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27 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de octubre de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer que el Procurador Público Especializado en Materia Constitucional ejerza la representación procesal del Poder Ejecutivo en el proceso de inconstitucionalidad contra la Ley N° 31720, Ley que crea el canon hídrico como medida de compensación a las poblaciones afectadas por trasvase de aguas, de acuerdo a la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial, así como los antecedentes respectivos, al Procurador Público Especializado en Materia Constitucional. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2221568-1 Autorizan viaje de Asesor Técnico en Inversiones de la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 337-2023-EF/10 Lima, 3 de octubre del 2023CONSIDERANDO:Que, el Centro para la Conducta Empresarial Responsable y la Subsecretaría de Relaciones Económicas Internacionales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE, y el Instituto Danés de Derechos Humanos invitan a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN al Segundo Encuentro Regional presencial de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos (INDH) y Puntos Nacionales de Contacto (PNC) para la Conducta Empresarial Responsable de América Latina y el Caribe, que se llevará a cabo el día 10 de octubre de 2023; este segundo encuentro regional se desarrollará como antesala del VIII Foro Regional sobre Empresas y Derechos Humanos, programado para los días 11 y 12 de octubre de 2023, en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; Que, con Decreto Supremo N° 086-2015-PCM se declara de interés nacional las acciones, actividades e iniciativas desarrolladas en el marco del proceso de vinculación del Perú con la OCDE, así como todas las demás actividades relacionadas con la organización, promoción, impulso y apoyo al referido proceso; Que, la participación de PROINVERSIÓN en las referidas reuniones tiene como objetivos, entre otros, participar de las iniciativas y recomendaciones relacionadas con los instrumentos y estándares de la OCDE y otros organismos internacionales, que van orientadas al rol y alcance de la Conducta Empresarial Responsable, en el contexto de promoción y seguimiento; compartir experiencias y lecciones aprendidas por el Punto Nacional de Contacto ubicado en PROINVERSIÓN; así como identi fi car y promover sinergias con las instituciones nacionales de derechos humanos, en el caso del Perú, la Defensoría del Pueblo; Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación del señor Alexander André Salvador Silvestre, Asesor Técnico en Inversiones de la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN, en los mencionados eventos, toda vez que se cumple con los compromisos del país relacionados con la adhesión a la Declaración sobre Inversión Internacional y Empresas Multinacionales de la OCDE y permite dar a conocer a los países de la región miembros de la OCDE, las acciones que desarrolla la entidad para la atracción de inversiones responsables en el marco de la política de promoción y facilitación de inversiones del Perú; Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos son cubiertos con cargo al presupuesto de PROINVERSIÓN; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Alexander André Salvador Silvestre, Asesor Técnico en Inversiones de la Dirección de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 9 al 13 de octubre de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes aéreos : US$ 1 109.39 Viáticos (3+1) : US$ 1 480.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2221573-1 EDUCACIÓN Decreto Supremo que declara de interés nacional la realización del “Campeonato Mundial de Atletismo Sub-20 - Perú 2024” y autoriza al Instituto Peruano del Deporte a otorgar una subvención adicional a las previstas en el Anexo “ A” de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 DECRETO SUPREMO Nº 016-2023-MINEDU LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, conforme dispone el artículo 2 de la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, y sus