Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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76 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de noviembre de 2023 El Peruano / Artículo 6. Base Legal a) Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias. b) Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP. c) Decreto Supremo N° 007-2021-MIMP, aprueba la Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030. d) Ordenanza Regional N° 010-Arequipa, aprueba la modi fi cación de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Arequipa. e) Ordenanza Regional N° 167-Arequipa y sus modi fi catorias Ordenanza Regional N° 324 y 353-Arequipa. CAPÍTULO SEGUNDO DE LA MESA REGIONAL Artículo 7°.- Naturaleza de la Mesa Regional. La Mesa Regional es un mecanismo de concertación del Gobierno Regional de Arequipa, para la integración de las Personas con Discapacidades en toda la Región Arequipa y está liderada por la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social, en coordinación con la Sub Gerencia de Personas con Discapacidad. Artículo 8°.- Funciones de la Mesa Regional.a) Identi fi car la problemática vinculadas a la calidad de la provisión de bienes y servicios para las Personas con Discapacidad en sus respectivas jurisdicciones. b) Mapear las brechas de conocimiento en materia de discapacidad en las servidoras y servidores en el Gobierno Regional de Arequipa y a nivel regional. c) Procesar y tomar acuerdos en relación con las problemáticas y brechas de conocimiento identi fi cadas. CAPÍTULO III LINEAMIENTOS Y ROLES Artículo 9°.- De la Sub Gerencia de Personas con Discapacidad. a) Lidera, supervisa y evalúa las actividades y el desempeño de la Mesa Regional, en base a los indicadores establecidos en el anterior Artículo 8º, los cuales estarán registrados en la Matriz de seguimiento de los acuerdos establecidos. b) Semestralmente elabora el reporte sobre los resultados de las Mesas Regionales y remite a la Dirección de Políticas en Discapacidad, los cuales serán publicados en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Arequipa. c) Se con fi gura como un punto de enlace y coordinación con la Dirección de Políticas en Discapacidad. Artículo 10°.- De los Coordinadores Regionales de la Sub Gerencia de Personas con Discapacidad. a) Convoca y organiza las sesiones de las Mesas Regionales, elabora y custodia las actas, ejecuta las funciones establecidas de manera coordinada con los diferentes integrantes y/o representantes. b) Realiza el seguimiento al cumplimiento de los acuerdos sostenidos en cada sesión. c) Gestiona las capacitaciones y/o asistencia técnica que serán brindadas por el CONADIS. d) Elabora informes técnicos que revelan los problemas vinculados a la calidad de la provisión de bienes y servicios en materia de discapacidad, según Anexo N° 1. Artículo 11°.- De la Ejecución de las Sesionesa) Identi fi cación de una problemática reiterativa vinculada a la calidad de la provisión de bienes y servicios a las Personas con Discapacidad de la Región Arequipa.b) Identi fi cación de la necesidad de capacitación y/o asistencia técnica sobre la temática de discapacidad o la provisión de bienes y servicios a favor de las Personas con Discapacidad de la Región Arequipa. c) Las sesiones requieren como mínimo la participación de los responsables o representantes de la Mesa Regional. Así también, pueden participar los programas sociales y demás entidades que tienen presencia territorial en el ámbito de la jurisdicción donde se convocan. d) Las sesiones de las Mesas Regionales se realizan dos (02) veces al año, una en cada semestre. e) Las sesiones pueden hacerse de manera presencial o virtual, en ambos casos se debe asegurar las condiciones de accesibilidad y el otorgamiento de ajustes razonables, de corresponder. Las sesiones se registran en un acta y son archivadas. f) La convocatoria se realiza por parte de la Secretaría Técnica de la Mesa Regional, por medio físico y electrónico, al correo electrónico consignado por cada uno de los integrantes y a través del Portal Institucional. Se hace con 6 (seis) días de anticipación y se adjuntan las actas de la reunión anterior, el orden del día y aquellos documentos que serán materia de análisis. g) El Quorum se instala en primera llamada con dos tercios de sus integrantes. La segunda llamada se realiza media hora después de cumplida la hora de convocatoria y se instale la Mesa Regional, con un tercio de sus integrantes. h) La Agenda se establece en el presente documento y otros puntos que puedan ser planteados por la Secretaría de la Mesa Regional, conforme a los mecanismos establecidos en este reglamento, y es enviada junto con la convocatoria a reunión ordinaria con 6 (seis)días de antelación. i) Las Normas de convivencia, se debe usar el tiempo con e fi ciencia y moderación, dependiendo de la agenda, se determinará el máximo de tiempo por el que podrán hacer uso los integrantes. Si algún participante falta el respeto a otro presente o ausente, la presidencia solicitará el retiro de las palabras y en caso de negativa se suspenderá la reunión hasta el retiro de la sala de quien incurrió en falta. j) El Lugar de reuniones de la Mesa Regional será la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, de ser en otro lugar de acuerdo a lo acordado se hará las coordinaciones respectivas y comunicará con antelación el local presencial o la sala virtual, en la que se desarrollarán las reuniones, en lo posible una de las reuniones deberá llevarse a cabo de manera descentralizada. k) Las Actas son llevadas por la Secretaría de la Mesa Regional. l) El desarrollo de las reuniones tiene cuatro (4) fases: Aprobación del acta anterior, Informes, Pedidos, Orden del Día. • Aprobación del acta: Se consulta a los integrantes si existen observaciones al acta de la reunión anterior, que la Secretaría Técnica envió junto con la convocatoria a reunión, se hacen las modi fi caciones correspondientes y se aprueba el acta de reunión anterior. • Informes: Se presentan los documentos recibidos, se hace lectura de ellos, y cualquier representante podrá solicitar y hacer uso de la palabra para informar temas concernientes a los objetivos de la Mesa Regional, así mismo la Secretaría Técnica presentará un informe sobre los actuados a la fecha. • Pedidos: Cualquier integrante de la Mesa Regional o la Secretaría Técnica, pueden solicitar se incluya en el orden del día algún tema concerniente a los objetivos de la Mesa Regional. • Orden del Día: Se desarrolla la agenda, en estricto orden de prelación incluyéndose los nuevos puntos de manera consecutiva a los ya establecidos, salvo decisión expresa de los integrantes de la Mesa Regional. Artículo 12°.- Operatividad de la Mesa Regional:a) Se debe asegurar que los Coordinadores Regionales de la Sub Gerencia de Personas con