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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (09/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Jueves 9 de noviembre de 2023 El Peruano / los departamentos de Lambayeque y Puno”, modi fi cada con Resolución Directoral N° 269-2023-MTPE/3/24.1; Que, a través de la Resolución Directoral N° 00293-2023-MTPE/3/24.1, se aprueba el “Listado de Actividades de Intervención Inmediata Elegibles (AII- 66), en los distritos priorizados de los departamentos de Lambayeque y Puno”, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral, de cuyo contenido se observan diecinueve (19) Actividades de Intervención Inmediata Elegibles (AII-66), con un aporte total del Programa ascendente a S/ 1 867 036,00 (UN MILLON OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), con lo cual se estima generar 884 empleos temporales; Que, mediante O fi cio N° 001287-2023-MTPE/3/24.1, la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, solicita al Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, la emisión de la resolución ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera por el importe total de S/ 1 867 036,00 (UN MILLON OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), para el pago del aporte total del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, en favor de organismos ejecutores públicos con quienes se han suscrito diecinueve (19) convenios, con el objeto de fi nanciar la ejecución de actividades de intervención inmediata elegibles (AII-66), en los distritos priorizados de los departamentos de Lambayeque y Puno, en el marco de la modalidad de intervención 3: Ámbito de atención especial o interés público, con lo cual se estima generar 884 empleos temporales; para cuyo efecto, adjunta los informes técnicos de las unidades funcionales competentes que sustentan dicha transferencia; Que, mediante Memorándum N° 001334-2023- MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 001629-2023-MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto, que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 001022-2023-MTPE/4/8 opina que es legalmente viable la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; y la Resolución Ministerial N° 308-2019-TR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público con quienes se han suscrito diecinueve (19) convenios con el objeto de fi nanciar la ejecución de Actividades de Intervención Inmediata elegibles (AII-66), en los distritos priorizados de los departamentos de Lambayeque y Puno, por el importe total de S/ 1 867 036,00 (UN MILLON OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Disponer que el Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” realice la supervisión y monitoreo de la ejecución físico fi nanciera de la transferencia materia de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que la presente resolución y su Anexo se publiquen en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www.gob.pe/ mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el diario o fi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2232919-1 Aprueban transferencia financiera del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 416-2023-TR Lima, 8 de noviembre de 2023 VISTOS: el O fi cio N° 001285-2023-MTPE/3/24.1 de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”; el Memorándum N° 001383-2023- MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; el Memorándum N° 001335-2023-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe N° 001021-2023-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR, se crea el Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, con el objetivo de generar empleo temporal en la población en edad de trabajar a partir de 18 años, en situación de desempleo, subempleo, en condición de pobreza, pobreza extrema, o que enfrente especiales difi cultades estructurales o coyunturales, afectada por crisis económicas y/o en situaciones de emergencias o desastres, personas con discapacidad, y las mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia, otorgándoseles a cambio un incentivo económico, en adelante el Programa; Que, a través del artículo 1 del Decreto Supremo N° 009-2023-TR, se modi fi ca la denominación del Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” por la de Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”; Que, el artículo 2 del citado decreto supremo establece que, toda referencia en normas, documentos de gestión, convenios de cooperación, comunicaciones, entre otros, efectuadas al Programa de Empleo Temporal “Lurawi Perú” se entiende, a partir de la vigencia del referido Decreto Supremo, realizada al Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”; Que, en los literales a), b), c) y d) del artículo 5 del Decreto Supremo N° 004-2020-TR, se establece que son funciones generales del Programa: i) promover la generación de empleo temporal en el ámbito de la focalización geográ fi ca aplicable al Programa y/o en el ámbito priorizado por el Programa, considerando las políticas sectoriales vigentes, en favor de la población vulnerable en situación de desempleo, subempleo, pobreza, pobreza extrema o enfrente especiales difi cultades estructurales o coyunturales, afectada por crisis económicas y/o en situaciones de emergencias o desastres o personas con discapacidad, o mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia a través del fi nanciamiento o co fi nanciamiento de proyectos de inversión y actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC) con pertinencia social, cultural y lingüística; ii) brindar asistencia técnica para la presentación de proyectos de inversión pública y actividades intensivas en MONC, generadoras de empleo temporal, ante el Programa; iii) supervisar y monitorear la ejecución física, fi nanciera, y el bienestar del participante por proyecto de inversión y/o actividad de intervención inmediata intensiva en MONC,