TEXTO PAGINA: 109
109 NORMAS LEGALES Sábado 15 de julio de 2023 El Peruano / Residuos Hospitalarios – PTRH por compatibilidad en la zonifi cación de Gran Industria - I3 del plano de zoni fi cación del distrito de Lurín aprobado por Ordenanza N° 2389-2021, sobre el predio localizado en la Calle Ramiro Llona, Manzana 2, Lote 4, II Etapa, Urbanización Macrópolis, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima, con un área de lote de 2,558.19 m2; conforme al grá fi co de localización que como Anexo N° 1, forma parte de la presente ordenanza. No se permitirá acumulación de lote para ampliar dicha actividad. Artículo 2.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, así como disponer su publicación en los portales institucionales de la Municipalidad Metropolitana de Lima y del Instituto Metropolitano de Plani fi cación. Artículo 3.- DISPONER que el Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, efectúe las modi fi caciones del Plano de Zoni fi cación de los Usos del Suelo, aprobadas en la presente Ordenanza. Disposición Final Complementaria Primera.- En las etapas de expediente/ejecución/ implementación/funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Residuos Hospitalarios, las entidades competentes como la Municipalidad de Lurín, Ministerio de Salud, y otras, serán las encargadas, de acuerdo con sus funciones y competencias, de evaluar el proyecto, los estudios ambientales como: Estudio Ambiental Preliminar (EVAP), Estudio de Impacto Ambiental (EIV) entre otros estudios, si se requiere. Dichos estudios deben estar ofi cialmente reconocidos con fi rma, sello y acreditación por las instituciones competentes. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.Lima, 7 de julio de 2023.RENZO ANDRÉS REGGIARDO BARRETO Teniente Alcalde 2195883-1 Aprueban el Reglamento para la atención de solicitudes de autorización por delegación de proyectos de inversión e IOARR para la intervención en determinados activos estratégicos de una unidad productora existente, en el marco de la Ordenanza N° 2430-MML y del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones - Invierte.pe DECRETO DE ALCALDÍA N° 013 Lima, 12 de julio de 2023 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;VISTOS: El Memorando Circular N° D00006-2023- MML-GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Memorando N° D000090-2023-MML-OGPEM de la O fi cina General de Plani fi cación Estratégica, Modernización y Cooperación Técnica, el Informe N° D000216-2023-MML-OGAJ de la O fi cina General de Asuntos Jurídicos, el Memorando N° D001122-2023-MML-GMM de la Gerencia Municipal Metropolitana, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el artículo 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que la alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa; asimismo, el artículo 42 del citado dispositivo normativo, establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas; Que, el artículo 161 de la Ley precisada en el párrafo precedente establece que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene competencias y funciones metropolitanas especiales; siendo que en materia de plani fi cación, desarrollo urbano y vivienda, se señala entre otras: “1.5. Defi nir, mantener y señalar la nomenclatura de la red vial metropolitana y mantener el sistema de señalización del tránsito”; y, en materia de transportes y comunicaciones: “7.3. Plani fi car, regular, organizar y mantener la red vial metropolitana, los sistemas de señalización y semáforos”; Que, mediante Ordenanza N° 341-MML, se aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitana de Lima, la misma que en su artículo 7°, modi fi cado por el artículo 1° de la Ordenanza N° 2430-MML, establece que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene a su cargo la formulación-evaluación, ejecución y funcionamiento de los proyectos de inversión para la creación, ampliación, mejoramiento y recuperación de las vías expresas, arteriales y colectoras del Sistema Vial Metropolitano, de los intercambios viales y de todas las vías locales del Cercado de Lima; así como el registro-aprobación, ejecución y funcionamiento de las Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Rehabilitación y de Reposición (IOARR) de los activos estratégicos de fi nidos por el sector competente; Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N° 2430-MML establece que: “Las normas reglamentarias que sean necesarias para complementar, especi fi car, o precisar el contenido normativo de esta Ordenanza, o que se requieran para su mejor aplicación, se dictarán mediante Decreto de Alcaldía”; Que, con base a lo establecido en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ordenanza N° 2430-MML y teniendo en cuenta que en la citada Ordenanza no se contempla los requisitos aplicables a las solicitudes de autorización por delegación a que se refi ere el artículo 7°, ni se establece el procedimiento a seguir para el otorgamiento de dicha autorización, es que la División de Obras y Redes Públicas de la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas a través del Informe N° 000084-2023-MML-GDU-SAU-DORP, del 23 de enero de 2023, propone modi fi caciones al trámite de las solicitudes de Autorización por Delegación, razón por la cual remite un proyecto de Decreto de Alcaldía que apruebe la reglamentación aplicable a las solicitudes de delegación; Que, mediante Memorando N° D000090-2023-MML- OGPEM del 6 de junio de 2023, la O fi cina General de Plani fi cación Estratégica, Modernización y Cooperación Técnica, remite el Informe N° D000087-2023-MML-OGPEM-OPEM, elaborado por la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Modernización, en el que concluye, entre otros, lo siguiente: i) El proyecto establece acciones de evaluación y emisión de opinión a cargo de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones en presentación de la O fi cina General de Plani fi cación Estratégica, la Gerencia de Movilidad Urbana y la Gerencia de Desarrollo Urbano; ii) Este despacho considera que la Gerencia de Desarrollo Urbano cuenta con las competencias para proponer el proyecto de reglamento, por lo que se emite opinión favorable al respecto; iii) Cabe señalar que el proyecto cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Movilidad Urbana e incorpora las recomendaciones de fondo vertidas por la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones; Que, mediante Informe N° D000216-2023-MML-OGAJ del 9 de junio de 2023, la O fi cina General de Asuntos Jurídicos concluye que resulta conforme a la normativa vigente que mediante Decreto de Alcaldía se apruebe la reglamentación aplicable a las solicitudes de Autorización por Delegación a que se re fi ere el artículo 7° de la Ordenanza N° 341 y modi fi catoria;