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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (20/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 58

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Martes 20 de junio de 2023 El Peruano / Que, el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego, así como del Jefe de la O fi cina de Administración y del Jefe de la Ofi cina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de Concejo Regional o Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del Titular del Pliego se publica en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante la Resolución de Contraloría N° 237- 2021-CG de fecha 04 de noviembre de 2021, se aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, el Impuesto General a las Ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría, que las entidades de Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, mediante O fi cio N° 000559-2023-CG/GAD, de fecha 31 de mayo de 2023, el Gerente de Administración de la Contraloría General de la República comunica que conforme a lo dispuesto por la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA deberá transferir el importe de S/ 184,269.00 (Ciento ochenta y cuatro mil doscientos sesenta y nueve con 00/100 Soles) incluido IGV, por cada período auditado (período 2023 y período 2024), así como, deberá efectuar el deposito en la cuenta N° 0000-282758 del Banco de la Nación CCI: N° 018-000-000000-282758-02 por el monto de S/ 18,740.00 (Dieciocho mil setecientos cuarenta con 00/100 Soles), que corresponde al 6% por derecho de designación por cada período auditado (período 2023 y período 2024); Que, en el citado O fi cio se señala que, excepcionalmente y dentro del mismo plazo otorgado, DEVIDA podrá efectuar la transferencia del 50% de la retribución económica y por el otro 50% deberá adjuntar la previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2023, cuya transferencia puede efectuarse en el año fi scal 2024; Que, mediante Informe N° 000104-2023-DV-OPP- UPTO de fecha 12 de junio de 2023, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite Informe Previo Favorable para realizar una transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, hasta por el importe total de S/ 92,135.00 (Noventa y dos mil ciento treinta y cinco con 00/100 Soles), con cargo al presupuesto institucional asignado al Pliego 012: DEVIDA, para el presente año fi scal, según lo dispuesto por el tercer párrafo del artículo 20 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Que, a través del Memorando N° 000489-2022-DV- OGA de fecha 12 de junio de 2023, la O fi cina General de Administración sobre la base del párrafo precedente, sustenta la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República por la suma de S/ 92,134.50 (Noventa y dos mil ciento treinta y cuatro y 50/100 Soles) que comprende al 50% de la retribución económica, con el fi n que se inicie el proceso de convocatoria del concurso público de méritos y posterior contratación de la empresa de Sociedad de Auditoria que se encargará de realizar las labores de control posterior externo a la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA; Que, con Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 00947- 23 y la Previsión de Crédito Presupuestal Solicitud N° 00986-223, ambos de fecha 07 de junio de 2023, se acreditan los recursos necesarios para efectuar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Que, en atención a las consideraciones expuestas, a lo informado por la Unidad de Presupuesto de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina General de Administración, resulta necesario autorizar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría; Con los visados de la Gerencia General, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Administración y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con laLey N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Supremo N° 047-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000205-2022-DV-PE que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondientes al Año Fiscal 2023 del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA; SE RESUELVE:Artículo 1°.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA por la suma de S/ 92,134.50 (Noventa y dos mil ciento treinta y cuatro con 50/100 Soles) a favor de Pliego 019: Contraloría General de la República, en el marco de lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Artículo 2°.- La transferencia fi nanciera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios - RO, Meta 0051, Actividad 03-OGA - Gestión Operativa de la Ofi cina General de Administración, Especí fi ca de Gasto 2.4.1.3.1.1 “A Otras Unidades del Gobierno Nacional”, por la suma de S/ 92,134.50 (Noventa y dos mil ciento treinta y cuatro con 50/100 Soles) Artículo 3.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1° de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para las cuales son transferidos. Artículo 4.- La O fi cina General de Administración en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para las cuales se realiza la presente Transferencia Financiera. Artículo 5.- REMITIR copia de la presente Resolución a la O fi cina General de Administración, para que efectúe las acciones que correspondan. Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y ENCARGAR al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fi n de que proceda a publicarla en el portal institucional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, (www.gob.pe/devida). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ANTONIO FIGUEROA HENOSTROZA Presidente Ejecutivo 2188556-1