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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (24/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Sábado 24 de junio de 2023 El Peruano / Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinado a fi nanciar el control gubernamental en gasto de inversión en el marco de la Ley N° 31358 de los proyectos de inversión “Erradicación de la mosca de la fruta en los departamentos de Piura, Tumbes, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas, Apurímac, Cusco y Puno” (CUI Nº 2343984) y “Mejoramiento de la inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario y piensos” (CUI N° 2344004); Que, con la Resolución Jefatural-0181-2022- MIDAGRI-SENASA publicada el 1 de diciembre 2022 en el diario o fi cial El Peruano, se aprueba la segunda transferencia fi nanciera del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, Unidad Ejecutora 002: Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria - PRODESA, hasta por la suma de S/ 1’054,547.00 (un millón cincuenta y cuatro mil quinientos cuarenta y siete y 00/100 soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinado a fi nanciar el control gubernamental en gasto de inversión en el marco de la Ley N° 31358 de los proyectos de inversión “Erradicación de la mosca de la fruta en los departamentos de Piura, Tumbes, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas, Apurímac, Cusco y Puno” (CUI Nº 2343984) y “Mejoramiento de la inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario y piensos” (CUI N° 2344004);Que, con el INFORME-0021-2023-MIDAGRI- SENASA-PRD-PRODESA_UGP_1, la Unidad Ejecutora 002: Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria - PRODESA mani fi esta que durante el año fi scal 2022 se efectuaron dos (2) transferencias fi nancieras a favor de la Contraloría General de la República con el propósito de fi nanciar el control gubernamental en el marco de la Ley Nº 31358 de los proyectos de inversión con CUI Nº 2343984 y 2344004, sin considerar el proyecto de inversión “Erradicación de las enfermedades del ganado porcino en el Perú” (CUI Nº 2343996); Que, la Unidad Ejecutora 002: Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria - PRODESA señala que, previo análisis de la proyección de la ejecución al cierre del presente periodo fi scal, se ha identi fi cado la existencia de recursos presupuestarios que permitirán realizar la tercera transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República hasta por la suma de S/ 1’199,998.94 (un millón ciento noventa y nueve mil novecientos noventa y ocho y 94/100 soles), en la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, procediéndose a realizar las habilitaciones de cadenas programáticas, así como a realizar las modi fi caciones presupuestales en el Nivel Funcional Programático con cargo al presupuesto asignado para el “Programa de Desarrollo de la Sanidad Agraria y la Inocuidad Agroalimentaria Fase II”, cuyo detalle a nivel de proyecto es el siguiente: CUI ProyectoMonto Solicitado (S/) Ofi cio N° 000827-2022- CG/SGE1ª Transferencia 20222ª Transferencia 20223ª Transferencia 2023 2343984Erradicación de la mosca de la fruta en los departamentos de Piura, Tumbes, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas, Apurímac, Cusco y Puno2’414,033.40 927,450.00 486,584.00 999,999.40 2343996Erradicación de las enfermedades en el ganado porcino en el Perú309,446.47 0.00 0.00 0.00 2344004Mejoramiento de la inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario y piensos1’840,398.54 1’072,436.00 567,963.00 199,999.54 Total 4’563,878.41 1’999,886.00 1’054,547.00 1’199,998.94 Que, a través del INFORME-0032-2023-MIDAGRI- SENASA-OPDI-UPP-LESCURRA, la Dirección de Planeamiento y Presupuesto recomienda realizar las gestiones correspondientes ante la Contraloría General de la República en cumplimiento de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, en atención a lo informado por la Unidad Ejecutora 002: Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria - PRODESA; Que, mediante el INFORME-0055-2023-MIDAGRI- SENASA-OPDI-KLARRAURI, la O fi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional mani fi esta su conformidad con el informe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto; Que, el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG y modi fi cado por el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 027-2008-AG, establece que el Jefe del SENASA es la máxima autoridad ejecutiva de la institución que ejerce funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía de la entidad; asimismo, según el literal k) del citado artículo, tiene la función de emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia; Con la visación de la Directora General (e) de la O fi cina de Plani fi cación y Desarrollo Institucional, del Director General (e) de la O fi cina de Asesoría Jurídica y del Jefe de la Unidad Ejecutora 002: Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria - PRODESA; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR la tercera transferencia fi nanciera del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, Unidad Ejecutora 002: Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria - PRODESA, hasta por la suma de S/ 1’199,998.94 (un millón ciento noventa y nueve mil novecientos noventa y ocho y 94/100 soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinado a fi nanciar el control gubernamental en gasto de inversión en el marco de la Ley N° 31358 de los proyectos de inversión “Erradicación de la mosca de la fruta en los departamentos de Piura, Tumbes, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas, Apurímac, Cusco y Puno” (CUI Nº 2343984) y “Mejoramiento de la inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario y piensos” (CUI N° 2344004), conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Jefatural. Artículo 2.- DISPONER que la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo precedente será atendida con cargo al presupuesto institucional 2023 del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, Unidad Ejecutora 002: Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria - PRODESA, en la Genérica de Gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- PRECISAR que los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son transferidos, bajo responsabilidad. Artículo 4.- ENCARGAR a la Unidad Ejecutora 002: Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria - PRODESA la responsabilidad del seguimiento y cumplimiento de los fi nes para los cuales se realiza la presente transferencia fi nanciera; por consiguiente, efectuará las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente acto resolutivo. Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano.