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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (02/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Jueves 2 de noviembre de 2023 El Peruano / Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Coronel EP Cesar Augusto BARZOLA RODRIGUEZ, identi fi cado con DNI Nº 09332031, Director del Centro de Entrenamiento y Capacitación para Operaciones de Paz (CECOPAZ) y miembro del comité ejecutivo de la Asociación Internacional de Centros de Entrenamiento para el Mantenimiento de la Paz (IAPTC), para que participe en la 27ª Conferencia Anual de la IAPTC, a realizarse en la ciudad de Nairobi, República de Kenia, del 6 al 10 de noviembre de 2023; así como, autorizar su salida del país el 4 de noviembre y su retorno el 12 de noviembre de 2023. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Administración General, efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima – Nairobi (República de Kenia) - Lima: US$ 5,715.74 x 1 persona (incluye importe TUUA) US$ 5,715.74 Viáticos: US$ 480.00 x 1 persona x 7 días US$ 3,360.00 Total a pagar: US$ 9,075.74 Artículo 3.- El personal autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2230758-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Aprueban reconocimiento complementario denominado “Distintivo por la promoción de los servicios para el logro de los Resultados del Desarrollo Infantil Temprano - Apuesta por la Primera Infancia” y las bases de la primera edición RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº D000203-2023-MIDIS San Isidro, 31 de octubre del 2023VISTOS: El Informe Nº D000510-2023-MIDIS-DMI y el Informe Nº D000521-2023-MIDIS-DMI emitidos por la Dirección de Mecanismos de Incentivos; el Informe Nº D000121- 2023-MIDIS-DGIPAT y el Memorando Nº D001204- 2023-MIDS-DGIPAT emitidos por la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial; el Memorando Nº D000545-2023-MIDIS-VMPES emitido por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Informe Nº D000352-2023-MIDIS-OGPPM emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº D000207-2023-MIDIS-OPI emitido por la O fi cina de Planeamiento e Inversiones; el Informe Nº D000149-2023-MIDIS-OM emitido por la O fi cina de Modernización; y el Informe NºD000582-2023-MIDIS-OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose que el Ministerio tiene por fi nalidad mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector público, el sector privado y la sociedad civil; Que, la Resolución Suprema Nº 023-2019-EF aprueba el Programa Presupuestal orientado a Resultados de Desarrollo Infantil Temprano, en el cual se establece que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social es el responsable del Programa Presupuestal orientado a Resultados de Desarrollo Infantil Temprano; del mismo modo, el numeral 2.3 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 006-2021-MIDIS, que aprueba disposiciones para la articulación y actuación conjunta para la implementación del Programa Presupuestal orientado a Resultados de Desarrollo Infantil Temprano, señala que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, como entidad responsable del PPoR DIT, se encuentra a cargo de: (i) la gestión estratégica del PPoR DIT y (ii) la gestión operativa del PPoR DIT; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2022-MIDIS se aprueba la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (PNDIS) al 2030, cuyo objetivo es reducir la exclusión social y la pobreza en todas las etapas del ciclo de vida, superando las barreras asociadas a esta exclusión social; lo que implica que el MIDIS promueve la articulación y movilización de las intervenciones propias y de diversos sectores y niveles de gobierno. La PNDIS considera que sus objetivos prioritarios se encuentran alineados con la Política General de Gobierno para el presente mandato presidencial, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 042-2023-PCM; Que, de acuerdo a los artículos 74º y 75º del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio, aprobado a través de la Resolución Ministerial Nº 073-2021-MIDIS, la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial es el órgano de línea, dependiente del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, responsable de conducir la gestión y supervisión de los mecanismos de incentivos y del fortalecimiento de capacidades para la implementación de las políticas nacionales en materia de desarrollo e inclusión social; Que, asimismo, los artículos 79º y 80º del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social establecen que la Dirección de Mecanismos de Incentivos es la unidad orgánica de línea, dependiente de la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial, responsable de diseñar, normar, gestionar y supervisar los mecanismos de incentivos que coadyuven a la implementación de la política de desarrollo e inclusión social, los cuales pueden incluir, entre otros, fondos de estímulo, obras por impuestos, asociaciones público-privadas y reconocimientos; Que, en ejercicio de sus funciones, mediante los Informes Nº D000510-2023-MIDIS-DMI, Nº D000521-2023-MIDIS-DMI y Nº D000121-2023-MIDIS-DGIPAT; así como, el Memorando Nº D001204-2023-MIDS- DGIPAT, la Dirección de Mecanismos de Incentivos y la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial, respectivamente, proponen y sustentan la creación de un mecanismo de incentivo no monetario denominado “Distintivo por la promoción de los servicios para el logro de los Resultados del Desarrollo Infantil Temprano - Apuesta por la Primera Infancia”; así como,