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10 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de octubre de 2023 El Peruano / 2023, mediante Resolución Ministerial Nº 351-2022-PCM se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, modi fi cado por la Décima Disposición Complementaria Modi fi catoria de la Ley Nº 31640, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley Nº 31358, autorizan a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la citada ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto; a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior; precisando que las referidas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, y se publican en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, establece que, el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, debe efectuar su registro en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.2 Donaciones y Transferencias de Capital, en el respectivo código único de inversión, en la Acción de Inversión “6000053. CONTROL CONCURRENTE”, en la Finalidad “0348747. CONTROL CONCURRENTE” y en la Especí fi ca del Gasto “2.4.2.3.1.1.A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL”; Que, mediante O fi cio Nº 000900-2023-CG/SGE, la Secretaría General de la Contraloría General de la República comunica que en el marco de los alcances de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, se priorizó treinta inversiones de la Reconstrucción con Cambios y se estimó su costo total del control concurrente en S/ 72 782 131,00 para el fi nanciamiento del despliegue de los servicios de control gubernamental; asimismo, señaló que el costo de control concurrente ha sido estimado considerando el saldo de inversión por ejecutar con corte al 03 de mayo de 2023; por lo que, requiere que la Unidad Ejecutora 017: Autoridad para la Reconstrucción con Cambios proceda a determinar los montos anuales de las transferencias fi nancieras, conforme su programación anual de ejecución de inversiones, guardando correlato con lo señalado en el artículo 4 de la Ley Nº 31358; Que, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, a través del O fi cio Nº 262-2023-ARCC/GG/OPP, comunica que procedió a determinar los montos anuales de las transferencias fi nancieras, conforme la programación anual de ejecución de las inversiones; y, para el caso de los 14 proyectos de inversión pública de la cartera de Soluciones Integrales comprendidas en el marco del Acuerdo de Gobierno a Gobierno, corresponde los montos de S/ 16,429,592.00, S/ 33 793 447,00 y S/ 7 943 855,00 para los años fi scales 2023, 2024 y 2025, respectivamente. Adjunta la Certi fi cación de Crédito Presupuestal Nº 4126 respecto al año 2023; Que, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, mediante el Informe Nº D000241-2023-PCM-OGPP, emite opinión favorable en materia presupuestal, para el trámite de las transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, a fi n de fi nanciar los servicios de control concurrente a los 14 Proyectos de Inversión con CUI Nº 2499818, 2501291, 2501395, 2446345, 2501802, 2501657, 2508148, 2503297, 2499925, 2501225, 2500094, 2506324, 2498426 y 2496772, de la Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por el importe de S/ 16 429 592,00 (DIECISÉIS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 SOLES) con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 017: Autoridad para la Reconstrucción con Cambios – RCC; Que, en virtud de lo antes expuesto y en el marco de las normas señaladas, resulta pertinente autorizar la transferencia fi nanciera por el monto de S/ 16 429 592,00 (DIECISÉIS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, para el despliegue de los servicios de control concurrente en dichas inversiones, conforme a lo dispuesto en los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4, de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y el acápite ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01; la Resolución Ministerial Nº 351-2022-PCM que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros – PCM; y, la Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorizar una transferencia fi nanciera del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por la suma de S/ 16 429 592,00 (DIECISÉIS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar las acciones de control concurrente de catorce (14) proyectos de inversión pública de la cartera de Soluciones Integrales comprendidas en el marco del Acuerdo de Gobierno a Gobierno a cargo de la Unidad Ejecutora 017: Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - RCC, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución ministerial, de acuerdo al siguiente detalle: Nº NOMBRE DE LA INVERSIÓNCONTROL CONCURRENTE 2023 S/ 12499818 : CREACIÓN DEL SERVICIO DE PROTECCIÓN EN RIBERAS DEL RÍO LACRAMARCA VULNERABLES ANTE PELIGROS DE INUNDACIÓN, EN 58 COMUNIDADES EN LOS DISTRITOS DE MACATE, CACERES DEL PERÚ Y CHIMBOTE DE LA PROVINCIA DE SANTA - DEPARTAMENTO DE ANCASH1,983,764.00