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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (10/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Viernes 10 de noviembre de 2023 El Peruano / personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos; sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual dependen y se extinguen de forma automática cumplidos sus objetivos y su período de vigencia; Que, con la Nota N° 138-2023-VIVIENDA/VMVU/ DGADT de la DGADT y el Informe Técnico Legal N° 009-2023-VIVIENDA/VMVU/DGADT-DIDT de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico de la DGADT, se propone la conformación de una comisión sectorial denominada “Comisión BIM del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento”, que tiene por objeto el seguimiento y la emisión de informes respecto de las acciones orientadas a la adopción e implementación de la metodología BIM en el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, de un grupo de trabajo denominado “Grupo de Trabajo BIM del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento”, con el objeto de proponer el plan de acción, el plan de implementación y la normativa que sea necesaria para la adopción de la metodología BIM en el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, la OGPP, mediante el Memorándum N° 1931-2023-VIVIENDA/OGPP, emite opinión favorable a la necesidad de crear la “Comisión BIM del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento” y el “Grupo de Trabajo BIM del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento”; Que, la OGAJ, a través del Informe N° 960-2023-VIVIENDA/OGAJ, emite opinión favorable para continuar con la emisión de la Resolución Ministerial propuesta por la DGADT; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 242-2018-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252, que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 284-2018-EF; el Decreto Supremo N° 237-2019-EF, que aprueba el Plan Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030; y, la Resolución Directoral N° 007-2022-EF que aprueba los Lineamientos para la utilización de la metodología BIM en las inversiones públicas; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación y objeto de la Comisión Sectorial Aprobar la creación de la Comisión Sectorial, de naturaleza temporal, denominada “Comisión BIM del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento” (en adelante, Comisión Sectorial), dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que tiene por objeto el seguimiento y la emisión de informes respecto de las acciones orientadas a la adopción e implementación de la metodología Building Information Modeling (en adelante, BIM) en el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 2.- Conformación de la Comisión Sectorial La Comisión Sectorial está conformada por los siguientes funcionarios: 1. El/La Ministro/a de Vivienda, Construcción y Saneamiento, quien la preside; 2. El/La Viceministro/a de Vivienda y Urbanismo; 3. El/La Viceministro/a de Construcción y Saneamiento; 4. El/La Director/a General de la Dirección General de Accesibilidad y Desarrollo Tecnológico;5. El/La Director/a General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento; 6. El/La Director/a General de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo; 7. El/La Director/a General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; 8. El/La Director/a General de la O fi cina General de Estadística e Informática; 9. El/La Director/a General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; 10. El/La Director/a General de la O fi cina General de Administración; 11. El/La Director/a General de la O fi cina General de Monitoreo y Evaluación del Impacto; 12. El/La Director/a General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos; 13. El/La Director/a General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; 14. El/La Director/a General de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo; 15. El/La Director/a General de la Dirección General de Asuntos Ambientales; 16. El/La Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Saneamiento Urbano; 17. El/La Director/a Ejecutivo/a del Programa Mejoramiento Integral de Barrios; 18. El/La Director/a Ejecutivo/a del Programa Nuestras Ciudades; 19. El/La Director/a Ejecutivo/a del Programa Generación de Suelo Urbano; 20. El/La Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Vivienda Rural; 21. El/La Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Saneamiento Rural; 22. El/La Director/a Ejecutivo/a del Programa Agua Segura para Lima y Callao; 23. El/La Director/a Ejecutivo/a del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción; 24. El/La Director/a Ejecutivo/a del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal; 25. El/La Director/a Ejecutivo/a del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento; 26. El/La Superintendente/a de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; 27. El/La Presidente del Directorio del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima; y, 28. El/La Presidente del Directorio del Fondo Mivivienda S.A. Artículo 3.- Designación de representantes alternos/as de la Comisión Sectorial Los/Las integrantes titulares de la Comisión Sectorial designan a sus representantes alternos/as, mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica, dentro del plazo máximo de dos días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Funciones de la Comisión Sectorial La Comisión Sectorial tiene las siguientes funciones: a) Elaborar la propuesta de informe a ser remitido a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, respecto a los avances de la implementación BIM en el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento. b) Elaborar informes de evaluación del uso actual y futuro de las tecnologías digitales que se vienen desarrollando en el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento en el marco de la implementación de la metodología BIM. c) Elaborar informes referidos a la asignación de personal y los recursos necesarios (hardware, software, entre otros) para la implementación de la metodología BIM en el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento. d) Elaborar informes relacionados al cumplimiento de la normativa relacionada con el proceso de adopción e implementación de la metodología BIM en el Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento y en el contexto del Plan BIM Perú y de la normativa impulsada por el Ministerio de Economía y Finanzas.