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43 NORMAS LEGALES Martes 7 de noviembre de 2023 El Peruano / 71692620, y a don Eusebio Fortunato Lázaro Ramos, identi fi cado con DNI N° 19943451, candidatos no proclamados por la organización política Partido Político Nacional Perú Libre, para que asuman los cargos de regidores del Concejo Distrital de Huasicancha a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, de acuerdo con los artículos 34 y 35 de la LEM (ver SN 1.3. y 1.4.). 2.3. Dicha convocatoria se realiza de conformidad con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 23 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huancayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.4. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a doña Victoria Villazana Diego como regidora del Concejo Distrital de Huasicancha, provincia de Huancayo, departamento de Junín, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, por no haber juramentado ni asumido dicho cargo. 2.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Jhoel Saúl Pomayay Balbín como regidor del Concejo Distrital de Huasicancha, provincia de Huancayo, departamento de Junín, emitida con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, por no haber juramentado ni asumido dicho cargo. 3.- CONVOCAR a doña Rosmery Eustaquia Yaranga Meza, identi fi cada con DNI N° 71692620, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Huasicancha, provincia de Huancayo, departamento de Junín, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 4.- CONVOCAR a don Eusebio Fortunato Lázaro Ramos, identi fi cado con DNI N° 19943451, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Huasicancha, provincia de Huancayo, departamento de Junín, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 5.- PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N° 0929- 2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENAS ESPINOZA VALENZUELARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARMARALLANO MURO Secretaria General 1 Número de secuencia 036317-4 2 Aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019- JUS 3 Aprobado por la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano 4 Documento Nacional de Identidad 2231661-1Convocan a ciudadana para que asuma temporalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad RESOLUCIÓN Nº 0190-2023-JNE Expediente Nº JNE.2023002845 HUANCHACO - TRUJILLO - LA LIBERTADLICENCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, dos de noviembre de dos mil veintitrés VISTO: el O fi cio Nº 62-2023-MDH/SG/RMGN, recibido el 26 de octubre de 2023, mediante el cual don Ricardo Martín Gavidia Navarro, secretario general de la Municipalidad Distrital de Huanchaco, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad (en adelante, señor secretario general), comunicó la licencia concedida a doña Sonia Yameli Quispe Beltrán, regidora de la citada comuna (en adelante, señora regidora). ANTECEDENTES1.1. Mediante escrito presentado el 9 de agosto de 2023, la señora regidora solicitó al Concejo Distrital de Huanchaco licencia sin goce de haber, a fi n de participar como candidata en el proceso de elección del centro poblado de Víctor Raúl Haya de la Torre. 1.2. A través del Acuerdo de Concejo Nº 53-2023-CM/ MDH, del 14 de agosto de 2023, se aprobó la licencia sin goce de haber a favor de la señora regidora, por el periodo del 3 de noviembre hasta el 3 de diciembre de 2023. 1.3. Con el o fi cio citado en el visto, el señor secretario general remitió el referido acuerdo de concejo municipal y solicitó que se otorgue la acreditación correspondiente al reemplazo de la señora regidora. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la nación. En la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM) 1.2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 prescribe que están impedidos de ser candidatos, en las elecciones municipales, los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) días naturales antes de la elección. En la Ley Nº 27972, Ley de Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.3. El artículo 24 determina que al alcalde lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; y que los regidores son reemplazados por los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En la Resolución Nº 0362-2022-JNE 1, que aprobó el Reglamento Marco para las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados de 2022 1.4. El artículo 1 establece que, sobre la base del presente reglamento, las municipalidades provinciales deben elaborar y aprobar mediante ordenanza municipal los reglamentos respectivos sobre la materia.