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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MARZO DEL AÑO 2023 (22/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de marzo de 2023 El Peruano / Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Legislativo No 1448, Decreto Legislativo que modifica el artículo 2 del Decreto Legislativo No 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, y perfecciona el marco institucional y los instrumentos que rigen el proceso de mejora de calidad regulatoria, establece que la mejora de la calidad regulatoria es un proceso ordenado, integral, coordinado, gradual y continuo orientado a promover la eficiencia, eficacia, transparencia y neutralidad en el ejercicio de la función normativa del Estado. Fomenta una cultura de gestión gubernamental centrada en el ciudadano, por la cual la Administración Pública decide usar la regulación como un instrumento para alcanzar un objetivo de política pública, adoptando la decisión de regular basado en evidencia, racionalidad, evaluación de sus posibles impactos y cargas administrativas con la finalidad de generar y facilitar el desarrollo integral y bienestar social; y el artículo 5 del mismo Decreto, considera al Análisis de Impacto Regulatorio como un instrumento para la mejora de la calidad regulatoria; Que, a su vez, mediante Decreto Supremo N°063- 2021-PCM, se aprueba el Reglamento que desarrolla el marco institucional que rige el proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los lineamientos generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, el cual en su numeral 18.1 del artículo 18 establece que, la entidad pública es responsable de organizar equipos multidisciplinarios de trabajo en base a la necesidad y complejidad de la materia a desarrollar en el AIR Ex Ante, en el marco de los lineamientos que se establezcan en el Manual para la aplicación del AIR Ex Ante; Que, el Manual la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) Ex Ante, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 151-2021-PCM, busca proveer una guía sobre los elementos más relevantes para la aplicación del AIR, incluye información sobre sus componentes y provee formatos que ayudan a las entidades públicas a ordenar y sistematizar los resultados de las evaluaciones hechas sobre un problema público; Que, en la Sección IV del citado Manual, dispone de criterios para conformar los equipos técnicos multidisciplinarios de las entidades públicas del Poder Ejecutivo, de acuerdo a lo siguiente: i) Contar con profesionales de diversas disciplinas que colaboren al análisis integral del AIR, que incluyen, pero no se limitan a abogados, economistas, metodólogos, etc; ii) experiencia en la elaboración e implementación de regulaciones y iii)Profesionales comprometidos con la Mejora de la Calidad Regulatoria en el Perú; así también, en la Sección I, menciona que la reforma AIR, lo que se busca es comprender los principios del ACR dentro de un análisis integral que robustezca la práctica regulatoria en el Perú; es decir la metodología ACR se conservará como un módulo del análisis AIR, en caso de proyectos normativos analizados (bajo el ámbito de aplicación del AIR) involucre la creación o modi fi cación de procedimientos administrativos; Que, en ese sentido, a fi n de fortalecer la implementación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante y en cumplimiento de los precitados documentos, corresponde formalizar la conformación del equipo técnico multidisciplinario del Análisis de Impacto Regulatorio del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa - SINEACE; Que, mediante Informe Legal N° 000120-2023-SINEACE/P-GG-OAJ, del 14 de marzo de 2023, la O fi cina de Asesoría Jurídica, en atención a los fundamentos previos, se observa que se cumple con estipulado por la normativa vigente; por lo tanto, corresponde emitir el acto resolutivo que disponga la aprobación de la citada conformación de los miembros del Equipo técnico multidisciplinario del Análisis de Impacto Regulatorio del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – SINEACE;Que, de acuerdo al literal a) del artículo 10 de la Norma que de fi ne la estructura funcional no orgánica transitoria del Sineace en su calidad de entidad en reorganización , aprobada mediante Resolución de Presidencia Nº 000023-2021-SINEACE/CDAH-P, del 27 de marzo de 2021, Presidencia tiene como una de sus funciones, aprobar y supervisar la implementación de políticas, planes, lineamientos, directivas y demás documentos de gestión que permitan ejecutar las funciones necesarias para el funcionamiento de la entidad.; Con el visto bueno de la Gerencia General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa, lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, Decreto Supremo N°063-2021-PCM, Reglamento que desarrolla el marco institucional que rige el proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los lineamientos generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante; Resolución de Secretaría de Gestión Pública N°008-2021-PCM-SGP, que aprueba el Plan de Implementación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante; Resolución Ministerial N°151-2021-PCM, que aprueba el Manual para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante; y la Norma que de fi ne la estructura funcional no orgánica transitoria del Sineace en su calidad de entidad en reorganización, aprobada por Resolución de Presidencia N° 00023-2021-SINEACE/CDAH-P. SE RESUELVE:Artículo 1.- CONFORMAR el Equipo Técnico Multidisciplinario del Análisis de Impacto Regulatorio del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – SINEACE, integrado por: Dirección/O fi cina Representante Titular Representante Alterno Dirección de evaluación y certi fi cación de com- petenciasLuisa Fernanda Córdova VeraElio Paul Valverde Yparraguirre Dirección de evaluación y acreditación en edu-cación superior y técnico productivaMaría Rosa Malásquez SoteloMaritza Elizabeth García Riveros Dirección de Evaluación y PolíticasMaría Esther Correa MartinezMaría Clelia Zagal Heredia Dirección de Supervisión e InstrucciónMayda Alcántara PantaAdán Gabriel Sandoval Gamarra Ofi cina de Plani fi cación y PresupuestoPaul Antonio Santivañez KuongJimena Mezarina Muriel Ofi cina de AdministraciónRolando Macedo RamírezMario Juvenal Luján Serafín Ofi cina de Asesoría JurídicaCristian Manuel Silva RomeroKatherin Ramírez Sancarranco Ofi cina de Comuni- caciones e Imagen InstitucionalMaribel Acuña Coronado César Cárdenas Javier Gerencia GeneralJerry Espinoza Sal- vatierraMartín Rodolfo Pittman Castro Artículo 2.- DISPONER que el Equipo Técnico Multidisciplinario del Análisis de Impacto Regulatorio del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – SINEACE coadyuve en la elaboración de los proyectos normativos establecidos en la Agenda Temprana institucional y otras propuestas normativas correspondientes. Artículo 3.- PRECISAR que el Equipo Técnico Multidisciplinario del Análisis de Impacto Regulatorio del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – SINEACE se encuentra facultado para proponer y elaborar los documentos normativos que sean necesarias para el