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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (02/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Jueves 2 de noviembre de 2023 El Peruano / 4 de la Ley Nº 31358, se han efectuado modi fi caciones presupuestarias en el presupuesto del Pliego 009 - Ministerio de Economía y Finanzas, fi nanciando la especí fi ca de gasto 2.4.2 3.1 1 - A otras unidades del Gobierno Nacional, en la Acción de Inversión 6000053 - Control Concurrente y la Finalidad 0348747 - Control Concurrente, del citado proyecto que corresponde a la Unidad Ejecutora 001 – Administración General; con lo cual, el pliego 009 – Ministerio de Economía y Finanzas cuenta con recursos disponibles hasta por la suma de S/ 106 311,43 (CIENTO SEIS MIL TRESCIENTOS ONCE Y 43/100 SOLES), que le permite efectuar una Transferencia Financiera por S/ 106 311,43 (CIENTO SEIS MIL TRESCIENTOS ONCE Y 43/100 SOLES), a favor del Pliego 019 - Contraloría General de la República, para que realice lo mencionado en el considerando precedente; asimismo, dicho monto se encuentra dentro del monto total para Control Concurrente del proyecto 2424326 - “Reforzamiento estructural de edi fi cio público en el(la) Ministerio de Economía y Finanzas en la localidad Lima, distrito de Lima, provincia Lima, departamento Lima”; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 009 - Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma de S/ 106 311,43 (CIENTO SEIS MIL TRESCIENTOS ONCE Y 43/100 SOLES), desagregado en la Unidad Ejecutora 001 - Administración General, a favor del Pliego 019 - Contraloría General de la República; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; en la Ley Nº31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023; en la Resolución Ministerial Nº 288-2022-EF/41; y, Estando a lo informado por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de transferencia fi nanciera Autorizar una transferencia fi nanciera del Pliego 009 - Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma de S/ 106 311,43 (CIENTO SEIS MIL TRESCIENTOS ONCE Y 43/100 SOLES), desagregado en la Unidad Ejecutora 001 - Administración General, a favor del Pliego 019 - Contraloría General de la República, para que ejecute los servicios de control gubernamental en gastos de inversión correspondiente al pliego Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se realiza con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 009 - Ministerio de Economía y Finanzas, Genérica de Gasto 2.4 - Donaciones y Transferencias, Especí fi ca de Gasto 2.4.2 3.1 1 - A otras unidades del Gobierno Nacional, Acción de Inversión 6000053 - Control Concurrente, Finalidad 0348747 - Control Concurrente, de acuerdo al siguiente detalle: Unidad Ejecutora Fuente de FinanciamientoProyecto Monto 001 - Administración General1 - Recursos Ordinarios2424326 “Reforzamiento estructural de edi fi cio público; en el(la) Ministerio de Economía y Finanzas, en la Localidad Lima, Distrito de Lima, Provincia Lima, Departamento Lima”106,311.43 Total Unidad Ejecutora 001 - Administración General 106,311.43 Total Pliego 009 106,311.43 Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Remisión Copia de la presente Resolución se remite a la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego 009 - Ministerio de Economía y Finanzas, para que realicen las acciones necesarias para el cumplimiento de la Transferencia Financiera. Artículo 5.- Publicación La presente Resolución Ministerial se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2230761-1 Autorizan viaje de Director de la Dirección de Asuntos de Economía Internacional a los Estados Unidos de América, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 376-2023-EF/43 Lima, 31 de octubre del 2023CONSIDERANDO:Que, mediante Carta de fecha 15 de agosto de 2023, la Secretaría del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos cursa invitación al Ministerio de Economía y Finanzas a la 30º Reunión de Ministros de Finanzas del Foro de Cooperación Económica Asia Paci fi co (APEC- FMM) y eventos conexos, que se llevarán a cabo del 10 al 13 de noviembre de 2023, en la ciudad de San Francisco, California, Estados Unidos de América; Que, la participación del Ministerio de Economía y Finanzas en los citados eventos está en línea con el objetivo de consolidar el desarrollo y la estabilidad del sistema fi nanciero y económico nacional mediante la armonización de políticas, la transparencia y la prevalencia del enfoque macroprudencial, el cual permitirá que los acuerdos que se adopten se encuentren en concordancia con los lineamientos de política económica de nuestro país y los compromisos adoptados en el marco de todos los procesos de integración económica en los que participamos como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y la Alianza del Pací fi co (AP); Que, en tal sentido, resulta importante la participación del señor Franklin Paul Thompson Loyola, Director de la Dirección de Asuntos de Economía Internacional de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas en los mencionados eventos, toda vez que la mencionada Dirección tiene entre sus funciones participar en el diseño e implementación de las estrategias de integración económica y comercial y asegurar la consistencia de los acuerdos internacionales en materia económica con la política económica general; Que, en consecuencia y siendo de interés institucional y nacional, resulta pertinente autorizar el mencionado viaje, cuyos gastos son fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a