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86 NORMAS LEGALES Jueves 4 de mayo de 2023 El Peruano / funciones de promoción de la cultura de la prevención, mediante la educación para la preservación del ambiente a través de una Ordenanza Municipal aprobada por el Concejo Municipal; Estando a lo expuesto, de acuerdo a lo establecido en las normas descritas y a los informes técnicos emitidos por las unidades de organización competentes, resulta viable el aprobar la Ordenanza que aprueba el PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA – PROGRAMA MUNICIPAL EDUCCA LA MOLINA; En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º numerales 7), 8) y 35), 39°, 40°, 44° y 82° numeral 13) de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y con el voto favorable de ocho miembros del Concejo presentes (unánime), se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA– PROGRAMA MUNICIPAL EDUCCA LA MOLINA Artículo Primero.- APROBAR el PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA – PROGRAMA MUNICIPAL EDUCCA LA MOLINA, el mismo que como Anexo, forma parte de la presente Ordenanza, y cuyo texto íntegro será publicado en la Página Institucional de la Municipalidad Distrital de La Molina. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Sostenible y Servicios a la Ciudad, a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, a la Gerencia de Tecnologías de Información, a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional y la Gerencia de Participación Vecinal, y demás unidades de organización competentes, a adoptar las acciones para la implementación de la presente Ordenanza, en el marco de sus respectivas competencias. Artículo Tercero.- Corresponde a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional la asignación del presupuesto anual para la ejecución del PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA – PROGRAMA MUNICIPAL EDUCCA LA MOLINA, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- ESTABLECER la realización anual de una evaluación y reporte público de los resultados de cada Plan de Trabajo, como mecanismo para hacer ajustes de proceso y mejoras en el Plan de Trabajo del año siguiente. Al fi nal de cada periodo de gobierno corresponde hacer una evaluación y reporte público de los resultados logrados con el Programa Municipal EDUCCA, así como proceder a su actualización o reformulación. Artículo Quinto.- REMITIR la presente Ordenanza Municipal, así como el Anexo de la misma, al Ministerio del Ambiente para los fi nes de registro en los mecanismos de seguimiento a la implementación de los objetivos de desarrollo sostenible, de las políticas y normativa ambiental vigentes, la evaluación del desempeño ambiental local, así como su difusión vía el informe nacional del estado del ambiente. Artículo Sexto.– SEÑALAR la excepción de la pre-publicación de la presente Ordenanza por resultar innecesaria, en el presente caso. Artículo Séptimo.– ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia de Tecnologías de Información la publicación del íntegro de la Ordenanza en el Portal Institucional (www.munimolina.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ESTEBAN UCEDA GUERRA GARCIA Alcalde 2173980-1Actualizan denominación de diversas unidades de organización titulares de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, y dictan otras disposiciones DECRETO DE ALCALDÍA N° 001-2023/MDLM La Molina, 18 de abril de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MOLINAVisto; el Memorándum N° 392-2023-MDLM-GM, de fecha 05 de abril de 2023, de la Gerencia Municipal, el Informe N° 033-2023-MDLM-GPPDI, de fecha 16 de marzo de 2023, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional y el Informe N° 033-2023-MDLM-GPPDI-SPIME de fecha 16 de Marzo de 2023, de la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización del Estado, mediante los cuales se formula la propuesta de modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Entidad, en atención a las últimas normativas generadas, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe N° 033-2023-MDLM-GPPDI- SPIME, de fecha 16 de marzo de 2023, la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización del Estado, ha sustentado la necesidad de realizar la adecuación del TUPA vigente de la entidad, a lo establecido en la Ley N° 31603 y la Ordenanza N° 411/MDLM, mediante un Decreto de Alcaldía, lo cual además permitirá fi nalizar el proceso de Carga Inicial del TUPA vigente de la entidad, en el Sistema Único de Trámites (SUT), lo que permitirá que se consoliden las modi fi caciones y actualizaciones aprobadas y establecidas en las normas emitidas por la Entidad respecto del TUPA vigente, de manera acorde con el Formato establecido en la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 004-2018-PCM-SGP, que incorpora las modi fi caciones antes referidas; Que, mediante el Informe N° 033-2023-MDLM- GPPDI, de fecha 16 de marzo de 2023, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional encuentra conforme el Informe N° 033-2023-MDLM-GPPDI-SPIME y corre traslado de los actuados, a fi n que se continúen con las gestiones para la emisión del propuesto Decreto de Alcaldía, mediante el cual se actualicen los datos del TUPA vigente; Que, mediante el Informe Nº 050-2023-MDLM-GAJ, de fecha 29 de marzo de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye en el sentido que: • Se advierte que de acuerdo a lo previsto en los artículos 39°, 40°, 42° y 43° del Reglamento de Organización y Funciones, cuya versión actualizada ha sido aprobada mediante Ordenanza N° 411/MDLM, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, a través de la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización del Estado, constituye la unidad de organización competente y es la unidad conducente del proceso de evaluación, formulación, consolidación, actualización y registro entre otros instrumentos de gestión del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), comprendiendo en ese sentido, todas las acciones que guarden relación con dicho instrumento de gestión, tales como la fi nalización de la carga inicial que dicha gerencia realizó en el Sistema Único de Trámites (SUT). • Conforme a lo indicado en el Informe N° 033-2023-MDLM-GPPDI e Informe N° 033-2023MDLM-GPPDI-SPIME, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional y de la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Modernización del Estado, respectivamente, al haber realizado una carga inicial del TUPA vigente de la entidad en el SUT, requieren fi nalizar la misma.