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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (17/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 89

89 NORMAS LEGALES Sábado 17 de junio de 2023 El Peruano / Que mediante el Memorando N°0001211-2023/OPP/ RENIEC y el Informe N°000815-2023-OPP/UP/RENIEC, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, emite opinión técnica favorable, concluyendo que se cuenta con recursos presupuestarios disponibles por el monto ascendente a S/ 65.325,00 (Sesenta y Cinco Mil Trescientos Veinticinco y 00/100 Soles), en la especi fi ca de gasto “2.4.1.3.1.1 Transferencias a Otras Unidades del Gobierno Nacional, destinados a fi nanciar la contratación de una Sociedad de Auditoría”, en ese contexto la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto señala que en materia presupuestal resulta viable la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Que en ese sentido, con la opinión favorable de la Ofi cina de Plani fi cación y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N°27785, Ley Orgánica el Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3° de la Ley N°30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; conforme a las facultades conferidas por la Ley N°26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil y por el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, aprobado por Resolución Jefatural Nº000086-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modi fi catoria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Autorizar la transferencia fi nanciera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 del Pliego 033: Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, por la suma de S/ 65.325,00 (sesenta y cinco mil trescientos veinticinco y 00/100 Soles), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- FINANCIAMIENTO La transferencia fi nanciera autorizada en el Artículo Primero de la presente Resolución Jefatural se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 del Pliego 033: Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, de acuerdo con el siguiente detalle: Categoría Presupuestal : 9001. Acciones Centrales Producto : 3999999. Sin Producto Actividad : 5000003. Gestión Administrativa Fuente de Financiamiento : RO Especi fi ca de Gasto: 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades del Gobierno Nacional Meta : 099 S/ : 65,325.00 Artículo Tercero.- ACCIONES ADMINISTRATIVAS La O fi cina de Administración y Finanzas del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural. Artículo Cuarto .- LIMITACIÓN AL USO DE LOS RECURSOS Los recursos de la Transferencia Financiera que hace referencia el Artículo Primero de la presente Resolución Jefatural no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Quinto.- PUBLICACIÓN Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal Institucional del Pliego 033: Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC (www.reniec.gob. pe), en el plazo máximo de dos (02) días hábiles contados desde su emisión.Regístrese, publíquese y cúmplase. CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2188142-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas RESOLUCIÓN SBS N° 01990-2023 Lima, 6 de junio de 2023EL SECRETARIO GENERAL VISTA:La solicitud presentada por el señor Eder Daniel Bazalar Lopez para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y, CONSIDERANDO:Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas aprobado mediante Resolución SBS N° 808-2019, establece los requisitos formales para la inscripción en el Registro; Que, la Secretaría Técnica ha considerado pertinente aceptar la inscripción del señor Eder Daniel Bazalar Lopez, postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, aprobado mediante Resolución S.B.S. N° 3814-2018 de fecha 02 de octubre de 2018. Que, habiéndose cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS N° 1678-2018; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Eder Daniel Bazalar Lopez, con matrícula número N-5276, en el Registro, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ENRIQUE MELGAR ROMARIONI Secretario General 2185784-1