REGGIARDO BARRETO Teniente Alcalde 2194255-1Aprueban el Manual de Operaciones (MOP) del Sistema Metropolitano de la Solidaridad – SISOL DECRETO DE ALCALDÍA N° 012 Lima, 5 de julio de 2023EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;VISTOS: El O fi cio N° 084-2023-GG-SISOL/MML (Documento N° 2023-0099116) de la Gerencia General de Sistema Metropolitano de la Solidaridad – SISOL; el Informe N° D000103-2023-MML-OGPEM-OPEM de la Ofi cina de Plani fi cación Estratégica y Modernización; el Memorando N° D000100-2023-MML-OGPEM de la O fi cina General de Plani fi cación Estratégica, Modernización y Cooperación Técnica; el Informe Nº D000253-2023-MML-OGAJ de la O fi cina General de Asuntos Jurídicos; el Memorando N° D001004-2023-MML-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado, que contienen principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado, buscando que las entidades del Estado, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera a fi n de responder a las necesidades públicas, en bene fi cio de la ciudadanía; Que, a través del Decreto Supremo N° 064-2021- PCM se modi fi ca e incorpora nuevas disposiciones a las ya establecidas en los Lineamientos aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; Que, el citado Decreto Supremo N° 064-2021-PCM incorporó la Décimo Sexta Disposición Complementaria Final a los Lineamientos de Organización del Estado, que señala que aquellas entidades creadas antes de la entrada en vigencia de los referidos Lineamientos, cuya ley de creación les asignó personería jurídica, pero que no han sido califi cadas como pliegos presupuestales, tal como lo dispone el numeral 30.2 del artículo 30 del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM; cali fi can desde el punto de vista organizacional, como órganos desconcentrados especiales y que su organización se formaliza en un Manual de Operaciones que aprueba la entidad en cuyo ámbito se encuentra; Que, el numeral 55.1 del artículo 55 de los Lineamientos, establece que la propuesta del Manual de Operaciones (MOP), se sustenta en un Informe Técnico elaborado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto que justi fi ca su estructura y los mecanismos de control y coordinación; y un informe legal elaborado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica que valida la legalidad de las funciones sustantivas asignadas, en tanto que el numeral 55.2 señala que el MOP se aprueba, según corresponda, por resolución ministerial o por resolución del titular de un organismo público, en el caso del Poder Ejecutivo o por Decreto Regional o de Alcaldía, en el caso de los gobiernos regionales y locales; Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM-SGP se aprobó el Lineamiento N° 02-2020-SGP, en el cual se establece que el MOP es un documento técnico normativo de gestión organizacional que contiene el resultado de un diseño organizacional para de fi nir la estructura organizacional más idónea para el cumplimiento de las funciones y logro de resultados. Asimismo, constituye una norma de carácter público y de obligatorio cumplimiento y fi nalmente es una guía administrativa sobre cómo se han asignado las funciones