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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (13/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Martes 13 de junio de 2023 El Peruano / Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 8.1 de la cláusula octava del mencionado Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales al citado Gobierno Regional, por el monto de S/ 245 393,00 (Doscientos cuarenta y cinco mil trescientos noventa y tres y 00/100 soles), para llevar a cabo las actividades y/ o acciones establecidas en el Plan de Trabajo del GORE San Martín; Que, asimismo, el numeral 8.2 de la cláusula octava del referido Convenio, señala que la transferencia fi nanciera se efectuará en el primer semestre del 2023 por el 100% del monto, previa presentación del Plan de Trabajo para el periodo 2023. Asimismo, establece que esta transferencia estará condicionada a la presentación del informe de cierre de la transferencia realizada en el periodo 2022; Que, mediante el Informe Nº 060-2023/MINEM-OGPP- OPRE, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para efectuar las transferencias fi nancieras a favor del citado Gobierno Regional; Que, a través del Informe N° 0569-2023-MINEM/ DGFM, la Dirección General de Formalización Minera, señala que el Gobierno Regional de San Martín cumplió con presentar el Plan de Trabajo para el año 2023, que contempla actividades, acciones y adquisiciones de bienes y servicios relacionados con el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, y además, remitió el informe de cierre de la transferencia realizada en el periodo 2022, conforme a lo establecido en la Cláusula Octava del Convenio Nº 013-2023-MINEM-DGFM; Que, la O fi cina de Presupuesto con fecha 27 de abril de 2023, aprobó la Certi fi cación de Crédito Presupuestario SIAF Nº 0000000129, con cargo a la Meta Nº 0010, por el monto de S/ 7 500 000,00 (Siete millones quinientos mil y 00/100 Soles), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración, mediante el Informe N° 168-2023-MINEM-OGA/OFIN, concluye que el Ministerio de Energía y Minas dispone de los recursos fi nancieros necesarios hasta por la suma de S/ 245 393,00 (Doscientos cuarenta y cinco mil trescientos noventa y tres y 00/100 soles), en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, así como de los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la transferencia fi nanciera de recursos a favor del citado Gobierno Regional, en el marco de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, por lo que resulta pertinente su aprobación; Que, mediante Informe Nº 642-2023-MINEM/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que corresponde emitir el acto resolutivo que autoriza la transferencia fi nanciera de recursos a favor del citado Gobierno Regional; Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley N° 31638, resulta necesario autorizar la transferencia de recursos del Ministerio de Energía y Minas, hasta por la suma de S/ 245 393,00 (Doscientos cuarenta y cinco mil trescientos noventa y tres y 00/100 soles), a favor del Gobierno Regional de San Martín; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31638, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; el Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera de Recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora N° 001 Ministerio de Energía y Minas – Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, por la suma de S/ 245 393,00 (Doscientos cuarenta y cinco mil trescientos noventa y tres y 00/100 soles), a favor del Gobierno Regional de San Martín, para ser destinado exclusivamente a la Dirección o Gerencia Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces, para el fortalecimiento del proceso de formalización minera integral, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de fi nanciamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: (En Soles)2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 225 393,00 Gastos de Capital: (En Soles)2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.2.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 20 000,00 TOTAL EGRESOS S/ 245 393,00 Artículo 2.- La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle: A LA : SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS (En Soles ) Pliego 459 : Gobierno Regional de San Martín 245 393,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Sede Central – Región San MartínUnidad Ejecutora SIAF : N° 0921Programa Presupuestal : Nº 0126 Formalización minera de la pequeña minería y minería artesanal Producto : Nº 3000658 Mineros FormalizadosActividad : Nº 5005598 Implementación y Mantenimiento de la Ventanilla Única Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público – CUTRUC : N° 20531375808 Artículo 3.- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación para el fortalecimiento del Proceso de Formalización Minera Integral celebrado, entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de San Martín, respectivamente, correspondiente al año 2023. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH Ministro de Energía y Minas 2186522-1 Autorizan transferencia financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de Moquegua, para ser destinado exclusivamente a la Dirección o Gerencia Regional de Energía y Minas, o unidad orgánica u órgano que haga sus veces RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 237-2023-MINEM/DM Lima, 12 de junio de 2023VISTOS: El Informe N° 0570-2023-MINEM/DGFM de la Dirección General de Formalización Minera; el Informe Nº 060-2023/MINEM-OGPP-OPRE de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 169-2023-MINEM-OGA/OFIN de la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 644-2023-MINEM/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el acápite ii) del literal k) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto