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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2023 (15/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 108

108 NORMAS LEGALES Sábado 15 de julio de 2023 El Peruano / amparo del presente Acuerdo Regional en un plazo de 5 días hábiles, a partir de su suscripción. Quinto.- DISPONER que la transferencia fi nanciera que se aprueban no podrá ser destinada a ninguna actividad y/o proyecto distinto a los señalados en el punto primero del presente Acuerdo Regional, bajo responsabilidad. Sexto.- DISPONER la publicación del presente acuerdo regional en el Diario O fi cial El Peruano, conforme lo dispuesto en el art. 16.2 de la Ley 31638, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023. POR TANTO:Regístrese, Comuníquese y Cúmplase.MIGUEL ANGEL LINARES RIVEROS Presidente 2195795-2 Corrigen error material advertido en el Acuerdo Regional N° 029-2023-CR-AREQUIPA, en el nombre de proyectos de inversión pública correspondientes a la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas y la Municipalidad Distrital de Pampamarca ACUERDO REGIONAL Nº 036-2023-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 4 de julio de 2023VISTO:El O fi cio N° 606-2023-GRA/GGR; el Informe N° 213-2023-GRA/ORPPOT de la O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, y; CONSIDERANDO:Que de conformidad por lo establecido en el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2 de la ley N°27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que los gobiernos regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Qué, asimismo, conforme a lo prescrito en el artículo 39 del mismo cuerpo normativo, el Consejo Regional de Arequipa es competente para emitir acuerdos regionales que expresen la decisión de este órgano sobre asuntos internos del consejo regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, con O fi cio N° 606-2023-GRA/GGR, se hace de conocimiento del Consejo Regional, sobre el error material, derivado de la información remitida por el GORE, advertido en el Acuerdo Regional N° 029-2023-CR-AREQUIPA, en el nombre de los proyectos de inversión pública correspondientes a la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas y la Municipalidad Distrital de Pampamarca, de acuerdo al siguiente detalle. Dice: “Mejoramiento del servicio de agua para agropecuario y Debe decir: Mejoramiento del servicio de agua para riego…..” El Consejo Regional, en ejercicio de sus atribuciones ha aprobado el siguiente acuerdo. SE ACUERDAPrimero.- CORREGIR el error material advertido en la cláusula primera del Acuerdo Regional N° 029-2023-CR-AREQUIPA, en el nombre de los proyectos de inversión pública correspondientes a la Municipalidad Distrital de Santa Isabel de Siguas y la Municipalidad Distrital de Pampamarca, de acuerdo al siguiente detalle:DICE DEBE DECIR “Mejoramiento del Servicio de Agua para Agropecuario en el sector de La Ranchería, distrito de Santa Isabel de Siguas Arequipa”“Mejoramiento del Servicio de Agua para Riego en el sector de La Ranchería, distrito de Santa Isabel de Siguas Provincia de Arequipa-Departamento de Arequipa”. “Mejoramiento del Servicio de Agua para Agropecuario en la Comisión de Usuarios de Ccocchapampa CP. de Ccocchapampa, Sacachacaypa, distrito de Pampamarca-Provincia de La Unión-Región Arequipa”. “Mejoramiento del Servicio de Agua para Riego en la Comisión de Usuarios de Ccocchapampa Centro Poblado de Ccocchapampa, Sacachacaypa, distrito de Pampamarca-Provincia de La Unión-Región Arequipa”. Segundo.- RATIFICAR, en lo demás, el contenido y la vigencia de las cláusulas del Acuerdo Regional N° 029-2023-CR-AREQUIPA. Tercero.- NOTIFICAR, el presente acuerdo al Gobernador Regional y a las unidades orgánicas competentes para conocimiento y fi nes pertinentes. Cuarto.- DISPONER, la publicación del presente acuerdo regional en el Diario O fi cial El Peruano, conforme lo dispuesto en el art. 16.2 de la Ley 31638, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL LINARES RIVEROS Presidente 2195795-3 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que aprueba la localización por compatibilidad de usos de la Planta de Tratamiento de Residuos Hospitalarios sobre un predio ubicado en la Zona Industrial de Gran Industria – I3 del Área de Tratamiento Normativo - ATN I del distrito de Lurín, aprobado por Ordenanza N° 2389-2021 ORDENANZA N° 2559 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA: POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, así como el artículo 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, a través del Dictamen N° 039-2023-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA LOCALIZACIÓN POR COMPATIBILIDAD DE USOS DE LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS HOSPITALARIOS SOBRE UN PREDIO DE 2,558.19 M2. DE ÁREA UBICADO EN LA ZONA INDUSTRIAL DE GRAN INDUSTRIA – I3 DEL ÁREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO - ATN I DEL DISTRITO DE LURÍN, APROBADO POR ORDENANZA N° 2389-2021 Artículo 1.- APROBAR, en el marco de la Ordenanza N° 2219, la localización de la Planta de Tratamiento de