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95 NORMAS LEGALES Viernes 14 de julio de 2023 El Peruano / obra, o sobre el mismo, mediante dos parantes simples, debiendo garantizarse su fi rmeza y seguridad. El cartel informativo estará adosado a una super fi cie rígida y resistente y sus características serán simples, sin necesidad de componentes eléctricos, debiendo tener como mínimo las medidas de 1.20 x 1.50 m, así como contener la siguiente información, en letras de color negro, sobre un fondo blanco: a) Tipo de edi fi cación-usos b) N° de sótanosc) N° de pisosd) Proyecto de Vivienda de Interés Social -VIS aprobada bajo los alcances del __________________(*) e) Tiempo estimado de ejecuciónf) N° de licencia de edi fi cación g) Titular de la licencia de edi fi cación h) Horario de ejecución de obras establecido (*) Colocar dicha información solo en caso que el Proyecto sea aprobado como Vivienda de Interés Social (VIS), debiendo colocarse en virtud a qué normativa relacionada a las VIS se aprobó dicho proyecto. Asimismo, también se tendrá que colocar el porcentaje (%) de vivienda social destinado al proyecto inmobiliario. El responsable de la obra o la persona natural o jurídica que ejecuta la misma, son responsables respecto de mantener en buen estado y óptimas condiciones el cartel informativo, con el objeto de no perjudicar el ornato de la zona, así como garantizar la seguridad y consistencia del mismo” Artículo Tercero.- Incorpórese el artículo Décimo Primero en la Ordenanza N° 579-MDJM, conforme al siguiente detalle: “Artículo Décimo Primero. - Torre Grúa. La instalación de equipo de transporte vertical tipo torre-grúa debe realizarse dentro del lote donde se ejecute la construcción, es decir, sólo dentro de los límites del terreno de dominio privado; debiendo implementarse para tal fi n un trabajo escalonado que permita que la torre grúa cumpla con dicha condición, ya sea en el área de retiro o en un ducto lo su fi cientemente amplio. Las actividades que forman parte de los trabajos de edifi cación como el montaje, desmontaje y mantenimiento de una torre grúa, son ejecutadas de acuerdo a las normas técnicas señaladas por el fabricante y deberá ser realizada por personal especializado acreditado por el constructor ante el Supervisor de Obra, cuando éste lo requiera. Para la correcta aplicación del presente artículo se debe presentar ante la Subgerencia de Control Urbano y Catastro, la siguiente documentación: A) Para la puesta en servicio de la torre grúa:1. Certi fi cado de instalación: Emitido por el técnico titulado competente de la empresa instaladora. 2. Declaración de conformidad: Declara que se ha veri fi cado y da la conformidad que la torre grúa se encuentra apta para la puesta en servicio. B) Para presentar en obra:1. Certi fi cado del operador de grúa y experiencia: Certi fi cación del operador de torre grúa como “la persona física que tiene conocimientos y autorización para manejar y operar directamente la grúa”. En ese sentido, la documentación que acredita la experiencia es la siguiente:• Currículo del trabajador. • Certi fi cados de trabajo. 2. Manual de instrucciones para el montaje, uso y desmontaje: Deberá contemplar todo el periodo durante el cual la grúa esté montada, es decir, dar también instrucciones sobre su mantenimiento. 3. Documentación adicional: Debe presentarse a solicitud del inspector municipal, la memoria de cálculo de la estructura de cimentación de la torre grúa (zapata) el cual deberá estar refrendado por el proyectista estructural del proyecto, que garantice su estabilidad frente al peso propio, el peso que pueda trasladar y a las condiciones ambientales (viento). C) Disposiciones a tener en cuenta1. La instalación de la torre grúa y la proyección de esta, debe estar en función a sus áreas de in fl uencia, debiendo estar señaladas como zonas de seguridad. Asimismo, debe transportar únicamente materiales, respetando su manual de uso. 2. Luego de instalada la torre grúa se debe delimitar el área de proyección de los contrapesos y así minimizar el riesgo que produce. 3. Toda maniobra de carga se realizará con el apoyo de un rigger con experiencia. No se deberá izar carga sobre los frentes de trabajo donde se esté realizando actividad constructiva, debiendo despejar la zona y señalizar NO TRÁNSITO y/o PELIGRO. 4. Los elementos de la torre grúa como pluma, contrapesos y carga, al terminar la jornada laboral, no podrán permanecer sobre propiedad de terceros a menos que cuenten con autorización del propietario del predio colindante. 5. El montaje de la torre grúa, la cual conlleva la carga y descarga de materiales, deberá realizarse conforme al permiso de interferencia de uso de vías para montaje y/o desmontaje otorgado por la Entidad competente; lo cual debe efectuarse con uno o más señaleros y demás medidas de seguridad y señalización necesarias, conforme a Ley. D) Mantenimiento y revisión de la torre grúa1. El último sábado de cada mes, deberá realizarse el mantenimiento de tipo preventivo y correctivo; y revisión de la torre grúa, quedando prohibido ese día su uso. 2. El primer día hábil del siguiente mes, el titular de la licencia o la persona responsable de la obra o similar, deberá presentar ante la Subgerencia de Control Urbano y Catastro, el documento pertinente que acredite que se ha efectuado el mantenimiento y revisión de dicha torre grúa. Artículo Cuarto.- Modifíquese el Artículo 55° del Reglamento de Aplicación de Sanciones (RAS) aprobado mediante Ordenanza N° 642-MDJM y modi fi catorias, a fi n de añadir al fi nal de dicho artículo el siguiente texto: “Artículo 55°.- RÉGIMEN DE INCENTIVOS (…)“El régimen de incentivos establecidos en los ítems A, B y C, no será aplicable para la construcción de edifi caciones, demoliciones y obras en vía pública que se ejecuten en el distrito de Jesús María, para aquellos casos en los que la infracción sea considerada grave o muy grave”. Artículo Quinto.- Modifíquese e incorpórese en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones - CUIS aprobado mediante Ordenanza N° 642-MDJM y modi fi catorias, los siguientes códigos: CÓDIGO INFRACCIÓN OBSERVACIÓN CATEGORÍAS % UITMEDIDA COMPLEMENTARIAMARCO LEGAL 3.0281Por no colocar el cartel informativo previo al inicio de la obra o no consignar correctamente el contenido del mismo, de acuerdo a las disposiciones municipales emitidas.Preventiva 50 Paralización de obra• Ley Orgánica de Municipalidades • Reglamento Nacional de Edifi caciones- RNE