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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2023 (14/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 99

99 NORMAS LEGALES Viernes 14 de julio de 2023 El Peruano / se disponga el embanderamiento general de vivienda y otros desde el 15 de Julio del 2023 al 31 de Julio del 2023, como muestra de fervor patriótico; Que, mediante Informe N° 205-2023-GAJ-MDR, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite Opinión Favorable sobre la disposición del Embanderamiento del Distrito del Rímac, por la conmemoración de nuestro 202° Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Que, con Memorándum N° 1152-2023-GM-MDR, la Gerencia Municipal, en atención a sus atribuciones, eleva los actuados para la emisión del proyecto de Decreto de Alcaldía que dispone el Embanderamiento del distrito del Rímac, por la conmemoración del 202° Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º y Artículo 42º de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL DEL DISTRITO DEL RÍMAC, de las viviendas, instituciones públicas y privadas, organizaciones no gubernamentales y demás locales ubicados en el distrito del Rímac desde el 15 de Julio del 2023 al 31 de Julio del 2023, con motivo de conmemorarse el 202° Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- RECOMENDAR que las Banderas y Pabellones Nacionales a izar deben estar en buen estado de conservación, como muestra de respeto a los símbolos patrios. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y la Gerencia de Imagen y Comunicación Social, el fi el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Informática la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional (www.munirimac.gob.pe) . Regístrese, comuníquese y cúmplase.NESTOR E. DE LA ROSA VILLEGAS Alcalde 2196053-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Disponen el embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito de San Borja DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2023-MSB-A San Borja, 10 de julio de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el Artículo Único de la Ley N° 30305, establece que, las municipalidades son los órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, en el cual se establece que, dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 señala que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal” ; Que, el 28 de julio de 2023, se celebra el 202° Aniversario de la proclamación de la Independencia del Perú; Que, esta gestión municipal, cumpliendo con el deber de incentivar la participación cívica de los vecinos, ha adoptado como política del gobierno local, promover en la comunidad sanborjina los valores cívicos patrióticos, generando conciencia cívica y resaltando el respeto a los símbolos patrios; Estando a lo expuesto en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y con el visto bueno de la Gerencia Municipal; DECRETA:Artículo Primero.- DISPONER del 15 al 31 de julio de 2023, el embanderamiento general de las viviendas, instituciones públicas y privadas, locales comerciales y demás predios del distrito de San Borja, con motivo de conmemorarse el 202° Aniversario de la proclamación de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo Municipal la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario o fi cial El Peruano; a la O fi cina General de Imagen Institucional, Ofi cina General de Participación Vecinal y Gerencia de Seguridad Ciudadana, su difusión correspondiente. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.MARCO ANTONIO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 2194841-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Disponen el embanderamiento de predios en el distrito de San Luis DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2023-MDSL/A San Luis, 11 de julio de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: El Informe Nº 241-2023-MDSL-SG/SGIIPV, de la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, sobre el embanderamiento en el Distrito de San Luis; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala que la autonomía establecida en la Constitución para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 16 del artículo 82° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, establece que las municipalidades tienen como función impulsar una cultura cívica de respeto a los bienes comunales, de