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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (24/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Sábado 24 de junio de 2023 El Peruano / el Informe N° 218-2023-MIDAGRI-SG/OGPP- OPRES de la O fi cina de Presupuesto, el Informe N° 364-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OPMI de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones y el Informe N° 795-2023-MIDAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 31638 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 y con Resolución Ministerial N° 0574-2022-MIDAGRI se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, de conformidad con la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, que modi fi ca el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, “(…) La ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República”; Que, a través del numeral 4.1 del artículo 4 de la citada Ley, se autoriza a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la acotada ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019 - Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza; precisándose en el numeral 4.2 del mismo artículo, que dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional y se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, la Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL, Directiva Externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, aprobada por Resolución de Contraloría N° 275-2022-CG señala en el numeral 7.3 de su acápite 7 sobre Disposiciones Especí fi cas que, una vez previsto el presupuesto para el fi nanciamiento de los servicios de control gubernamental en la modalidad de control concurrente para las inversiones e iniciativas de contratación que se encuentren en el marco de la Ley N° 31358 y su modi fi catoria, se hace efectiva la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría solo a solicitud de esta Entidad Fiscalizadora Superior; asimismo, indica que el cumplimiento de las transferencias solicitadas por la Contraloría General de la República se efectúa por el importe total requerido; precisándose que excepcionalmente, las entidades podrán realizar dichas transferencias proporcionalmente a la programación de gastos de inversión del presupuesto institucional de cada año fi scal, debiendo adjuntar la previsión presupuestal por los años subsiguientes, a fi n de garantizar el despliegue del control concurrente en el marco de la Ley N° 31358; Que, la Directiva N° 0005-2021-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, establece en el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 de su artículo 18 que, cuando la ejecución corresponda a la aplicación del artículo 4 de la Ley Nº 31358, se registra en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE”, en la Finalidad “0348747. CONTROL CONCURRENTE” y en la Especí fi ca del Gasto “2.4.2.3.1.1. A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL”; Que, mediante O fi cio N° 000824-2022-CG/SGE, la Contraloría General de la República comunicó al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego que, con el fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley N° 31358, deben efectuarse transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, respecto a la inversión siguiente: PROYECTO CUI 2195497: “MEJORAMIENTO Y REGULACIÓN PARA EL SISTEMA DE RIEGO DEL VALLE DEL RÍO ZAÑA, DISTRITOS DE LAGUNAS, ZAÑA, CAYALTÍ, NUEVA ARICA, DISTRITO DE OYOTUN - PROVINCIA DE CHICLAYO – DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE” Que, en el marco del numeral 7.3 de la Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL, Directiva Externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, aprobada por Resolución de Contraloría N° 275-2022-CG, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego ha realizado transferencias parciales del mencionado proyecto según se explica en el cuadro siguiente: PROYECTOSOLICITUD INICIAL CGRTRANSFERENCIAS REALIZADAS CGRMONTO POR TRANSFERIR A LA CGR RM N°498-2022- MIDAGRIRM N°101-2023- MIDAGRI(S/) CUI 2195497: “MEJORAMIENTO Y REGULACIÓN PARA EL SISTEMA DE RIEGO DEL VALLE DEL RÍO ZAÑA, DISTRITOS DE LAGUNAS, ZAÑA, CAYALTÍ, NUEVA ARICA, DISTRITO DE OYOTUN - PROVINCIA DE CHICLAYO – DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE”10,093,851.22 155,000.00 5,000,000.00 4,938,851.22 Que, con O fi cio N° 00121-2023-MIDAGRI-DVDAFIR/ PSI-UPPS, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Seguimiento del Programa Subsectorial de Irrigaciones, remite la documentación sustentatoria y solicita se gestione la emisión del acto resolutivo que autorice una transferencia de recursos a favor de la Contraloría General de la República según lo dispuesto en el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley 31358, hasta por la suma total de S/ 4 938 851,22 (CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN Y 22/100 SOLES) para fi nanciar las acciones de control concurrente del proyecto de inversión anteriormente mencionado; Que, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto mediante Memorando N° 1264-2023-MIDAGRI-SG/OGPP, traslada el Informe N° 218-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES de la O fi cina de Presupuesto el cual hace suyo y que otorga opinión favorable a la transferencia fi nanciera para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 4 938 851,22 (CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN Y 22/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, toda