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24 NORMAS LEGALES Jueves 8 de junio de 2023 El Peruano / Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo N° 1143, el O fi cial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, el artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1144, que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Subo fi ciales u O fi ciales de Mar de las Fuerzas Armadas, concordante con el artículo 21 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-2013-DE, establece que el personal nombrado en comisión de servicio o misión de estudios, por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 21 del referido decreto legislativo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el citado artículo; Que, a través del O fi cio N° 01224-2023-MINDEF/ VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 255-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para autorizar el citado viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 00782-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal naval y civil a bordo del B.A.P. “UNIÓN” (BEV-161), para participar en el Viaje de Instrucción al Extranjero (VIEX 2023-2024 “CIRCUNNAVEGACIÓN”), por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Personal Naval y Civil que se detalla en el Anexo (A), el cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, para que participen en el Viaje de Instrucción al Extranjero (VIEX 2023- 2024 “CIRCUNNAVEGACIÓN”), a bordo del B.A.P. “UNIÓN” (BEV-161), del 17 de junio del 2023 al 22 de abril del 2024, con permanencia en puerto extranjero por un periodo total de setenta y ocho (78) días, de acuerdo al itinerario del Anexo (B), el cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Autorizar el desembarco en el puerto de Civitavecchia, República Italiana, el 13 de diciembre de 2023, del Personal Superior y Cadetes Navales de la promoción 2025, indicados en la relación del Anexo (C), el cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, por haber culminado la primera fase de la Circunnavegación año 2023, así como, autorizar su retorno a la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 3.- Autorizar el viaje desde la ciudad de Lima, República del Perú, a partir del 14 de diciembre de 2023, con destino al puerto de Civitavecchia, República Italiana, y el embarco correspondiente en el B.A.P. “UNIÓN” (BEV- 161), del Personal Superior y Cadetes Navales de la promoción 2026, indicados en la relación del Anexo (D), el cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, por haber sido nombrados para conformar la dotación del Buque Escuela año 2024, e iniciar la segunda fase de la Circunnavegación año 2024. Artículo 4.- Autorizar el desembarco en el puerto de La Spezia, República Italiana, el 21 diciembre de 2023, del Personal Superior (Sanidad Naval) indicados en la relación del Anexo (E), el cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, así como, autorizar su retorno a la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 5.- Autorizar el desembarco en el puerto El Pireo, República Helénica, el 1 de enero de 2024, del Personal Superior indicados en la relación del Anexo (F), el cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, así como, autorizar su retorno a la ciudad de Lima, República del Perú, por haber cumplido el tiempo de embarque como dotación del Buque Escuela. Artículo 6.- La Marina de Guerra del Perú efectuará los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente, de acuerdo a los siguientes conceptos: Cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023: Pasaje aéreo retorno: Roma (República Italiana) - Lima US$. 1,335.00 x 102 personas US$ 136,170.00 Pasaje aéreo ida: Lima - Roma (República Italiana) US$. 1,463.40 x 100 personas US$ 146,340.00 Pasaje aéreo retorno: Florencia (República Italiana) - Lima US$. 2,575.50 x 2 personas US$ 5,151.00 Pasaje aéreo retorno: Ciudad de Atenas (República Helénica) - Lima US$. 1,466.70 x 5 personas US$ 7,333.50 Total a pagar en dólares americanos: US$ 294,994.50 Asignación Especial por Estadía en Puerto Extranjero Primera Etapa:Tahití (Polinesia Francesa) US$ 99.92 x 10 o fi ciales superiores x 4 días US$ 3,996.80 Tahití (Polinesia Francesa) US$ 83.27 x 15 o fi ciales subalternos x 4 días US$ 4,996.20 Tahití (Polinesia Francesa) US$ 79.28 x 120 personal subalterno x 4 días US$ 38,054.40Tahití (Polinesia Francesa) US$ 49.96 x 101 cadetes navales x 4 días US$ 20,183.84Tahití (Polinesia Francesa) US$ 49.96 x 4 personal marinería x 4 días US$ 799.36 Guam (Estados Unidos de América) US$ 89.83 x 10 o fi ciales superiores x 3 días US$ 2,694.90 Guam (Estados Unidos de América) US$ 74.86 x 15 o fi ciales subalternos x 3 días US$ 3,368.70 Guam (Estados Unidos de América) US$ 71.28 x 120 personal subalterno x 3 días US$ 25,660.80Guam (Estados Unidos de América) US$ 44.91 x 101 cadetes navales x 3 días US$ 13,607.73Guam (Estados Unidos de América) US$ 44.91 x 4 personal marinería x 3 días US$ 538.92 Tokio (Japón) US$ 136.26 x 10 o fi ciales superiores x 4 días US$ 5,450.40 Tokio (Japón)US$ 113.55 x 15 o fi ciales subalternos x 4 días US$ 6,813.00 Tokio (Japón)US$ 108.12 x 120 personal subalterno x 4 días US$ 51,897.60Tokio (Japón)US$ 68.13 x 101 cadetes navales x 4 días US$ 27,524.52Tokio (Japón)US$ 68.13 x 4 personal marinería x 4 días US$ 1,090.08 Busán (República de Corea) US$ 111.02 x 10 o fi ciales superiores x 4 días US$ 4,440.80 Busán (República de Corea)US$ 92.52 x 15 o fi ciales subalternos x 4 días US$ 5,551.20 Busán (República de Corea)US$ 88.09 x 120 personal subalterno x 4 días US$ 42,283.20Busán (República de Corea)US$ 55.51 x 101 cadetes navales x 4 días US$ 22,426.04