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94 NORMAS LEGALES Sábado 15 de julio de 2023 El Peruano / Que, en atención a ello, a través del el O fi cio N° 1397- 2023-DIGA de fecha 19 de mayo del 2023, el Director General de Administración (e) de la UNSA, indica que se realizó la incorporación y registro del costo de control concurrente en el formato N° 08-A Registro en la fase de ejecución del proyecto de inversión con CUI 2340490, 2352965 y 2468349 por el monto de S/ 180,764.50 soles, de acuerdo a los lineamiento indicado en la Ley N° 31358 Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente y Nº 31638 Ley de Presupuesto del Sector Público Año 2023; ello teniendo en consideración que el monto solicitado por el Ministerio Publico no excede el 1% del saldo de inversión por ejecutar. Que, por su parte, mediante el O fi cio N° 0621-2023-OUPL-UNSA, la O fi cina de Planeamiento Presupuesto y Modernización, indica que, con el O fi cio N° 1054-2023-DIGA se informó que se cuenta con disponibilidad presupuestal 2023 para la transferencia fi nanciera del control gubernamental en gastos de inversión por el Monto de S/. 50,731.50, para el Proyecto de inversión con CUI 2340490, por el Monto de S/. 54,161.00 para el Proyecto de inversión con CUI 2352965 y por el Monto de S/. 75,872.00 para el Proyecto de inversión con CUI 2468349, en la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados, en la Genérica de Gasto 2.4 “Donaciones y Transferencias”. Que, fi nalmente, a través del Informe Legal N° 900-2023-OAJ/V-UNSA, la O fi cina de Asesoría Jurídica, concluye que resulta PROCEDENTE la transferencia fi nanciera para el control gubernamental en gastos de inversión de los siguientes proyectos: “3.1 Mejoramiento del servicio de formación profesional en Ciencias de la Comunicación de la Universidad Nacional de San Agustín Distrito de Arequipa, Provincia de Arequipa y Región de Arequipa, con CUI 2340490 y monto ascendente a S/. 50,731.50; de Ley de Presupuesto del Sector Público Año 2023, el O fi cio N° 0621-2023-OUPL-UNSA del Jefe de la O fi cina Universitaria de Planeamiento y el Ofi cio N° 1397-2023-DIGA de la Dirección General de Administración. 3.2. Creación de los servicios de extensión universitaria de la Universidad Nacional de San Agustín en la ciudad de Camaná, Distrito de Samuel Pastor, Provincia de Camaná, Arequipa, con CUI 2352965 y monto ascendente a S/. 54,161.00; de conformidad con la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público Año 2023, el O fi cio N° 0621-2023-OUPL-UNSA del Jefe de la O fi cina Universitaria de Planeamiento y el O fi cio N° 1397-2023-DIGA de la Dirección General de Administración. 3.3. Reparación de bloque de infraestructura; adquisición de ascensores; en el (la) facultad de derecho de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa en el campus universitario de sociales del Distrito de Arequipa, Provincia Arequipa, Departamento de Arequipa con CUI 2468349 y monto ascendente a S/. 75,872.00; de conformidad con la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público Año 2023, el O fi cio N° 0621-2023-OUPL-UNSA del Jefe de la Ofi cina Universitaria de Planeamiento y el O fi cio N° 1397- 2023-DIGA de la Dirección General de Administración”. Por estas consideraciones, en uso de las atribuciones que la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto de la UNSA con fi eren al Rectorado, en cumplimiento de la Ley N° 31358 y de la Ley Nº 31638, en su Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Creación de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio. SE RESUELVE: 1.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 022 del Ministerio Público por el monto de S/. 50,731.50 (Cincuenta Mil Setecientos Treinta y Uno con 50/100 soles), necesario para el despliegue de los servicios del control gubernamental, de la inversión priorizada con CUI N° 2340490 “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN, DISTRITO DE AREQUIPA, PROVINCIA DE AREQUIPA Y REGIÓN AREQUIPA”, en estricto cumplimiento de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente.2.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 022 del Ministerio Público por el monto de S/. 54,161.00 (Cincuenta y Cuatro Mil Ciento Sesenta y Uno con 00/100 soles), necesario para el despliegue de los servicios del control gubernamental, de la inversión priorizada con CUI N° 2352965 “CREACIÓN DE LOS SERVICIOS DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN EN LA CIUDAD DE CAMANÁ, DISTRITO DE SAMUEL PASTOR, PROVINCIA DE CAMANÁ, AREQUIPA”, en estricto cumplimiento de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente. 3.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 022 del Ministerio Público por el monto de S/. 75,872.00 (Setenta y Cinco Mil Ochocientos Setenta y Dos con 00/100 soles), necesario para el despliegue de los servicios del control gubernamental, de la inversión priorizada con CUI N° 2468349 “REPARACIÓN DE BLOQUE DE INFRAESTRUCTURA; ADQUISICIÓN DE ASCENSORES; EN LA FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA EN EL CAMPUS UNIVERSITARIO DE SOCIALES DEL DISTRITO DE AREQUIPA, PROVINCIA AREQUIPA, DEPARTAMENTO AREQUIPA”, en estricto cumplimiento de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente. 4.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. 5.- Encargar a la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la remisión de la presente Resolución a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público. Regístrese, comuníquese, y archívese.HUGO JOSE ROJAS FLORES Rector RUTH MARITZA CHIRINOS LAZO Secretaria General 2195715-1 Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional del Altiplano - Puno para participar en evento académico que se realizará en Colombia UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1416-2023-R-UNA Puno, 14 de junio del 2023VISTOS:El OFICIO N° 133-2023-D-FCDS-UNA (03-05-2023), cursado por el Decano de la Facultad de Ciencias de la Salud; y, el MEMORANDUM N° 452-2023-SG-UNA-PUNO (12-06-2023) emitido por Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, referidos al requerimiento y aprobación de autorización de viaje a la ciudad de BOGOTÁ - COLOMBIA, de la docente Dra. TANIA CAROLA PADILLA CACERES; con fi nes de capacitación; CONSIDERANDO:Que, la Universidad Nacional del Altiplano – Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18° de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fi nes y objetivos institucionales; Que, la Ley N° 27619, tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios