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12 NORMAS LEGALES Miércoles 4 de octubre de 2023 El Peruano / Modifican la “Directiva para el Monitoreo y Seguimiento de las Intervenciones de Reconstrucción aprobadas en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios” RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 00119-2023-ARCC/DE Lima, 2 de octubre de 2023 VISTOS: Los Informes N° 121-2023-ARCC/DE/OGP y N° 145-2023-ARCC/DE/OGP, de la O fi cina de Gestión de Proyecto; el Memorando N° 4599-2023-ARCC/GG/OPP, de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto; y el Informe N° 00873-2023-ARCC/GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, a través de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (ARCC), se establece que esta es una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar, implementar y, cuando corresponda, ejecutar el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios (Plan) y, para el cumplimiento de sus funciones, emite directivas a efectos de garantizar el cumplimiento oportuno de los objetivos de la Ley; Que, el mencionado Plan fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 091-2017-PCM y modi fi catorias; Que, en el marco de lo establecido en el Texto Actualizado del Documento de Organización y Funciones de la ARCC, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 0104-2023-ARCC/DE, la O fi cina de Gestión de Proyectos tiene entre sus funciones, monitorear y controlar de manera integral la implementación del Plan a través de las Entidades Ejecutoras del Gobierno Nacional, Gobierno Regional o Gobiernos local; identi fi car y diseñar estándares y procedimientos para la gestión y el monitoreo de las intervenciones y actividades del Plan, así como supervisar su cumplimiento; y, diseñar, conducir y administrar el sistema de información de seguimiento de la ejecución del Plan; Que, con la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 0045-2023-ARCC/DE, se aprueba la Directiva N° 002-2023-ARCC/DE, “Directiva para el Monitoreo y Seguimiento de las Intervenciones de Reconstrucción aprobadas en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios”, cuyo objetivo es contar con un documento que permita que los colaboradores de la ARCC y de las Entidades Ejecutoras, que participen en la implementación de la cartera de intervenciones comprendidas en el Plan, tengan una visión clara sobre los procesos que involucra el monitoreo y seguimiento, así como sobre la importancia del cumplimiento de su rol en el marco de dichos procesos; Que, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 0056-2023-ARCC/DE, se aprueba la modi fi cación del Artículo 3 de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 045-2023-ARCC/DE y se deja sin efecto el numeral 6.3 de la Directiva Nº 002-2023-ARCC/DE “Directiva para el Monitoreo y Seguimiento de las Intervenciones de Reconstrucción aprobadas en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios”; Que, con los Informes N° 121-2023/ARCC/DE/ OGP y N° 145-2023/ARCC/DE/OGP, la O fi cina de Gestión de Proyectos de la ARCC solicitó a la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto de la Autoridad, modi fi car los numerales 4.2, 5.3.6 y 7.2.2 de la Directiva Nº 002-2023-ARCC/DE a fi n de aclarar el contenido de dichos párrafos, y la incorporación de los numerales 6.5 y 6.6 a las disposiciones complementarias fi nales de la citada Directiva con la fi nalidad de precisar que las mejoras funcionales que se requieran en el sistema de información de seguimiento Monitor ARCC serán implementadas en forma progresiva y gradual a partir de la entrada en vigencia de la Directiva y facultad de OGP para emitir procedimientos o fl ujogramas para mejor aplicación de la Directiva; Que, mediante el Memorando N° 4599-2023-ARCC/ GG/OPP, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto de la ARCC, de acuerdo con sus competencias establecidas en el Texto Actualizado del Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 0104-2023-ARCC/DE, opina favorablemente respecto de la propuesta de modi fi cación de los numerales 4.2, 5.3.6 y 7.2.2, de incorporar los numerales 6.5 y 6.6 a las disposiciones complementarias fi nales y realiza dos modi fi caciones adicionales en los numerales 4.3.2 y 4.5.2 de la Directiva N° 002-2023-ARCC/DE, en el marco de sus competencias funcionales; Que, conforme a lo señalado en el Informe N° 00873-2023-ARCC/GG/OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina favorablemente sobre la aprobación de la propuesta de modi fi caciones en los numerales 4.2, 4.3.2, 4.5.2, 5.3.6 y 7.2.2 y de incorporar los numerales 6.5 y 6.6 a las disposiciones complementarias fi nales de la Directiva N° 002-2023-ARCC/DE, al haberse formulado en cumplimiento de lo previsto en la Directiva N° 001-2020-ARCC/DE, “Elaboración, Aprobación y Difusión de Directivas en la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios”, y contar con los sustentos técnicos correspondientes; Que, los literales f) y q) del artículo 11 del Texto Actualizado del Documento de Organización y Funciones de la ARCC establecen que entre las funciones de la Dirección Ejecutiva se encuentra la de dirigir las acciones necesarias para la plani fi cación estratégica, gestión del fi nanciamiento, e implementación de mecanismos de transparencia y monitoreo físico y fi nanciero del Plan, así como emitir resoluciones para el cumplimiento de sus funciones; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 0104-2023-ARCC/DE, que aprueba el Texto Actualizado del Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; y la Directiva N° 001-2020-ARCC/DE aprobada mediante Resolución de la Dirección Ejecutiva N° 135-2020-ARCC/DE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación Modificar los numerales 4.2, 4.3.2, 4.5.2 (apartado 6), 5.3.6 y 7.2.2 (literal e) de la Directiva N° 002-2023-ARCC/DE “Directiva para el Monitoreo y Seguimiento de las Intervenciones de Reconstrucción aprobadas en el marco del Plan Integral de Reconstrucción con Cambios”, aprobada por la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00045-2023-ARCC/DE y modificada por la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00056-2023-ARCC/DE, los cuales quedan redactados como sigue: “IV. DISPOSICIONES GENERALES: (…) 4.2 De fi niciones (…) - Cartera priorizada de Intervenciones:Es la lista de Intervenciones fi nanciadas a las Entidades Ejecutoras que las Direcciones de Línea deben priorizar utilizando los siguientes criterios de manera secuencial y concurrente: i. Aquellas intervenciones con los mayores montos presupuestados en el año de análisis y que, sumados, representen no menos del 70% del monto total programado anual de cada sector.