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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2023 (15/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 95

95 NORMAS LEGALES Sábado 15 de julio de 2023 El Peruano / y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público, cuerpo normativo que entre otros, indica que la autorización de viaje debe publicarse en el diario o fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; en razón a ello, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos de las universidades públicas deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad. También es de consideración mencionar, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Que, mediante OFICIO N° 133-2023-D-FCDS- UNA-P, el Decano de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno, hace alcance la RESOLUCIÓN DE DECANATO N° 0134-2023-D-FCDS-UNA-P (09-05-2023) que autoriza el viaje por Capacitación a la ciudad de Bogotá - Colombia a favor de la Dra. Tania Carola Padilla Cáceres, docente ordinario de la Escuela Profesional de Odontología de la Facultad en mención, del 20 al 26 de junio de 2023, con fi nes de participación en la Charla Interactiva 2023 IADR/LAR General Session & Exhibition with WCPD, con el tema “Caries Arrest for 38% Silver Diamine Fluoride Gel: Case Series”; autorizando asimismo, la asignación de una bolsa de viaje a favor de la citada docente, por el monto de DOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 SOLES (S/. 2,500.00), con Recursos Ordinarios – POI E.P. Odontología – FCDS; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido sus opiniones técnicas contenidas en: el INFORME N° 1080-2023-UP-OPP-UNA-PUNO (19-05-2023) de la Unidad de Presupuesto, del cual se in fi ere la existencia de disponibilidad de marco presupuestal en la Meta SIAF N° 0015: EJERCICIO DE LA DOCENCIA UNIVERSITARIA, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Genérica del Gasto 2.3 Bienes y Servicios, para la atención del presente requerimiento; y el INFORME N° 511-2023-SP-UPM-OPP-UNA de la Unidad de Planeamiento y Modernización, del cual se desprende la existencia de la Actividad Operativa, conforme a la fi cha del CEPLAN que trae anexo. Asimismo, la O fi cina de Asesoría Jurídica ha emitido la OPINIÓN LEGAL N° 368-2023-UNA-PUNO/OAJ, de cuyas conclusiones se tiene que es procedente autorizar el viaje al exterior, materia de la presente, conforme al requerimiento formulado para el efecto; Que, el art. 93, numeral 93.16 del Estatuto – UNA- PUNO (RAU. N° 008-2023-AU-UNA), establece que son atribuciones del Consejo Universitario, entre otras: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes.”; Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y Resolución de Asamblea Universitaria Nº 009-2021-AU-UNA; y, De conformidad con lo aprobado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario en Sesión Ordinaria de fecha 08 de junio del presente año; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje a la ciudad de BOGOTÁ - COLOMBIA, concediéndole Licencia por Capacitación con goce de haber a partir del 20 al 26 de junio del 2023, a favor de la Dra. TANIA CAROLA PADILLA CACERES, docente ordinario de la Escuela Profesional de Odontología, Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú, para su participación en la Charla Interactiva 2023 IADR/LAR General Session & Exhibition with WCPD, con el tema “Caries Arrest for 38% Silver Diamine Fluoride Gel: Case Series”; disponiéndose para el efecto, el otorgamiento de una Bolsa de Viaje por el importe de DOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 SOLES (S/. 2,500.00), a favor de la precitada docente, con cargo a la Meta SIAF N° 0015: EJERCICIO DE LA DOCENCIA UNIVERSITARIA, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Genérica del Gasto 2.3 Bienes y Servicios; de conformidad con los fundamentos descritos en la parte considerativa del presente acto administrativo y RESOLUCIÓN DE DECANATO N° 0134-2023-D-FCDS-UNA-P. Artículo Segundo.- El Vicerrectorado Académico, la respectiva Facultad, la Dirección General de Administración, la Unidad de Recursos Humanos y demás dependencias correspondientes de la entidad, quedan encargados del cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PAULINO MACHACA ARI Rector LEILA ROSMERY FLORES BUSTINZA Secretaria General 2194873-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Zarumilla, departamento de Tumbes RESOLUCIÓN Nº 0113-2023-JNE Expediente Nº JNE.2023002080 ZARUMILLA - TUMBESVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, diez de julio de dos mil veintitrésVISTO: el O fi cio Nº 118-2023-MPZ-SEC.GRAL- TIP, presentado el 4 de julio de 2023, mediante el cual doña Tania Inga Pasache, secretaria general de la Municipalidad Provincial de Zarumilla, departamento de Tumbes (en adelante, señora secretaria general), remite documentación relacionada con la declaratoria de vacancia de don Leonardo Aníbal Agurto Zapata, regidor del citato concejo municipal (en adelante, señor regidor). ANTECEDENTES1.1. A través del O fi cio Nº 118-2023-MPZ-SEC.GRAL- TIP, la señora secretaria general comunicó que, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 149-2023-MPZ, del 6 de junio de 2023, el Concejo Provincial de Zarumilla formalizó la declaratoria de vacancia del señor regidor por muerte, causa prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). 1.2. Para ello, además del mencionado acuerdo de concejo, remitió los siguientes documentos: a) Acta de defunción del señor regidor, registrada el 27 de febrero de 2023. b) Comprobante de pago de la tasa electoral por concepto de convocatoria de candidato no proclamado. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la LOM1.1. El numeral 1 del artículo 22 prescribe que el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal en caso de muerte. 1.2. El artículo 24, respecto a los reemplazos de autoridades, dispone: