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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JULIO DEL AÑO 2023 (30/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Domingo 30 de julio de 2023 El Peruano / de emitida la presente Resolución Ministerial y noti fi cada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir el inmueble expropiado a favor del bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del bien inmueble afectado a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, inscriba a favor del bene fi ciario el inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que la Dirección de Disponibilidad de Predios, notifi que la presente Resolución Ministerial al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndole la desocupación y entrega del inmueble expropiado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, de encontrarse el inmueble afectado desocupado, o treinta (30) días hábiles de estar ocupado o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del inmueble expropiado. Regístrese, comuníquese y publíquese.PAOLA PIERINA LAZARTE CASILLO Ministra de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “RED VIAL Nº 5: TRAMO ANCÓN - HUACHO - PATIVILCA DE LA CARRETERA PANAMERICANA NORTE” No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES ELVIRA ARELI PACHECO JIMENEZCODIGO: VE5-PV-02-B AREA AFECTADA: 200.00 m2 AFECTACIÓN: Total del Inmueble 14 512,80 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: • Por el Frente: COLINDA CON LA CARRETERA PANAMERICANA NORTE, con 8.00 m.• Por la Derecha: COLINDA CON EL SUB LOTE 4A, con 25.00 m.• Por la Izquierda: AV. JUAN VELASCO ALVARADO, con 25.00 m.• Por el Fondo: COLINDA CON EL SUB LOTE 4C, con 8.00 m.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADODISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 8.00 210568.8781 8789410.2392 2 2-3 25.00 210570.9310 8789402.5071 3 3-4 8.00 210546.7681 8789396.0918 4 4-1 25.00 210544.7152 8789403.8239 PARTIDA REGISTRAL : Nº P18030623 del Registro de Predios de Huacho Zona Registral Nº IX – Sede Lima. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL : Emitido con fecha 04.11.2022 (Informe Técnico Nº 024649-2022-Z.R Nº IX-SEDE-LIMA/UREG/CAT) por la O fi cina Registral de Huaral Zona Registral Nº IX - Sede Lima. Informe de Veri fi cador Catastral Nº 015-2023-SPCA de fecha 13.07.2023 elaborado por el especialista técnico de la Dirección de Disponibilidad de Predios. 2200478-1 Aprueban ejecución de expropiación de inmueble afectado por el proyecto: “Construcción del anillo vial periférico de la ciudad de Lima y Callao” y el valor de la tasación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1005-2023-MTC/01.02 Lima, 27 de julio de 2023VISTOS: Los Memorandos Nos. 4425 y 4697- 2023-MTC/19, de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, los Memorandos Nos. 4045 y 4340-2023-MTC/19.03 de la Dirección de Disponibilidad de Predios de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto Urgencia Nº 018-2019, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias para la promoción e implementación de los proyectos priorizados en el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad, se declara de necesidad, utilidad pública e interés nacional, entre otros, el proyecto “Construcción del anillo vial periférico de la ciudad de Lima y Callao”, autorizándose la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para su ejecución, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias ; Que, el artículo 1 del Decreto Legislativo N º 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias (en adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de Obras de Infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley, de fi ne al Bene fi ciario como el titular del derecho de propiedad del