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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MARZO DEL AÑO 2023 (01/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de marzo de 2023 El Peruano / Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y, en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora DELIA INES ROSARIO MEJIA SANDOVAL en el cargo de con fi anza de Coordinadora de la Sub Unidad de Potencial Humano de la Unidad de Administración del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese.NANCY TOLENTINO GAMARRA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2155908-1 Aprueban el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Año 2023” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 104-2023-MIMP Lima, 28 de febrero de 2023VISTOS, el Informe N° D000001-2023-MIMP-OGD de la O fi cina de Gestión Descentralizada, el Memorándum N° D000045-2023-MIMP-OGMEPGD de la O fi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO: Que, la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, establecida en el artículo 188 de la Constitución Política del Perú, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país, disponiéndose que el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, por su parte, el artículo 3 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, dispone que la descentralización tiene como fi nalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país mediante la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en bene fi cio de la población; Que, el artículo 83 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece la constitución de Comisiones Sectoriales de Transferencia, presididas por un Viceministro del Sector correspondiente, las cuales proponen planes anuales de transferencia para su presentación a la actual Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, conforme a lo dispuesto por el literal b) del numeral 7.2 de la Directiva N° 001-2023-PCM-SD “Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales” aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 003-2023-PCM/SD, el Plan Anual es aprobado por Resolución Ministerial publicada en el diario o fi cial El Peruano, y lo presenta a la Secretaría de Descentralización a más tardar el último día hábil de febrero de cada año; Que, con Resolución Ministerial N° 802-2006-MIMDES, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 125-2012- MIMP y por Resolución Ministerial N° 245-2012-MIMP se constituyó la Comisión Sectorial de Transferencia de los Programas Sociales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), a cargo de elaborar los Planes Anuales de Transferencia Sectorial a partir del año 2007, precisándose que la O fi cina de Gestión Descentralizada de la O fi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada del MIMP, actuará como Secretaría Técnica de la Comisión; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal b) del artículo 39 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 208-2021-MIMP, la O fi cina de Gestión Descentralizada de la O fi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, es la unidad orgánica responsable de formular y proponer en coordinación con las unidades orgánicas y programas nacionales el Plan Anual Sectorial de Transferencia, de acuerdo a la normatividad vigente; Que, mediante Memorándum N° D000045-2023- MIMP-OGMEPGD la O fi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada remite el Informe N° D000001-2023-MIMP-OGD, a través del cual la O fi cina de Gestión Descentralizada sustenta la necesidad de la aprobación del “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Año 2023”, que adjunta y como anexo forma parte de la presente resolución; Que, en los mencionados documentos la O fi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada señala que el proyecto de Plan cuya aprobación se propone ha sido elaborado de acuerdo a la Directiva N° 001-2023-PCM-SD “Directiva para la Formulación de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales”, a lo señalado en el Plan Operativo Institucional (POI) 2023 consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) 2023 del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 392-2022-MIMP que considera la actividad operativa “Dirección en el seguimiento, evaluación de políticas y gestión descentralizada”, dentro de la cual se considera la “Formulación y seguimiento del Plan Anual de Transferencia”; así como teniendo en cuenta los aportes y sugerencias alcanzadas por las unidades orgánicas y programas nacionales dependientes de los Despachos Viceministeriales de la Mujer y de Poblaciones Vulnerables; el mismo que ha sido aprobado por unanimidad, en las sesiones de la Comisión Sectorial de Transferencia de los Programas Sociales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - CST, según consta del Acta de fecha 24 de febrero de 2023, en el cual se encarga a la Secretaría Técnica de dicha Comisión proceder con las acciones pertinentes para la emisión de la Resolución Ministerial correspondiente; Con la visación del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, del Despacho Viceministerial de la Mujer, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer