Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (24/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Sábado 24 de junio de 2023 El Peruano / Adicionalmente, en los contratos de supervisión de obras, cuando se haya previsto que las actividades del supervisor comprenden la liquidación del contrato de obra, el supervisor puede resolver el contrato en los casos en que existe una controversia que se derive de la liquidación del contrato de obra. f) Las controversias derivadas de la ejecución de los contratos pueden ser sometidas a conciliación y/o arbitraje, conforme a la Leyes de la materia. El arbitraje es de derecho, el mismo que debe efectuarse en una institución arbitral. Asimismo, de considerarlo pertinente, las partes pueden recurrir a la Junta de Resolució n de Disputas en las contrataciones de obras. 3. Para el registro de las contrataciones en el SEACE, las Entidades consideran lo establecido en el sub numeral 13.2 del numeral XIII de la Directiva N° 003-2020-OSCE/CD “Disposiciones aplicables para el acceso y registro de información en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE”. 4. Las Entidades pueden aprobar directivas complementarias a los presentes lineamientos para el desarrollo de las contrataciones objeto de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1559, debiendo cautelar que el ejercicio de esta facultad no afecte la gestión oportuna de dichas contrataciones. 5. Las Entidades cautelan la correcta aplicación de los presentes lineamientos y de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1559. 2190224-1 EDUCACIÓN Designan Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Recursos Humanos del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario – PEIP Escuelas Bicentenario RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 00047-2023-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/DIEJE Lima, 21 de junio de 2023VISTOS:i) El Informe N° 00134-2023-MINEDU/VMGI/PEIP- EB/OA-URH, de la Unidad de Recursos Humanos; ii) El Memorándum N° 00392-2023-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/OPP, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; iii) El Memorándum N° 00282-2023-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/OA-URH, de la Unidad de Recursos Humanos; iv) El Memorándum N° 00225-2023-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/DIEJE, de la Dirección Ejecutiva; v) El Informe N° 00081-2023-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/OA, de la O fi cina de Administración; y vi) El Informe Nº 00128-2023-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2020-MINEDU, se crea el Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario, en adelante PEIP Escuelas Bicentenario, con el objeto de ejecutar una cartera de inversiones constituida por setenta y cinco proyectos de inversión de las Instituciones Educativas de Lima Metropolitana y de las Instituciones Educativas Emblemáticas ubicadas en ocho departamentos y la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 338-2020-MINEDU, se aprueba el Manual de Operaciones del PEIP Escuelas Bicentenario (en adelante MOP del PEIP Escuelas Bicentenario), que establece en su artículo 2 que es un Proyecto Especial que cuenta con autonomía técnica, económica, fi nanciera y administrativa, en el marco del Decreto de Urgencia N° 021-2020;Que, de acuerdo a los artículos 7 y 8 del MOP del PEIP Escuelas Bicentenario, el Director Ejecutivo es la máxima autoridad administrativa del PEIP, responsable de la dirección y administración general, quien ejerce funciones ejecutivas, de administración y representación del PEIP, encontrándose entre sus funciones la de designar y remover a los titulares de los órganos del PEIP y puestos de con fi anza; Que, el numeral 9.2 del artículo 9 del Decreto Supremo N° 119-2020-EF, Reglamento de Proyectos Especiales de Inversión Pública en el marco del Decreto de Urgencia N° 021-2020, Decreto de Urgencia que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de proyectos especiales de inversión pública, regula los requisitos mínimos para ocupar los puestos de responsabilidad directiva que sean de libre designación y remoción; Que, asimismo, mediante Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, se regulan diferentes requisitos para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio, entre otros, de los funcionarios de las entidades comprendidas en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; Que, a través la Resolución Directoral Ejecutiva N° 00041-2023-MINEDU/VMGI/PEIP-EB/DIEJE, de fecha 16 de junio de 2023, se resuelve disponer la designación temporal de la señora KARLA PAOLA GARCÍA CRUZ, en las funciones del cargo de Director del Sistema Administrativo II de la Unidad de Recursos Humanos del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario – PEIP Escuelas Bicentenario, en adición a sus funciones de Coordinador/a II en la Organización de los Subsistemas Administrativos de los Recursos Humanos en la referida Unidad, a partir del 17 de junio de 2023 y en tanto se designe al titular del referido cargo; Que, mediante el Informe N° 00134-2023-MINEDU/ VMGI/PEIP-EB/OA-URH, la Unidad de Recursos Humanos concluye que revisada la hoja de vida documentada de la señora Karla Paola García Cruz, la citada profesional cumple con los requisitos establecidos en la Resolución Ministerial Nº 338-2020-MINEDU, el artículo 09 del Decreto Supremo Nº 119-2020-EF y el Reglamento de la Ley N° 31419, para ser designada en el cargo de Director del Sistema Administrativo II de la Unidad de Recursos Humanos del PEIP Escuelas Bicentenario; asimismo, señala que ha suscrito las Declaraciones Juradas en las cuales declara tener conocimiento de las implicancias del artículo 381 del Código Penal, modi fi cado por la Ley N° 31676, así como cumplir con los requisitos legales para el puesto de Director de Sistema Administrativo II de la Unidad de Recursos Humanos; Que, con el Memorándum N° 00392-2023-MINEDU/ VMGI/PEIP-EB/OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal para el presente ejercicio fi scal a fi n de garantizar la sostenibilidad para el periodo de junio a diciembre de 2023, de una (01) plaza CAS de Confi anza, bajo la denominación de Director del Sistema Administrativo II de la Unidad de Recursos Humanos; Que, mediante el Informe Nº 00128-2023-MINEDU/ VMGI/PEIP-EB/OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que de acuerdo con lo previsto en el Decreto Supremo Nº 119-2020-EF, el Manual de Operaciones del PEIP Escuelas Bicentenario, aprobado por Resolución Ministerial Nº 338-2020-MINEDU, la Ley N° 31419 y su Reglamento, resulta legalmente viable efectuar la designación de la señora Karla Paola García Cruz en el cargo de Director del Sistema Administrativo II de la Unidad de Recursos Humanos del PEIP Escuelas Bicentenario; Con los vistos de la O fi cina de Administración, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; en el Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto