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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (17/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 101

101 NORMAS LEGALES Sábado 17 de junio de 2023 El Peruano / d) Elaborar la propuesta del Plan Anual de Trabajo, en coordinación con la Presidencia de la Comisión Regional Anticorrupción; e) Elaborar los informes que se establezcan sobre el cumplimiento de la política en materia de integridad y lucha contra la corrupción; f) Elaborar, de manera conjunta con la Presidencia, la agenda de sesiones de la Comisión Regional Anticorrupción; g) Convocar a las sesiones de la Comisión Regional Anticorrupción, por encargo de su Presidencia o a solicitud de la tercera parte de los miembros de la Comisión Regional Anticorrupción; h) Entregar a los miembros, así como a los invitados, con una anticipación mínima de 72 horas, aquellos documentos o propuestas relacionadas directamente con los temas de la agenda de la sesión convocada; i) Elaborar las actas de las sesiones de la Comisión Regional Anticorrupción y custodiar el Libro de Actas; j) Coordinar y canalizar al órgano competente del Gobierno Regional el apoyo de la cooperación nacional e internacional para proyectos vinculados a los fi nes que persigue la Comisión con sujeción a lo dispuesto por la normativa vigente, sin perjuicio de las gestiones de cooperación que realizan las instituciones que la conforman en el marco de sus competencias; k) Articular con la Secretaría Técnica de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción en lo que corresponda; l) Difundir las labores realizadas por la Comisión Regional Anticorrupción; m) Canalizar la documentación, información u otros que ingresen a la Comisión Regional Anticorrupción, derivándola a la Entidad que le corresponda; y n) Otras que le encomiende la Comisión Regional Anticorrupción. Artículo Octavo.- Compromiso de integridad Para asumir la condición de miembro de la Comisión Regional Anticorrupción se suscribe el compromiso de integridad conforme al Anexo B del Reglamento de la Ley Nº 29976, Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, aprobado por Decreto Supremo Nº 089-2013-PCM y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 169-2021-PCM. Artículo Noveno.- ReglamentoLa Comisión Regional Anticorrupción de Tacna, elaborará su nuevo Reglamento Interno en un plazo de sesenta (60) días calendario, contabilizados desde la aprobación de la Ordenanza Regional de conformidad con la Ley Nº 29976, Ley que crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 089-2013-PCM y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 169-2021-PCM, el mismo que será aprobado por Decreto Regional. Artículo Décimo.- DISPENSAR la presente Ordenanza de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. Artículo Décimo Primero.- DELÉGUESE a Secretaría del Gobierno Regional de Tacna la publicación de la Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y por el portal electrónico del Gobierno Regional de Tacna, para el cumplimiento y conocimiento en toda la Región de Tacna. Artículo Décimo Segundo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Y TRANSITORIA Primera.- Manténganse en vigencia la Presidencia de la Comisión Regional Anticorrupción de Tacna a cargo del Presidente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna Prof. Arnold Elvis Condori Cutipa, elegido en el periodo 2022. Segunda.- Derógase la Ordenanza Regional Nº 013- 2013-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha trece de junio del año dos mil trece, Ordenanza Regional Nº 001-2019-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha quince de mayo del año dos mil diecinueve y el Reglamento Interno de la Comisión Regional Anticorrupción de Tacna, aprobado por Decreto Regional Nº 004-2018-GR/GOB.REG.TACNA, de fecha quince de octubre del año dos mil dieciocho.En la ciudad de Tacna, al día veinticinco de agosto del año dos mil veintidós. ARNOLD ELVIS CONDORI CUTIPA PresidenteConsejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 6 de setiembre de 2022. JUAN TONCONI QUISPE Gobernador Regional 2187715-3 Declaran de Necesidad Pública y de Interés Regional, las Actividades de Promoción de Plantas Lecheras en las Cuencas Productivas del Ámbito Jurisdiccional del Gobierno Regional de Tacna CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 019-2022-CR/GOB.REG.TACNA EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, con fecha diez de octubre de dos mil veintidós, en Sesión Extraordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 191º prescribe: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…)”. Asimismo, en su artículo 192º señala: “Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para: 5) Promover el desarrollo socioeconómico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes. 6) Dictar normas inherentes a la gestión regional. 7) Promover y regular actividades y/o servicios en materia de (...) agroindustria, comercio (…) conforme a ley”. Que, mediante la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 9º, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para: “(…) g) Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley”. Asimismo, en su artículo 10º establece: “Los gobiernos regionales ejercen (...), inc. 1) Competencias Exclusivas: (…) e) Diseñar y ejecutar programas regionales de cuencas, corredores económicos y de ciudades intermedias, f) Promover la formación de empresas y unidades económicas regionales para concertar sistemas productivos y de servicios. De igual forma en su artículo 51º sobre funciones en materia agraria prescribe: a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas de la región en materia agraria en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales y las propuestas promocionales de desarrollo rural de parte de las municipalidades rurales. d) Promover la transformación, comercialización, exportación y consumo de productos naturales y agroindustriales de la región. h) Promover la provisión de recursos fi nancieros privados a las empresas y organizaciones de la región,