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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (13/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Martes 13 de junio de 2023 El Peruano / la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, contribuyendo a la promoción de la transparencia de los actos del Estado y del ejercicio del derecho fundamental de acceso a la información pública, regulado en el inciso 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; así como determinar las obligaciones del funcionariado en materia de transparencia y acceso a la información, el procedimiento de acceso a la información pública, el plazo para resolver el recurso de apelación, la accesibilidad a la información contenida en correos electrónicos, el tratamiento de la información restringida, la publicación de información en el Portal de Transparencia Estándar, los aspectos generales para la conservación de la información, la obligación de reportar información para la elaboración del Informe anual sobre solicitudes de acceso a la información pública para su presentación al Congreso de la República y el procedimiento sancionador en materia de transparencia y acceso a la información pública, entre otros aspectos relevantes; Que, siendo que la propuesta de nuevo Reglamento de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública es una norma de carácter general, corresponde su publicación en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el que se mantendrá por un plazo de treinta (30) días calendario, a fi n que las entidades públicas, privadas y la ciudadanía en general alcancen sus opiniones, sugerencias, comentarios o recomendaciones por vía electrónica o en mesa de partes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con atención a la Dirección de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, según lo establecido en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; Con el visado del Viceministro de Justicia, de la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; Que, de conformidad con la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso Público; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano, y, la publicación del proyecto de Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Exposición de Motivos que lo sustenta, en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus). Artículo 2.- Establecer un plazo de treinta (30) días calendario a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, a fi n de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales en general. Artículo 3.- Las sugerencias, comentarios o recomendaciones podrán ser presentadas en Mesa de Partes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ubicada en Calle Scipión Llona 350, distrito de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima; así como, a través de mesa de partes virtual, cuya dirección virtual es: https://sgd.minjus.gob.pe/sgd-virtual/public/ciudadano/ciudadanoMain.xhtml o a través del siguiente correo electrónico: informeanualsaip@minjus.gob.pe. Artículo 4.- Encargar a la Dirección de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos recibir, procesar y sistematizar las sugerencias, comentarios o recomendaciones que se presenten. Artículo 5.- Disponer que la O fi cina General de Tecnologías de Información y la O fi cina General de Imagen y Comunicaciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos procedan en el ámbito de sus competencias para la implementación de la medida dispuesta en el artículo 1 de la presente Resolución. Regístrese y comuníquese y publíquese.DANIEL MAURATE ROMERO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2186540-1 Designan coordinador de la Unidad de Asistencia Técnica Post Egreso, Seguimiento y Evaluación de Resultados de Reinserción Social del Programa Nacional de Centros Juveniles RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 132-2023-JUS/PRONACEJ Lima, 12 de junio de 2023VISTOS: El Informe Nº 00184-2023-JUS/PRONACEJ- UGRH de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y el Informe Legal Nº 00200-2023-JUS/PRONACEJ-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2019-JUS, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el día 1 de febrero de 2019, en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, se creó el Programa Nacional de Centros Juveniles – PRONACEJ, con el objeto de fortalecer la reinserción social de las y los adolescentes en con fl icto con la ley penal, a través de la atención especializada, ejecución de programas de prevención y tratamiento, y ejecución de medidas socioeducativas por medio de los centros juveniles, a nivel nacional; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 0247- 2021-JUS, publicada el 10 de diciembre de 2021 en el Diario O fi cial “El Peruano”, se aprobó el nuevo Manual de Operaciones (MOP) del PRONACEJ; Que, el artículo 7 del MOP establece que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del PRONACEJ; por lo que, es responsable de plani fi car, dirigir, coordinar y supervisar las acciones técnico - administrativas y operativas del Programa, cautelando el cumplimiento de las políticas, lineamientos y planes orientados al funcionamiento óptimo del Sistema de Reinserción Social del Adolescente en Con fl icto con la Ley Penal; Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del PRONACEJ, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0281-2019-JUS, el cargo estructural de “coordinador/a de la Unidad de Asistencia Post Internación, Seguimiento y Evaluación de Resultados de Reinserción Social e Intervención” tiene la clasi fi cación de empleado de con fi anza (EC); Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 214-2022-JUS/PRONACEJ, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 14 de noviembre de 2022, se designó a la señora Olga María Salazar Vera en el cargo de con fi anza de coordinadora de la Unidad de Asistencia Técnica Post Egreso, Seguimiento y Evaluación de Resultados de Reinserción Social e Intervención del Programa Nacional de Centros Juveniles; Que, es preciso señalar que, a través de la Resolución Ministerial Nº 0350-2022-JUS, de fecha 15 de noviembre de 2022, se aprobó el Cuadro de Equivalencias de Unidades y Subunidades funcionales del Programa Nacional Centros Juveniles – PRONACEJ, en el cual se establece que la “Unidad de Asistencia Post Internación, Seguimiento y Evaluación de Resultados de Reinserción