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60 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de noviembre de 2023 El Peruano / Que, la propuesta de Directiva denominada “Disposiciones para la prestación del servicio de extensión bibliotecaria “Lectura que cura” de la Biblioteca Nacional del Perú” tiene por fi nalidad brindar el servicio de extensión bibliotecaria a personas en condición de paciente y situación de vulnerabilidad alojadas temporal o permanentemente en centros hospitalarios, albergues o centros de atención al adulto mayor; así como al personal que labora en dichas instituciones y tienen di fi cultades o limitaciones para acceder a los servicios que brinda la Biblioteca Nacional del Perú, garantizando con ello que la ciudadanía en general pueda acceder al acervo bibliográ fi co documental obrante en la Biblioteca Nacional del Perú en un marco de igualdad de derechos para todas las personas, priorizando a la población vulnerable y en situación de exclusión; Que, las actividades y servicios complementarios comprendidos en la propuesta de Directiva denominada “Disposiciones para la prestación del servicio de extensión bibliotecaria “Lectura que cura” de la Biblioteca Nacional del Perú” están orientados al cumplimiento de los fi nes y funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, la Dirección del Acceso y Promoción de la Información, y la Gran Biblioteca Nacional del Perú; siendo el órgano ejecutor la Gran Biblioteca Pública de Lima, la cual depende jerárquicamente de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información; Que, mediante el Informe Técnico Nº 000001-2023-BNP-J-DAPI-GBPL-CSBG y el Informe Nº 000131-2023-BNP-J-DAPI-GBPL, la Coordinación de Servicios Bibliotecarios y Gestión Cultural de la Gran Biblioteca Pública de Lima y la Coordinación General de la Gran Biblioteca Pública de Lima, respectivamente, sustentaron técnicamente la propuesta de Directiva denominada “Disposiciones para la prestación del servicio de extensión bibliotecaria “Lectura que cura” de la Biblioteca Nacional del Perú”; la cual fue derivada al Equipo de Trabajo de Modernización de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto por la Dirección del Acceso y Promoción de la Información con el Memorando Nº 000823-2023-BNP-J-DAPI; Que, a través del Memorando Nº 001636-2023-BNP- GG-OPP y del Informe Técnico Nº 000077-2023-BNP-GG-OPP-EMO, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y su Equipo de Trabajo de Modernización, emitieron opinión favorable sobre la propuesta de Directiva denominada “Disposiciones para la prestación del servicio de extensión bibliotecaria “Lectura que cura” de la Biblioteca Nacional del Perú”, recomendando continuar con el trámite correspondiente; Que, con el Informe Legal Nº 000310-2023-BNP-GG- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica emitió opinión legal precisando que es jurídicamente viable la aprobación de la propuesta de Directiva denominada “Disposiciones para la prestación del servicio de extensión bibliotecaria “Lectura que cura” de la Biblioteca Nacional del Perú”, recomendando la emisión del acto resolutivo correspondiente; Que, los artículos 1 y 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019- JUS, establecen que los actos de administración interna de las entidades son aquellos destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios, se orientan a la e fi cacia y e fi ciencia de los servicios y a los fi nes permanentes de las entidades, son emitidos por el órgano competente, su objeto debe ser física y jurídicamente posible, siendo regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del marco normativo vigente; Con el visado de la Gerencia General; de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información; de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; de la O fi cina de Asesoría Jurídica; de la Coordinación General de la Gran Biblioteca Pública de Lima de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información; y, del Equipo de Trabajo de Modernización de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR la Directiva denominada “Disposiciones para la prestación del servicio de extensión bibliotecaria “Lectura que cura” de la Biblioteca Nacional del Perú”, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.BORIS GILMAR ESPEZÚA SALMÓN Jefe Institucional 2236872-1 SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Formalizan Acuerdo que designa a Gerente Zonal Puno del SENCICO RESOLUCIÓN N° 000221-2023-02.00/SENCICO San Borja, 21 de noviembre de 2023VISTOS:El Informe N° 948-2023-07.04/SENCICO, emitido por el Departamento de Recursos Humanos; el Informe N° 595-2023-03.01/SENCICO, emitido por la Asesoría Legal; el Proveído N° 064-2023-03.00/SENCICO, emitido por la Gerencia General; y, CONSIDERANDO: Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción-SENCICO, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que funciona con autonomía técnica, administrativa y económica y con patrimonio propio, y es el encargado de la formación, capacitación integral, cali fi cación y certi fi cación profesional de los trabajadores de la actividad de la construcción, en todos sus niveles y de realizar las investigaciones y estudios necesarios para atender a sus fi nes, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30156, el Decreto Legislativo N° 147 y el Decreto Supremo N° 097-2021-PCM; Que, con Resolución Suprema N° 077-2001-MTC se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional-CAP del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción-SENCICO, el mismo que contienen el número, nivel, denominación y ubicación estructural de las plazas de la entidad, entre las cuales se consigna una plaza denominada de Gerente Zonal Puno, Categoría D1; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 094- 2022-02.00, se aprueba el Manual de Clasi fi cador de cargos del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción-SENCICO, que establece la clasi fi cación del personal de acuerdo a los grupos ocupacionales señalados en la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, así como los requisitos mínimos para asumir los cargos mencionados en dicho instrumento de gestión; en el cual se consigna que el cargo de “Gerente” se encuentra dentro del grupo ocupacional “Empleado de Con fi anza”; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 217-2022-02.00 de fecha 14 de noviembre de 2023,