Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2023 (15/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 93

93 NORMAS LEGALES Sábado 15 de julio de 2023 El Peruano / 2º.- AFECTAR el gasto que origine la presente Resolución a la Meta 25, Actividad 5000006.0023404 Acciones de Control y Auditoría, y por la fuente de fi nanciamiento de Donaciones y Transferencias del Presupuesto UNS. 3º.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración el cumplimiento de la presente Resolución, así como tomará las acciones correspondientes, para presentar el Formato de Información y Documentación necesaria para realizar el Concurso Público de Méritos, fi rmado por el Titular o Representante Legal de la Universidad Nacional del Santa, así como actualizar la información de la entidad en el INFOSOA, en coordinación con la O fi cina del Órgano de Control Institucional de la UNS. 4º.- DISPONER que la presente resolución se publique en el Portal Institucional de la UNS y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese.AMÉRICA ODAR ROSARIO Rectora de la Universidad Nacional del Santa MARIO AUGUSTO MERCHÁN GORDILLO Secretario General 2195723-1 Autorizan transferencias financieras de la Universidad Nacional de San Agustín a favor del Ministerio Público UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0801-2023 Arequipa, 12 de junio de 2023.VISTO el O fi cio N° 1191-2023-ANC-MP-J del 30 de marzo de 2023, emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Publico. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa está constituida conforme a la Ley N° 30220, Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, cientí fi ca y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Que, según el artículo 8° de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 8° del Estatuto Universitario, el Estado reconoce la autonomía universitaria que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la citada Ley y demás normativa aplicable y se mani fi esta en los regímenes Normativo, de Gobierno, Académico, Administrativo y Económico. Que, de acuerdo al artículo 2° de la Ley N° 31358, que establece medidas para la expansión del Control Concurrente, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 16 de noviembre de 2021, establece lo siguiente: “2.1 Para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones a que se re fi ere el artículo 1 de la presente ley, se destina para su fi nanciamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental. 2.2 Los pliegos comprendidos en esta modalidad de control gubernamental, habilitan el rubro Control Concurrente dentro de la genérica de gasto 2.6 Adquisición de Activos No Financieros de la categoría del gasto de capital, con cargo al presupuesto institucional de las entidades, como parte de la estructura de componentes a ejecutar”. Que, por su parte, la Septuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, de la Creación de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público lo siguiente: “1. Se autoriza al Pliego 022 Ministerio Público, la creación de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Publico. Para este fi n se exonera al Pliego 022, de lo establecido en el artículo 68 del Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2. Durante el año fi scal 2023, la implementación y operación de la Unidad Ejecutora antes descrita provienen del 1% de la ejecución de inversiones cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES) y sean menores o iguales a S/ 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 SOLES), que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos y entidades del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito de la Cuenta General de República. Dicho porcentaje es parte del 2% al que hace referencia el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente (...)”. Que, a través del O fi cio N° 1191-2023-ANC-MP-J, del Jefe Nacional de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, en el marco de los alcances de la Ley N° 31638 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, así como en la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, solicita se proceda a efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 022: Ministerio Público a cargo de la Unidad Ejecutora Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, por el 1% del saldo de inversión por ejecutar, conforme al siguiente detalle: ITEM CUI NOMBRE DE LA INVERSIÓN IMPORTE SOLICITADO S/ 1 2340490MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE FORMACIÓN PROFESIONAL EN CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN, DISTRITO DE AREQUIPA, PROVINCIA DE AREQUIPA Y REGIÓN AREQUIPA.50,731.50 2 2352965CREACIÓN DE LOS SERVICIOS DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN EN LA CIUDAD DE CAMANÁ, DISTRITO DE SAMUEL PASTOR, PROVINCIA DE CAMANÁ, AREQUIPA.54,161.00 3 2468349REPARACIÓN DE BLOQUE DE INFRAESTRUCTURA ADQUISICIÓN DE ASCENSORES EN EL(LA) FACULTAD DE DERECHO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA EN EL CAMPUS UNIVERSITARIO DE SOCIALES DEL DISTRITO DE AREQUIPA, PROVINCIA AREQUIPA, DEPARTAMENTO AREQUIPA.75,872.00 TOTAL 180,764.50