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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2023 (09/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Domingo 9 de julio de 2023 El Peruano / una duración mínima de cuatro meses y máxima de seis meses, o con destitución. i. A fojas doscientos setenta y siete, se tiene el Reporte de Medidas Disciplinarias del especialista investigado, en el cual se advierte que cuenta con tres sanciones disciplinarias en calidad de vigentes: una amonestación, una multa y una suspensión, lo que da cuenta de su actuar negligente en el cumplimiento de sus funciones inherentes a su cargo. Así también, de fojas trescientos cuarenta y seis a trescientos cincuenta vuelta, obra otro Reporte de Medidas Disciplinarias del investigado, en el cual consta que ha sido sancionado cincuenta y siete veces, de las cuales cuarenta y seis son amonestaciones, diez multas y una suspensión, las mismas que se encuentran rehabilitadas, y que han sido anotadas por el Órgano de Control de la Magistratura en el quinto considerando de la resolución número diecisiete, lo que corrobora su conducta irregular reiterada. j. Por estas consideraciones, corresponde que se le imponga la sanción de destitución, tal como lo ha propuesto la Jefatura de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 596- 2023 de la décima cuarta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Alvarez Trujillo, señora Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo ochenta y dos del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. De conformidad con la ponencia del señor Consejero Arias Lazarte. Por unanimidad, SE RESUELVE:Imponer la medida disciplinaria de destitución al señor Roberto Víctor Salas Vilca, por su desempeño como Especialista Legal del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Arequipa, Distrito Judicial de Arequipa. Inscribiéndose la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2194307-5 Imponen medida disciplinaria de destitución a Juez del Juzgado de Paz de Única Nominación del AA.HH. Tacalá - Castilla, Corte Superior de Justicia de Piura QUEJA DE ODECMA N° 334-2014-PIURA Lima, uno de febrero de dos mil veintitrés.- VISTA:La propuesta de medida disciplinaria de destitución al señor César Augusto Huertas Alvines en su actuación como Juez de Paz del Juzgado de Paz de Única Nominación del Asentamiento Humano Tacalá - Castilla, Corte Superior de Justicia de Piura, formulada por la Jefatura Suprema de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante Resolución número dieciséis de fecha seis de diciembre de dos mil dieciocho. CONSIDERANDO:Primero. Que el señor José Eduardo Sánchez Espinoza presentó escrito de queja 1 contra el Juez del Juzgado de Paz de Única Nominación Tacalá del distrito de Castilla, provincia y departamento de Piura, por cuanto el Juez de Paz César Augusto Huertas Alvines tramitó el proceso número ciento doce guión dos mil doce seguido por Rosario Campos Cárdenas sobre pago de soles, en el cual cometió irregularidades y abuso de autoridad. En mérito a ello, mediante Resolución número dos de fecha treinta de marzo de dos mil quince 2, el Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Poder Judicial resuelve abrir procedimiento disciplinario en contra del señor César Augusto Huertas Alvines, en su actuación como Juez de Paz de Única Nominación de Tacalá - Castilla de la Corte Superior de Justicia de Piura. Ahora bien, mediante Resolución número trece 3 de fecha veinticinco de abril de dos mil diecisiete, expedida por la Jefatura de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Piura, se propone la medida disciplinaria de Destitución contra el señor César Augusto Huertas Alvines, en su actuación como Juez de Paz de Única Nominación de Tacalá - Castilla, de la Corte Superior de Justicia de Piura. Finalmente, mediante Resolución número dieciséis de fecha 06 de diciembre de dos mil dieciocho, la Jefa de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, resolvió proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, imponga la medida disciplinaria de Destitución al investigado César Augusto Huertas Alvines en su actuación como Juez de Paz de Única Nominación de Tacalá - Castilla de la Corte Superior de Justicia de Piura, así como imponer la medida cautelar de suspensión preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial al investigado, hasta que se resuelva en de fi nitiva su situación jurídica materia de investigación disciplinaria. Segundo. Que, el artículo ciento cuarenta y tres de la Constitución Política del Perú establece que el Poder Judicial está integrado por órganos jurisdiccionales que administran justicia en nombre de la Nación y por órganos que ejercen su gobierno; aspecto este último, regulado también en el artículo setenta y dos del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial el cual señala que la dirección nacional corresponde al Presidente de la Corte Suprema, al Consejo Ejecutivo y a la Sala Plena de la Corte Suprema; y, en los distritos judiciales corresponde al Presidente de la Corte Superior, al Consejo Ejecutivo Distrital y a la Sala Plena de dicha Corte, en donde lo hubiere. El numeral treinta y siete del artículo siete del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa número doscientos veintisiete guión dos mil doce guión CE guión PJ -aplicable al caso en razón del tiempo- señala que es atribución de este Órgano de Gobierno resolver en primera instancia administrativa las propuestas de destitución y separación formuladas por la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial contra Jueces de Paz y Auxiliares Jurisdiccionales. Tercero. Que, es objeto de examen la Resolución número dieciséis de fecha seis de diciembre de dos mil dieciocho, en el extremo que propone al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, imponga la medida disciplinaria de Destitución al investigado César Augusto Huertas Alvines en su actuación como Juez de Paz de Única Nominación del AA.HH. Tacala - Castilla, atribuyéndosele los siguientes cargos: a) Haber admitido dos demandas en el mismo expediente, la primera el diecinueve de noviembre de dos mil doce y la segunda el veinticinco de enero de dos mil trece y, b) Haberse dictado sentencia sin habérsele noti fi cado las resoluciones; Por lo tanto, con su accionar ha incurrido en la falta muy grave prevista en el artículo cincuenta inciso tres de la Ley de Justicia de Paz; infracción que se sustenta en el hecho de conocer, in fl uir o interferir, directa o indirectamente, en causas a sabiendas de estar legalmente impedido de hacerlo, o cuando estas estén siendo conocidas o hayan sido resueltas por la justicia ordinaria o la jurisdicción especial. Cuarto. Que, la Constitución del Estado, respecto a los derechos fundamentales de la persona, establece en su artículo ciento treinta y nueve inciso tres, que uno de los principios de la administración de justicia es: “La