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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (08/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de noviembre de 2023 El Peruano / “Artículo 4.- Funciones 4.1. El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones: (...) b) Analizar y articular las propuestas de desarrollo del departamento de Loreto, con especial énfasis en los ejes de conectividad territorial, energético, agrario, salud, educación, saneamiento básico, y económico. (...).” “Artículo 6.- Subgrupos de Trabajo 6.1 El Grupo de Trabajo para el cumplimiento de su objeto y funciones, está conformado por siete (07) subgrupos de trabajo, uno (01) por cada eje: conectividad territorial, energético, agrario, salud, educación, saneamiento básico, y económico. 6.2 En el subgrupo del eje económico, se considera principalmente la participación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, del Ministerio de la Producción, de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Gobierno Regional de Loreto. 6.3 Vencido el periodo de vigencia del Grupo de Trabajo, cada subgrupo de trabajo dispone de quince (15) días calendario adicionales, para presentar un informe ante la Secretaría Técnica.” Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros 2232401-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 334-2023-MINCETUR Lima, 3 de noviembre de 2023 VISTOS, el O fi cio N° 001623-2023-CG/SGE de la Secretaría General de la Contraloría General de la República y el Informe N° 0415-2023-MINCETUR/SG/ OGPPD/OPP e Informe N° 0127-2023-MINCETUR/ SG/OGPPD/OCTIP, de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto y de la O fi cina de Cooperación Técnica e Inversión Pública, respectivamente, de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo (OGPPD); y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 367-2022- MINCETUR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura, correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, el numeral 1.1 del artículo 1º de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del Control Concurrente, modi fi cado por la Ley N° 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, cuyos montos de inversión superen los S/ 5 000 000,00 (Cinco Millones y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República”;Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la citada Ley Nº 31358 establece que para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones públicas, se destina para su fi nanciamiento hasta el 2% de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; Que, asimismo, el numeral 4.1 artículo 4 de la Ley Nº 31358 autoriza a los pliegos involucrados a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego 019 Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior; asimismo, el numeral 4.2 del citado artículo dispone que dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego del gobierno nacional, la cual se publica en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, mediante el O fi cio N° 001623-2023-CG/SGE, la Contraloría General de la República, en el marco de la Ley N° 31358, solicita al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, gestionar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, para la realización de las acciones de control concurrente de los proyectos de inversión, a cargo de la Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional y de la Unidad Ejecutora 005. Ventanilla Única de Comercio Exterior-segunda etapa del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, en atención a lo solicitado por la Contraloría General de la República, mediante Memorándum N° 967-2023-MINCETUR/DM/COPESCO-DE, la Dirección Ejecutiva del Plan COPESCO Nacional solicita se continúe con la gestión de la transferencia fi nanciera, por el importe de S/ 1,667,803.00 (Un Millón Seiscientos Sesenta y Siete Mil Ochocientos Tres con 00/100 Soles, correspondiente a ocho (08) inversiones a su cargo; Que, mediante el Memorándum N° 524-2023- MINCETUR/DM/PVUCE_2, la Coordinación General de Proyecto Vuce 2.0 solicita se tramite la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República, por el importe de S/ 264,684.60 (Doscientos Sesenta y Cuatro Mil Seiscientos Ochenta con 60/100); Que, la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo a través del Memorándum N° 1085-2023-MINCETUR/SG/OGPPD, que adjunta el Informe N° 0127-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/OCTIP, de la O fi cina de Cooperación Técnica e Inversión Pública y el Informe N° 0415-2023-MINCETUR/SG/OGPPD/ OPP, de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, emite opinión favorable para la Transferencia Financiera, a favor del Pliego 019: Contraloría General, por la suma de S/ 1,932,487.60 (Un millón novecientos treinta y dos mil cuatrocientos ochenta y siete y 60/100 Soles), para fi nanciar los servicios de control concurrente de nueve (09) proyectos de inversión, por lo que resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Directiva N° 018-2022-CG/GMPL “Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley N° 31358”; y, la Directiva Nº 005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Aprobar una Transferencia Financiera del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, hasta por la