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17 NORMAS LEGALES Jueves 2 de noviembre de 2023 El Peruano / la aprobación de las bases para la implementación de su primera edición. Este distintivo busca dar continuidad a los logros alcanzados en el marco del Premio Nacional Sello Municipal y se constituye como una herramienta que busca reconocer a los Gobierno Locales que cumplan efi cazmente con los indicadores que contribuyan a la promoción de los servicios en el territorio, a fi n de alcanzar los resultados del Desarrollo Infantil Temprano; Que, mediante Memorando Nº D000545-2023- MIDIS-VMPES el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social otorga conformidad a la creación del mecanismo de incentivo no monetario denominado “Distintivo por la promoción de los servicios para el logro de los Resultados del Desarrollo Infantil Temprano - Apuesta por la Primera Infancia” y a las bases de su primera edición. Ambos documentos propuestos por la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial; Que, asimismo, con Informe Nº D000352-2023-MIDIS- OGPPM la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe Nº D000207-2023-MIDIS-OPI, emitido por la O fi cina de Planeamiento e Inversiones, y el Informe Nº D000149-2023-MIDIS-OM, emitido por la O fi cina de Modernización, a través de los cuales se emite opinión técnica favorable sobre la creación del mecanismo de incentivo no monetario y a las bases de la primera edición del “Distintivo por la promoción de los servicios para el logro de los Resultados del Desarrollo Infantil Temprano - Apuesta por la Primera Infancia”; Que, por lo expuesto y en el marco de la normativa aplicable a la materia, resulta necesario emitir el acto resolutorio que apruebe la creación del mecanismo de incentivo no monetario denominado “Distintivo por la promoción de los servicios para el logro de los Resultados del Desarrollo Infantil Temprano - Apuesta por la Primera Infancia”; así como, las bases de la primera edición del mismo, propuesto por la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial; Con los visados del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y la Resolución Ministerial Nº073-2021-MIDIS, que prueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el reconocimiento complementario denominado “Distintivo por la promoción de los servicios para el logro de los Resultados del Desarrollo Infantil Temprano - Apuesta por la Primera Infancia”, como mecanismo de incentivo no monetario, en el marco del Premio Nacional Sello Municipal. Artículo 2.- Aprobar las bases de la primera edición del “Distintivo por la promoción de los servicios para el logro de los Resultados del Desarrollo Infantil Temprano - Apuesta por la Primera Infancia”, documento que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Facultar al Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social para que emita las disposiciones necesarias para la implementación de las Bases aprobadas por el Artículo 1. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), y en la dirección electrónica www.midis.gob.pe/sellomunicipal, en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social 2230766-1ECONOMÍA Y FINANZAS Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 375-2023-EF/41 Lima, 31 de octubre del 2023CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 288-2022-EF/41 se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos y los recursos que lo fi nancian por Fuente de Financiamiento, correspondiente al Pliego 009 - Ministerio de Economía y Finanzas para el Año Fiscal 2023, a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Proyecto, Actividad, Categoría de Gasto y Genérica del Gasto; Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, modi fi cada por la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley Nº31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), es objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, asimismo, el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 31358 señala que, para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones a que se re fi ere el artículo 1 antes citado, se destina para su fi nanciamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; Que, para tal efecto, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 31358, autoriza a los pliegos involucrados del Gobierno Nacional, entre otros, a cargo de las intervenciones a que se re fi ere el artículo 1 la citada Ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019 - Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior; disponiendo el numeral 4.2 del citado artículo que, dichas transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego del Gobierno Nacional, la cual se publica en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante O fi cio Nº 001602-2023-CG/SGE, la Contraloría General de la República solicita al Ministerio de Economía y Finanzas una Transferencia Financiera para fi nanciar el despliegue de las acciones de control a ser ejecutadas para el proyecto 2424326 - “Reforzamiento estructural de edi fi cio público en el(la) Ministerio de Economía y Finanzas en la localidad Lima, distrito de Lima, provincia Lima, departamento Lima”; lo cual se indica en el Anexo del citado O fi cio; Que, con Informe Nº 0250-2023-EF/41.03, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto mani fi esta que de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1 del artículo