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25 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de marzo de 2023 El Peruano / 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Direcció n General de Presupuesto Pú blico las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporació n de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos del Gobierno Nacional y en los gobiernos regionales involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cació n Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. La O fi cina de Presupuesto de los gobiernos locales elaboran las correspondientes “Notas de Modi fi cació n Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo establecido en la presente norma. Artículo 3.- Monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Ministerio del Ambiente y el Ministerio del Interior son responsables de efectuar el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales fueron entregados los recursos de acuerdo a la solicitud realizada por dichos Ministerios. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artí culo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2156037-3 Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 a favor de un Pliego del Gobierno Nacional DECRETO SUPREMO Nº 026-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante el O fi cio Nº 000110-2023/IN/DM, el Ministerio del Interior solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, a favor de la Superintendencia Nacional de Migraciones, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para fi nanciar la adquisición de libretas y láminas de seguridad para la emisión del pasaporte electrónico; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 000270-2023-UPP-MIGRACIONES, de la Unidad Planeamiento y Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Superintendencia Nacional de Migraciones, con los respectivos sustentos; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 6 547 445,00 (SEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), a favor de la Superintendencia Nacional de Migraciones, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que dichos recursos, por su naturaleza y coyuntura, no han sido previstos en el presupuesto institucional del mencionado pliego en el presente Año Fiscal; De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 6 547 445,00 (SEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), a favor de la Superintendencia Nacional de Migraciones, para fi nanciar la adquisición de libretas y láminas de seguridad para la emisión del pasaporte electrónico”, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 6 547 445,00 =========== TOTAL EGRESOS 6 547 445,00 =========== A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 073 : Superintendencia Nacional de Migraciones CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5005376 : Fortalecimiento de los Servicios Migratorios FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 6 547 445,00 =========== TOTAL EGRESOS 6 547 445,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite