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41 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de julio de 2023 El Peruano / COFOPRI, bajo el régimen laboral de la actividad privada regulada por el Decreto Legislativo N° 728. Artículo 3 .- Disponer que la Unidad de Trámite Documentario y Archivo noti fi que la presente resolución directoral a las personas a que se re fi eren los artículos 1 y 2 precedentes, para su conocimiento y fi nes. Artículo 4 .- Disponer que la Unidad de Trámite Documentario y Archivo y la O fi cina de Sistemas realicen las acciones correspondientes a fi n que la presente resolución directoral sea publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del COFOPRI (www.gob.pe/cofopri). Regístrese, comuníquese y publíquese.VÍCTOR ÁNGEL CRISÓLOGO GALVÁN Director Ejecutivo (e) – COFOPRI 2195076-1 SUPERINTENDENCIA DE TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS, CARGA Y MERCANCIAS Designan Gerente de la Gerencia de Estudios y Normas de la SUTRAN RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° D000071-2023-SUTRAN-CD Lima, 11 de julio de 2023VISTO: La propuesta formulada por el Superintendente de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas Carga y Mercancías – SUTRAN; y, CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente de la Gerencia de Estudios y Normas de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas Carga y Mercancías – SUTRAN, por lo que corresponde designar al servidor que ocupe dicho cargo; Que, en atención a la propuesta formulada por el Superintendente de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas Carga y Mercancías – SUTRAN, resulta conveniente designar a la señora Daniella Canales Hernández en dicho cargo; Que, siendo el Consejo Directivo el órgano máximo de la Entidad, le corresponde designar y remover a los funcionarios que ocupan los cargos de con fi anza de la SUTRAN, así como expedir resoluciones en el ámbito de su competencia, conforme a lo establecido en los incisos d) e i) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2015-MTC; De conformidad con la Ley N° 29380, Ley de creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2015-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar a la señora Daniella Canales Hernández, en el cargo de con fi anza de Gerente de la Gerencia de Estudios y Normas de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN; Artículo 2.- Comunicar la presente Resolución a la Superintendencia, a la O fi cina de Administración y a la señora Daniella Canales Hernández, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Sutran www.gob.pe/sutran.Regístrese y comuníquese. WILLIAM ELÍAS RODRÍGUEZ LANDEO Presidente del Consejo Directivo de Sutran ANATOLY PAVEL RUIZ CUEVA Miembro del Consejo Directivo de Sutran 2195196-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Aprueban costos administrativos y operativos del FISE de las distribuidoras eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas al mes de abril de 2023 RESOLUCIÓN DE LA GERENCIA DE REGULACIÓN DE TARIFAS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 050-2023-OS/GRT Lima, 10 de julio de 2023CONSIDERANDO: Que, con la Ley N° 29852 (en adelante la Ley) se creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciendo en su Artículo 3 un esquema de compensación social y servicio universal para los sectores más vulnerables de la población, que comprende, entre otros, una compensación para promover el acceso al GLP de dicha población, mediante un descuento en la compra mensual de un balón de GLP de hasta 10 kg; Que, las distribuidoras eléctricas, de conformidad con los Artículos 7.3 y 7.6 de la Ley, así como el Artículo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2012-EM, participan en la implementación del mecanismo de descuento; y los costos administrativos y operativos aprobados y establecidos por Osinergmin en que incurran dichas empresas deben ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador; Que, con Resolución Osinergmin N° 187-2014-OS/CD, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 24 de setiembre de 2014, se aprobó la Norma “Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las distribuidoras eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas” (en adelante la “Norma Costos FISE”), la misma que estableció la fi jación de costos estándares unitarios para el reconocimiento de los costos de implementación y operación del FISE; Que, mediante Resolución Osinergmin N° 012-2019- OS/GRT, se aprobaron los costos estándares unitarios de cada una de las zonas de atención FISE aplicables, a cada distribuidora eléctrica, a partir del 16 de mayo de 2019 hasta el 15 de mayo de 2021; y mediante la Resolución Osinergmin N° 029-2021-OS/GRT se aprobaron los costos estándares unitarios que son vigentes desde el 16 de mayo de 2021 hasta el 15 de mayo de 2023 o dentro de ese periodo, hasta que concluya el Encargo Especial asignado a las empresas estatales; según se trate de una empresa concesionaria privada o una empresa concesionaria de distribución de energía eléctrica del Estado, respectivamente; Que, considerando las fechas en que incurrieron en sus costos, las distribuidoras eléctricas Adinelsa, Chavimochic, Coelvisac, Edelsa, Egepsa, Eilhicha, Electro Dunas, Electro Oriente, Electro Pangoa, Electro