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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2023 (19/05/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Viernes 19 de mayo de 2023 El Peruano / de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”; Que, asimismo, el Decreto Supremo Nº 088-2001- PCM, establece en su artículo 1 que para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes a los ciudadanos se requiere contar con autorización de Ley expresa. De igual manera, el artículo 2 de la citada norma, señala que el Titular de la entidad mediante Resolución que deberá ser publicada establecerá: la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago. Toda modi fi cación a dicha Resolución deberá aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, por Resolución de Secretaría General Nº 178- 2015- PROMPERÚ/SG y modi fi catorias, se aprobó la Carta de Servicios de PROMPERÚ, como documento de gestión que contiene la descripción de los servicios no exclusivos brindados por PROMPERÚ, así como las condiciones y limitaciones para su prestación, incluyendo el precio de venta y descuentos en los servicios que corresponden; Que, con Resolución de Secretaría General Nº 082-2010-PROMPERÚ/SG, se aprobó el Procedimiento para la determinación y aprobación del precio de venta o descuento de los servicios no exclusivos - Versión 01, el cual establece los lineamientos para la determinación y aprobación de los precios de venta de los servicios no exclusivos que comercializa PROMPERÚ, y que no han sido fi jados en la Carta de Servicios; Que, según el literal f) del artículo 22 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, corresponde a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, conducir y supervisar el proceso de formulación y actualización de políticas, directivas, procedimientos, manuales y otros documentos necesarios para la gestión institucional; Que, con Memorandos Nros. 208, 294 y 437-2023-PROMPERÚ/DX-SPC de la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones mani fi esta que, en el marco de las actividades de promoción de l as exportaciones programadas para el presente año, tiene prevista la participación de la edición 2023 de las siguientes ferias internacionales: PREMIERE VISION PARIS, FANYF y FIME, edición 2023; razón por la cual solicita la determinación y aprobación de los precios de venta correspondientes; Que, mediante los Memorandos Nº 174 y 177 -2023-PROMPERÚ/GG-OPP la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto propone a la O fi cina de Administración el detalle de precios de venta de las ferias indicadas por la Subdirección de Promoción Comercial ; Que, a través de los Memorandos Nº 622 y 623-2023-PROMPERÚ/GG-OAD, la O fi cina de Administración mani fi esta su conformidad respecto a los costos estimados por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto como precios de venta para la las ferias descritas en los considerandos precedentes; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe de Vistos, recomienda que se continúe con el trámite correspondiente para la aprobación de los precios de venta correspondientes para las actividades de promoción señaladas en los considerandos anteriores; Que, a través del documento de Vistos, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina de manera favorable a la recomendación realizada por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, atendiendo a que la misma ha sido realizada según las pautas señaladas en la normativa de la materia; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del ROF de PROMPERÚ, y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000005-2023-PROMPERÚ/PE; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 042-2023-PROMPERÚ/PECon el visto bueno de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, la Subdirección de Promoción Comercial, la Ofi cina de Administración, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar los precios de venta por el derecho de participación en ferias internacionales y rueda de negocios, según el siguiente detalle: ServicioNombre de la ActividadLugar FechaModalidad de ParticipaciónPrecio de Venta en S/ (Inc. IGV)Precio de Venta (%UIT) Participación en Ferias Interna- cionales de ExportacionesFeria PREMIERE VISION PARIS, 2023Paris, FranciaDel 4 al 6 de julio de 2023Stand de 6 m215 987 322.970 Feria INTERNACIONAL DE NEGOCIOS Y FRANQUICIAS - FANYF 2023Bogotá, ColombiaDel 16 al 17 de agosto de 2023Espacio de negociación de 1 m22 845 57.475 Feria FLORIDA INTERNATIONAL MEDICAL EXPO - FIME, 2023Miami, La FloridaDel 21 al 23 de junio de 2023Área de exhibición en zona común de 2 m215 112 305.293 Área de exhibición en zona común de 4 m230 143 608.949 Artículo 2.- Disponer que el responsable de la actualización de la información del Portal de Trasparencia Estándar de PROMPERÚ realice la publicación correspondiente en el mencionado Portal, el mismo día de publicada la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA DEL SOL VELÁSQUEZ GARCÍA Gerente General 2179073-1 OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL Delegan facultades a diversos servidores/as de la Oficina de Normalización Previsional RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000089-2023-JF-ONP Lima, 17 de mayo del 2023VISTOS: El Memorando N° 001497-2023-OAD-ONP, del 2 de mayo de 2023, y el Memorando N° 001538-2023-OAD-ONP, del 5 de mayo de 2023, de la O fi cina de Administración; y el Informe Nº 257-2023-OAJ-ONP, del 11 de mayo de 2023 de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Ministerial N° 174-2013- EF/10 se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la ONP; Que, el último párrafo del artículo 5 de la Ley N° 28532, Ley que establece la reestructuración integral de la Ofi cina de Normalización Previsional (ONP), señala que el Jefe de la ONP puede delegar en el Gerente General o en funcionarios de alto nivel, las funciones y facultades que se le reconocen en dicho artículo, con excepción de las mencionadas en los incisos 1, 4, 5, 9, 10, 12 y 13;