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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2023 (01/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de marzo de 2023 El Peruano / de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Agricultura y Riego; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Nora María Ocaña Tafur, en el cargo de Directora de la Dirección de Seguimiento y Evaluación de Políticas de la Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas del Viceministerio de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY PAREDES DEL CASTILLO Ministra de Desarrollo Agrario y Riego 2155982-1 Aprueban el “Plan de Estrategia Publicitaria 2023 del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 0034-2023-MIDAGRI-SG Lima, 27 de febrero de 2023VISTOS:El Informe N° 003-2023-MIDAGRI-SG/OCOIM, de la Ofi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, sobre la propuesta de Plan de Estrategia Publicitaria 2023, del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Memorando N° 0295-2023-MIDAGRI-SG/OGPP y el Informe Nº 230-2023-MIDAGRI-SG/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, los objetivos de la Ley N° 28874, “Ley que regula la publicidad estatal”, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 15 de agosto de 2006, es establecer los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión, así como fi scalizar la transparencia y racionalidad en el uso de los recursos públicos para la contratación de servicios de publicidad en prensa escrita, radio y televisión; Que, el artículo 2 de la citada Ley, modi fi cada por el artículo 1 de la Ley N° 31515, señala que se entiende por publicidad institucional, a aquella que tiene por fi nalidad promover conductas de relevancia social, tales como el ahorro de energía eléctrica, la preservación del medio ambiente, el pago de impuestos, entre otras, así como la difusión de la ejecución de los planes y programas a cargo de las entidades y dependencias; Que, los literales a) y d) del artículo 3 de la citada Ley N° 28874, disponen que, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, para la autorización de la realización de publicidad estatal, deberá cumplir, como requisito, con un “Plan de Estrategia Publicitaria” acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, las cuales deben adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales, y contar con un proyecto de presupuesto para llevar a cabo las acciones comprendidas en las campañas; Que, asimismo, los literales b) y c) del artículo 58 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, establecen que la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional es la unidad de organización que tiene como función diseñar y elaborar, planes y estrategias entre otras, del Ministerio así como proponer, diseñar, coordinar, implementar, supervisar, dar seguimiento y evaluar el Plan de Estrategia publicitaria del Ministerio; Que, bajo dicho contexto, a través del Informe N° 003-2023-MIDAGRI-SG-OCOIM, la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional – OCOIM, propone y sustenta la necesidad de aprobar el “Plan de Estrategia Publicitaria 2023 del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego”, que tiene como objetivo general realizar la difusión de mensajes claves, en medios de comunicación masivos y alternativos para informar sobre la implementación de las políticas priorizadas del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, a través del Informe N° 0034-2023-MIDAGRI- SG/OGPP-OPLA, de la O fi cina de Planeamiento y del Informe N° 066-2022-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES, de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, emitieron opinión técnica favorable sobre la citada propuesta, habiendo hecho suyo dichos informes la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto mediante Memorando N° 0295-2023-MIDAGRI-SG/OGPP; y, mediante Informe Nº 230-2023-MIDAGRI-SG/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica ha otorgado su opinión legal favorable para su aprobación; Que, en consecuencia, resulta pertinente aprobar el “Plan de Estrategia Publicitaria 2023 del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego”, propuesto por la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI; Con las visaciones del Director de la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 28874, “Ley que regula la publicidad estatal” y su modi fi catoria, Ley Nº 31515; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI; y, estando a la delegación de facultades establecida en la parte pertinente del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0005-2023-MIDAGRI, del 5 de enero de 2023; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR el “Plan de Estrategia Publicitaria 2023 del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego”, el mismo que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- DISPONER que la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional coordine, supervise y evalúe el cumplimiento de lo establecido en el “Plan de Estrategia Publicitaria 2023 del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego”. Artículo 3.- DISPONER que la presente Resolución Ministerial y su Anexo, sean publicados en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de la publicación de la referida Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ALFONSO ZUAZO MANTILLA Secretario General 2155819-1 Aprueban el redimensionamiento del Bosque de Producción Permanente del departamento de Huánuco, respecto la Zona 2A RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000049-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE Magdalena del Mar, 28 de febrero del 2023