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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (22/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de noviembre de 2023 El Peruano / Artículo 2.- Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto normativo a que se refi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben ser remitidas a la dirección de correo electrónico: prepublicacionesdgaah@minem.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH Ministro de Energía y Minas 2237068-1 Designan Jefe de la Oficina de Abastecimiento y Servicios de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 470-2023-MINEM/DM Lima, 21 de noviembre de 2023VISTOS: El Memorando N° 1656-2023/MINEM- SG de la Secretaría General; el Informe N° 191-2023/MINEM-SG-OII de la O fi cina de Integridad Institucional; el Informe N° 335-2023/MINEM-OGA-ORH de la Ofi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 1186-2023-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el puesto de Jefe(a) de la O fi cina de Abastecimiento y Servicios de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas; siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho puesto; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; y, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Franz Acosta Torres como Jefe de la O fi cina de Abastecimiento y Servicios de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Energía y Minas, puesto considerado de confi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH Ministro de Energía y Minas 2237054-1 Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Gobierno Regional de Apurímac RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 472-2023-MINEM/DM Lima, 21 de noviembre de 2023VISTOS: El Informe N° 296-2023-MINEM/OGPP- ODICR de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional y el Informe N° 011-2023/MINEM-OGPP-OPRE de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N°314-2023-MINEM-OGA/OFIN de la O fi cina Financiera de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 1164-2023-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el acápite i) del literal k) del artículo 16 de la Ley N° 31638, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza de manera excepcional la transferencia fi nanciera que realice el MINEM a favor de los Gobiernos Regionales, cuyos recursos son destinados a fi nanciar exclusivamente, a las direcciones o gerencias regionales de Energía y Minas de dichos Gobiernos Regionales para fi nanciar el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, hasta por el monto de S/ 5 200,000,00 (Cinco Millones doscientos mil y 00/100 soles); Que, la precitada norma señala que los recursos a transferir se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas-Central para el caso de los acápites i y ii; asimismo, dispone que las transferencias fi nancieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades involucradas; Que, el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31638, establece que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, en atención a lo dispuesto en la Ley N° 31638, el MINEM y el Gobierno Regional de Apurímac, con fecha 29 de marzo del 2023, suscribieron un Convenio de Cooperación y Gestión con el objeto de fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económica y técnicamente a su Dirección Regional de Energía y Minas o de la unidad orgánica u órgano que haga sus veces, para realizar las competencias y atribuciones en las materias de energía y minería del GORE, a fi n de que cuente con las competencias y los recursos humanos necesarios que le permiten ejercer las funciones que han sido y serán materia de transferencia; Que, de acuerdo a lo señalado en el literal a) del numeral 6.1 de la cláusula sexta del citado Convenio de Cooperación y Gestión, el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales al Gobierno Regional de Apurímac, hasta por el monto de S/ 200,000,00 (Doscientos Mil y 00/100 Soles), para la contratación de personal profesional y para que desarrollen las competencias en las materias de energía y de minería, en el año fi scal 2023, por el monto de hasta S/ 200,000,00 (Doscientos mil y 00/100 soles); Que, asimismo, el literal b) del numeral 6.1 de la Cláusula Sexta del referido Convenio de Cooperación y Gestión, señala que, la segunda transferencia se realizará dentro del segundo semestre del 2023, por el monto de S/ 100 000,00 (Cien mil y 00/100 soles), previa presentación de los Informes de avances y Logros correspondiente al primer y segundo trimestre del 2023; asimismo, corresponde precisar que la presentación de los Informes de avances y Logros debe contar con la conformidad de la Ofi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, mediante el Informe Nº 011-2023/MINEM-OGPP- OPRE, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina general de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para efectuar las transferencias fi nancieras a favor del citado gobierno Regional; Que, a través del Informe N° 296-2023-MINEM/ OGPP-ODICR, la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, señala que el Gobierno