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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2023 (09/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Domingo 9 de julio de 2023 El Peruano / Que, la Ley Universitaria, Ley N° 30220, en su artículo 8° establece que, el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente ley y demás normas aplicables. Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, en el artículo IV del Título Preliminar establece que son principios del procedimiento administrativo, Principio de legalidad.- Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que les estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los cuales les fueron conferidas. Que, el primer párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” de forma obligatoria. Que, la Ley N° 27619, en concordancia con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto al contenido del acto de autorización, en su artículo 2°, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4° sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente, su artículo 10°, señala en relación a la obligación de presentar informe: “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado”. Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora N° 511-2022-UNACH, de fecha 23 de agosto de 2022, se aprobó la Directiva N° 011-2022-UNACH, denominada: “Directiva de Pago de Viáticos, Asignaciones y Pasajes para viajes en comisión de servicios y por Capacitaciones de la Universidad Nacional Autónoma de Chota”. Que, con Carta Nº 051-2023-UNACH/ “INCUBA UNACH”, de fecha 12 de junio del 2023, la Coordinadora de General del Proyecto “INCUBA UNACH”, en el marco de ejecución del proyecto ¨Fortalecimiento de capacidades de la Incubadora de Negocios ¨INCUBA UNACH¨ de la Universidad Nacional Autónoma de Chota para apalancar el desarrollo de proyectos y negocios innovadores en la región Cajamarca¨, informa a la Vicepresidenta de Investigación, que uno de los entregables establecidos en el cronograma de desembolsos y cuadro de hitos del proyecto es el ¨Informe de los resultados de al menos 2 pasantías a incubadoras internacionales de prestigio¨; cuyo objetivo es conocer su metodología, experiencias en la creación y modelo de gestión de incubadoras de empresas en las instituciones que desarrollan I+D+i+e y de esta forma fortalecer las capacidades técnicas y operativas de los integrantes del equipo técnico. Que, agrega, que dichas actividades se realizarán por 06 (seis) días en los Estados Unidos de América, durante el 09 al 16 de julio del presente año, por lo que solicita pasajes y viáticos internacionales, de acuerdo al detalle consignado en dicho documento; consignando que dichos gastos se afectarán con cargo a: Meta: 42; Donaciones y Transferencias: 13; Clasi fi cador 2 6 7 1 4 3; Transferencia 42-2022 PRO INNOVATE. Que, con O fi cio Nº 0364-2023-UNACH/VPI, de fecha 13 de junio del 2023, la Vicepresidenta de Investigación, remite el pedido contenido en la Carta Nº 051-2023-UNACH/ “INCUBA UNACH”, de fecha 12 de junio del 2023, al Director General de Administración, a fi n de que de trámite a dicha solicitud. Que, mediante Informe N° 034-2023-UNACH/ OPP-FRIV, de fecha 20 de junio de 2023, el Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, emite opina técnica favorable, a la solicitud de pasajes y viáticos internacionales para realizar pasantía internacional a EE.UU; en el extremo que el presupuesto sea afectado al Proyecto denominado ¨ Fortalecimiento de capacidades de la Incubadora de Negocios ¨INCUBA UNACH¨ de la Universidad Nacional Autónoma de Chota para apalancar el desarrollo de proyectos y negocios innovadores en la región Cajamarca¨ Que, con O fi cio Nº 0379-2023-UNACH/VPI, de fecha 21 de junio de 2023, la Vicepresidenta de Investigación, en atención al Informe N° 034-2023-UNACH/OPP-FRIV, de fecha 20 de junio de 2023, solicita la autorización correspondiente, asimismo realizar los trámites necesarios para la publicación de la resolución en el diario o fi cial El Peruano y las demás acciones que correspondan para dicho fi n. Que, de conformidad con el Artículo 59° de la Ley Universitaria N° 30220 y el Artículo 21° del Estatuto de la Universidad Nacional Autónoma de Chota. SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje y la asignación de pasajes y viáticos por Comisión de Servicios, para la Mg. Lili Díaz Manosalva, Coordinadora General del Proyecto INCUBA UNACH, con la fi nalidad de realizar pasantía en los Estados Unidos de América, del 09 al 16 de julio del 2023; con cargo al proyecto Fortalecimiento de capacidades de la Incubadora de Negocios “INCUBA UNACH” de la Universidad Nacional Autónoma de Chota para apalancar el desarrollo de proyectos y negocios innovadores en la región Cajamarca”, según el siguiente detalle: NOMBRES Y APELLIDOS VIÁTICOS INTERNACIONALES VIÁTICOS NACIONALES PASAJES INTERNACIONALES PASAJES NACIONALES Lili Díaz Manosalva S/ 9,768.00 S/ 300.00 S/ 4,000.00 S/ 360.00 Artículo Segundo.- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicación e Imagen Institucional, la publicación de la Resolución en el Diario “El Peruano”. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración disponer las acciones necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.CARLOS RAFAEL SUÁREZ SÁNCHEZ Presidente de la Comisión Organizadora JORGE LUIS QUIÑONES ESPINOZA Secretario General 2193279-1