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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MAYO DEL AÑO 2023 (05/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 73

73 NORMAS LEGALES Viernes 5 de mayo de 2023 El Peruano / en el Decreto Legislativo N° 1127, que crea la SUCAMEC, el Decreto Supremo N° 004-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, modi fi cado por Decreto Supremo N° 017-2013-IN; Con el visado del Gerente General y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar, durante el Ejercicio Fiscal 2023, en el Jefe de la O fi cina General de Administración, la facultad de suscribir contratos de comodato. Artículo 2°.- El Jefe de la O fi cina General de Administración deberá informar al Despacho del Superintendente Nacional sobre las acciones realizadas en virtud de la facultad conferida en el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 3°.- La facultad conferida al Jefe de la Ofi cina General de Administración de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, constituye facultad de carácter indelegable, por lo que solo podrá ser ejercida por el mismo. Artículo 4°.- Notifi car la presente resolución al Jefe de la Ofi cina General de Administración para su conocimiento y cumplimiento. Artículo 5°.- Publicar la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC ( www.gob.pe/sucamec ). Regístrese, comuníquese y publíquese.TEÓFILO MARIÑO CAHUANA Superintendente Nacional 2174940-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Crean el Juzgado de Paz del Centro Poblado Pampacancha, Corte Superior de Justicia de Cajamarca Presidencia del Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000081-2023-P-CE-PJ Lima, 4 de mayo del 2023VISTO: El O fi cio N° 000106-2023-VPES-D-CE-PJ cursado por el señor Vicente Paúl Espinoza Santillán, Consejero Responsable de la Justicia de Paz y Justicia Indígena; así como el O fi cio N° 000384-2023-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, sobre la creación de un Juzgado de Paz en el Distrito Judicial de Cajamarca. CONSIDERANDO:Primero. Que, la Gerencia General del Poder Judicial remite a la Presidencia de este Órgano de Gobierno el ofi cio cursado por la Jefatura de la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, mediante el cual hace de conocimiento que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca propone la creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Pampacancha, distrito de Lajas, provincia de Chota, departamento de Cajamarca y Distrito Judicial de Cajamarca.Segundo. Que, los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y la Jefatura de la Ofi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, concluyen que es factible la creación del juzgado de paz materia de propuesta. Tercero. Que, conforme a lo establecido en los incisos 24), 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modi fi car sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Cuarto. Que, este Poder del Estado tiene dentro de sus objetivos principales mejorar y ampliar el acceso a la justicia; por lo que, resulta procedente la propuesta presentada, al encontrarse acreditado que la población de la referida localidad requiere de un órgano jurisdiccional que reduzca las barreras de acceso a la justicia (económica, geográ fi ca, lingüística y cultural), permitiendo que los justiciables tengan una adecuada y accesible administración de justicia acorde a sus necesidades, que se enmarca dentro de las 100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de Personas en Condiciones de Vulnerabilidad, a las cuales se adhirió el Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 266-2010-CE-PJ, y aprobó su adhesión a la actualización de las citadas Reglas por Resolución Administrativa N° 198-2020-CE-PJ, cuyo objetivo es garantizar las condiciones de acceso efectivo a la justicia de personas en situación de vulnerabilidad, sin discriminación alguna, por medio de políticas, medidas, facilidades y apoyo que permita a dichas personas el acceso a los servicios del sistema judicial; y así garantizar plenamente sus derechos fundamentales en igualdad de condiciones. Por estos fundamentos; la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con los mencionados informes; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución Administrativa N° 272-2018-CE-PJ, de fecha 8 de noviembre de 2018. RESUELVE:Artículo Primero.- Crear el Juzgado de Paz del Centro Poblado Pampacancha, con competencia territorial en el Centro Poblado Pampacancha (sede); así como en los Caseríos Quinuapampa, Sinrra, Socorro, San Carlos Alto, San José Alto, Virgen del Carmen Centro y Virgen del Carmen Alto, distrito de Lajas, provincia de Chota y departamento de Cajamarca, comprensión de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca. Artículo Segundo.- Disponer que por intermedio de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, se efectúen las coordinaciones administrativas y logísticas con la Municipalidad del Centro Poblado de Pampacancha, para la implementación del Juzgado de Paz creado, a fi n de lograr su óptimo funcionamiento con las condiciones de seguridad e idoneidad para el servicio de administración de justicia. Artículo Tercero.- Disponer que la Corte Superior de Justicia de Cajamarca entregue el equipo mobiliario indispensable, para la prestación del servicio de administración de justicia. Artículo Cuarto.- Los límites geográ fi cos del órgano jurisdiccional materia de creación, son los que aparecen descritos en el informe de la Jefatura de la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, que en documento anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Cajamarca, O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2174955-4