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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (20/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 58

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Martes 20 de junio de 2023 El Peruano / se llevará a cabo en dicha ciudad, del 10 al 11 de agosto de 2023; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2001-RE, de 18 de enero de 2001, la República del Perú rati fi có el Estatuto de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado; Que, por Resolución Ministerial N° 0124-2002-RE, de 5 de febrero de 2002, se designó a la O fi cina General de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores como el Órgano Nacional de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado con el objeto de facilitar las comunicaciones entre los miembros de la conferencia y la Ofi cina Permanente; y, mediante Resolución Ministerial N° 227-2004-PCM, de 5 de agosto de 2004, se constituyó la Comisión Intersectorial de Derecho Internacional Privado para estudiar temas tratados en la Conferencia de La Haya, la cual se encuentra presidida por el Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0011- 2019-RE, de 8 de enero de 2019, se designó como representante alterno (a) del Ministerio de Relaciones Exteriores y Secretario (a) Técnico (a) ante la Comisión Intersectorial de Derecho Internacional Privado de la Conferencia de La Haya, al (la) Jefe (a) de la O fi cina de Derecho Internacional Público de la O fi cina de Asuntos Legales; Que, se estima necesaria la participación de la Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República Gianinna Astol fi Repetto, Jefa de la O fi cina de Derecho Internacional Público, de la O fi cina General de Asuntos Legales; y, del señor Juan José Ruda Santolaria, Asesor del Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores, en los citados eventos; Que, por razones de itinerario, los citados funcionarios viajarán a la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 8 al 12 de agosto de 2023; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; la Ley N° 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente cali fi cado en el sector público y dicta otras disposiciones; y, la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2023; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios, a la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, del 8 al 12 de agosto de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución: - Ministra Consejera en el Servicio Diplomático de la República Gianinna Astol fi Repetto, Jefa de la O fi cina de Derecho Internacional Público de la O fi cina General de Asuntos Legales; y, - Señor Juan José Ruda Santolaria, Asesor del Despacho Ministerial de Relaciones Exteriores, contratado como Personal Altamente Cali fi cado. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Metas 0083655 (264) Asesoría Legal y Jurídica y 0083906 (259) Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional; y, Códigos POI AOI00004500211 Asesoramiento en Derecho Internacional; y AOI00004500085 Garantizar permanentemente la Gestión del Despacho Ministerial, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD Gianinna Astol fi Repetto 926.39 370.00 3 + 1 1,480.00 Juan José Ruda Santolaria 926.39 370.00 3 + 1 1,480.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje a la ciudad de Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, se ha adicionado un (1) día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios deberán presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2188682-1 Autorizan a la APCI gasto por desplazamiento de dos cooperantes de la Municipalidad de Lima, en el marco de la ejecución de actividad a realizarse en Colombia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0444-2023-RE Lima, 19 de junio de 2023 VISTOS:El Memorándum (APC) Nº APC00241/2023, de 7 de junio de 2023, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; el Memorándum (DCI) Nº DCI00655/2023, de 7 de junio de 2023 de la Dirección de Cooperación Internacional; y, el Memorándum (LEG) Nº LEG01170/2023, de 15 de junio de 2023, de la O fi cina General de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con la Ley Nº 27692 y sus normas modi fi catorias, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, la cual se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente, goza de los bene fi cios tributarios que la ley establece; Que, el literal c) del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional, establece que la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú brinda preparación técnica, cientí fi ca y cultural a peruanos en el país o en el extranjero, y a los extranjeros en el Perú; Que, la Sexagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, prorrogada por el numeral vi. de la Sexagésimo Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI a fi nanciar, con cargo a su presupuesto institucional y en el marco de lo