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23 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de noviembre de 2023 El Peruano / Entidad es aprobada por su Titular o por el servidor en quien este haya delegado tal función; sin perjuicio de la veri fi cación oportuna que realice la institución arbitral y el contratista.”; Que, el acápite 17 del numeral 39.1 del artículo 39 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2019- JUS, establece que el/la Procurador/a Público/a ejerce la defensa jurídica del Estado en el ámbito nacional, en sede administrativa, jurisdiccional y no jurisdiccional, para lo cual puede aprobar, tanto en el arbitraje institucional como en el Ad Hoc, la designación del árbitro por parte de la entidad, siempre que dicha atribución haya sido previamente delegada por el/la Titular del Pliego; Que, mediante los documentos de Vistos se sustenta la necesidad de delegar en el/la Procurador/a Público/a y el/la Procurador/a Público/a Adjunto del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social la facultad de designación del árbitro por parte de la Entidad, tanto en el arbitraje institucional como en el ad hoc, en el marco de la normativa aplicable a las Contrataciones del Estado; Que, para tal efecto corresponde incorporar un artículo que establezca dicha delegación en la Resolución Ministerial N° 003-2023-MIDIS, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 065-2023-MIDIS; así como modi fi car el artículo 10 de dicha norma para que sea coherente con la incorporación antes señalada; Con el visado de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaría General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado; y la Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1.- Incorporar el artículo 6-B a la Resolución Ministerial N° 003-2023-MIDIS, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 065-2023-MIDIS, en los siguientes términos: “Artículo 6-B.- Delegar en el/la Procurador/a Público/a y el/la Procurador/a Público/a Adjunto del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social las facultades y atribuciones siguientes: a) Aprobar la designación del árbitro por parte de la Entidad, tanto en el arbitraje institucional como en el ad hoc, en el marco de la normativa aplicable a las Contrataciones del Estado.” Artículo 2.- Modi fi car el artículo 10 de la Resolución Ministerial N° 003-2023-MIDIS, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 065-2023-MIDIS, en los siguientes términos: “Artículo 10.- Tratándose de las actuaciones identi fi cadas en los artículos 224 y 251 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, para las que se requiere contar con pronunciamiento del Titular de la Entidad, corresponderá que la Procuraduría Pública efectúe un análisis costo-bene fi cio, sustentado en un informe técnico, pudiendo solicitar información a la(s) área(s) que estime pertinente(s).” Artículo 3.- Precisar que los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 003-2023-MIDIS, modi fi cada por Resolución Ministerial N° 065-2023-MIDIS, mantienen su plena vigencia. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social 2232113-1Designan Jefa de Unidad de Comunicación e Imagen del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma RESOLUCIÓN DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000675-2023-MIDIS/PNAEQW-DE Santiago de Surco, 7 de noviembre de 2023VISTOS: El Memorando N° D003004-2023-MIDIS/PNAEQW- URH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe N° D000970-2023-MIDIS/PNAEQW-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Jefe/a de Comunicación e Imagen del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Que, se ha visto por conveniente designar a la profesional que desempeñará el mencionado cargo; Que, a través de los documentos de vistos, la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica, opinan que resulta legalmente viable designar a la profesional que se desempeñará como Jefa de Unidad de Comunicación e Imagen del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, y sus modi fi catorias, la Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS, y la Resolución Ministerial N° D000198-2023-MIDIS -MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR a partir del 8 de noviembre de 2023 a la señora MARLENE HUAMANLAZO TORRES en el cargo de con fi anza de Jefa de Unidad de Comunicación e Imagen del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma. Artículo 2.- ENCARGAR a la Coordinación de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano, la noti fi cación de la presente Resolución a las Unidades Territoriales, las Unidades de Asesoramiento, Apoyo y Técnicas del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a través de medios electrónicos. Artículo 3.- DISPONER que la Unidad de Comunicación e Imagen efectúe la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.gob.pe/qaliwarma) y su respectiva difusión. Regístrese, notifíquese y publíquese. MARIA MONICA MORENO SAAVEDRA Directora Ejecutiva Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma 2232511-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que modifica el límite máximo de incorporación de mayores ingresos públicos en un pliego del Gobierno Nacional DECRETO SUPREMO Nº 242-2023-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 006-2023-EF, se establecen los límites máximos de incorporación de