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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2023 (12/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de julio de 2023 El Peruano / De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC y sus modi fi catorias; el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC y sus modi fi catorias; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2022-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la transferencia de la Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones otorgada a la empresa CABLE SERVIS CHN E.I.R.L. por Resolución Ministerial N° 463-2012-MTC/03, conjuntamente con los demás actos administrativos derivados de esta, a favor de la empresa GRUPO CABLE VISIÓN VRAEM S.A.C. Artículo 2.- Aprobar la Adenda al Contrato de Concesión Única, mediante la cual se formaliza la transferencia descrita en el artículo precedente, y autorizar a la Directora General de Programas y Proyectos de Comunicaciones a suscribir la Adenda en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 3.- Reconocer a la empresa GRUPO CABLE VISIÓN VRAEM S.A.C. como nueva titular de la Concesión Única otorgada por Resolución Ministerial N° 463-2012-MTC/03, a partir de la fecha de suscripción de la Adenda a que se re fi ere el artículo precedente, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de la concesión transferida. Artículo 4.- La presente resolución quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda a la cual se re fi ere el artículo 2 de la presente resolución, no es suscrita por la empresa CABLE SERVIS CHN E.I.R.L. y la empresa GRUPO CABLE VISIÓN VRAEM S.A.C. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 5 .- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones, para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA CARREÑO FERRE Viceministra de Comunicaciones 2194565-1 Declaran fundado recurso de reconsideración y autorizan a la empresa “CERTIFICACIÓN TECNIMOTORS S.R.L.” para ampliar una línea de inspección técnica vehicular tipo menor en su Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, ubicado en el departamento de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0307-2023-MTC/17.03 Lima, 22 de mayo de 2023VISTO: La solicitud registrada con Hoja de Ruta N° E-210287- 2023 de fecha 02 de mayo de 2023, a través de la cual la empresa “CERTIFICACIÓN TECNIMOTORS S.R.L.”, interpone Recurso de Reconsideración contra la Resolución Directoral N° 0236-2023-MTC/17.03 de fecha 20 de abril de 2023, y;CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 1956-2015- MTC/15 de fecha 07 de mayo de 2015, se resolvió autorizar por el plazo de cinco (05) años a la empresa denominada “CERTIFICACIÓN TECNIMOTORS S.R.L.” como Centro de Inspección Técnica Vehicular para operar con una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo mixta, en el local ubicado en la Av. Félix B. Cárdenas N 661 y 667, distrito de Santa María, provincia de Huaura, departamento de Lima; Que, mediante Resolución Directoral N° 165-2020- MTC/17.03 de fecha 14 de agosto de 2020, se resolvió aprobar la renovación de la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular con una (01) línea de Inspección tipo mixta en el local mencionado en el párrafo precedente; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° T-037551-2023 de fecha 24 de enero de 2023, la empresa “CERTIFICACIÓN TECNIMOTORS S.R.L.”, en adelante la Empresa, solicita modi fi car su autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, en el local ubicado en la Av. Félix B. Cárdenas N 661 y 667, distrito de Santa María, provincia de Huaura, departamento de Lima; Que, mediante O fi cio Nº 6654-2023-MTC/17.03 de fecha 20 de febrero de 2023, noti fi cado el mismo día, se comunica al administrado que especi fi que si su solicitud se re fi ere al cambio o a una ampliación línea, otorgándole un plazo de diez (10) días hábiles, a fi n que cumpla con subsanar lo correspondiente; Que, mediante escrito con Hoja de Ruta N E-147586- 2023 registrado con fecha 07 de marzo de 2023, la Empresa dando respuesta al O fi cio Nº 6654-2023- MTC/17.03 de fecha 20 de febrero de 2023, presenta su aclaración señalando de que solicita una ampliación de su autorización a fi n de que también pueda operar una línea tipo menor; Que, mediante O fi cio N 9311-2023-MTC/17.03 de fecha 13 de marzo de 2023, noti fi cado en la misma fecha, se puso en conocimiento de la Empresa las observaciones pertinentes a la solicitud presentada, requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante escrito con Hoja de Ruta N E-177161- 2023 registrado con fecha 24 de marzo de 2023, la Empresa solicita un plazo adicional de diez días hábiles a fi n de subsanar lo correspondiente; Que, mediante O fi cio N° 11877-2023-MTC/17.03 de fecha 30 de marzo de 2023, noti fi cado a la Empresa ese mismo día, se concedió la prórroga solicitada por diez días hábiles; Que, mediante escrito con Hoja de Ruta N E-177161- 2023, registrado con fecha 12 de abril de 2023, la Empresa hace llegar sus planos de ubicación, plano de distribución y memoria descriptiva; Que, mediante escrito con Hoja de Ruta N E-180720- 2023, registrado con fecha 13 de abril de 2023, la Empresa presenta documentos adicionales a fi n de levantar las observaciones señaladas en el O fi cio N 9311- 2023-MTC/17.03 de fecha 13 de marzo de 2023; Que, mediante Resolución Directoral N° 0236-2023- MTC/17.03 de fecha 20 de abril de 2023, se resolvió declarar improcedente la solicitud de autorización presentada por la Empresa, para modi fi car su autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular; Que, mediante escrito ingresado con Hoja de Ruta N° E-210287-2023, registrado con fecha 02 de mayo de 2023, la Empresa interpone Recurso de Reconsideración contra la Resolución Directoral N° 0236-2023-MTC/17.03; Que, el numeral 120.1 del artículo 120 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por D.S. N° 004-2019-JUS, en adelante El TUO de la LPAG, señala que, frente a un acto que supone que viola, afecta, desconoce o lesiona un derecho o un interés legítimo, procede su contradicción en la vía administrativa en la forma prevista en esta ley, para que sea revocado, modi fi cado, anulado o sean suspendidos sus efectos; Que, el numeral 218.2 del artículo 218 de El TUO de la LPAG, señala que, el término para la interposición de